Cooperativas financieras de menor tamaño estarán sujetas a supervisión más flexible

Conassif aprobó en firme una reforma que exime a las organizaciones de cumplir con varias regulaciones cuando su activo total neto administrado sea menor a ¢80.000 millones, lo cual ocurre con 14 de los 21 participantes

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El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) aprobó en firme una reforma propuesta por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), la cual plantea una regulación proporcional para las cooperativas de ahorro y crédito cuyo activo total neto administrado sea menor a ¢80.000 millones.

La decisión de procurar reglas de fiscalización proporcionales a las cooperativas de menor tamaño se justificó porque son instituciones cuyas líneas de negocio son poco complejas —principalmente créditos de consumo—, sectoriales y enfocadas a zonas geográficas o actividades productivas específicas.

En concreto, la reforma aprobada por el Conassif exime a las instituciones del Reglamento sobre Gobierno Corporativo y el de Administración Integral de Riesgos, siempre y cuando se encuentren por debajo del umbral establecido para el activo total neto administrado.

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Las cooperativas a las que aplicará el reglamento serán aquellas con un activo total neto administrado menor a ¢80.000 millones. Hasta mayo pasado, 14 de las 21 entidades de este tipo estaban por debajo de dicho umbral, según datos publicados por la Superintendencia.

Con la aprobación de la normativa, solamente Coopenae, Coopeservidores, Coopealianza, Coope Ande N° 1, Coocique, Coopecaja y Coopemep serán las únicas que se mantendrán con la fiscalización regular debido a que superan el monto propuesto, tienen un mayor tamaño y mayor complejidad del negocio.

Alberto Dent, presidente del Conassif, explicó, en mayo pasado, que la actual normativa tiene mandatos de supervisión inmanejables para las cooperativas de menor tamaño y que la normativa propuesta creaba algunas libertades, pero no absolutas.

“Se hacen algunas excepciones basadas en consideraciones de tipo práctico y de costo para las cooperativas de menor tamaño. Las flexibilizaciones propuestas consideramos que no son de gran trascendencia, pero representan un ahorro de costo para ellos”, aseguró el mes pasado.

Rocío Aguilar, jerarca de la Superintendencia, también destacó, en ese entonces, que con la regulación proporcional estas entidades continuarán bajo la fiscalización de la Sugef, pero deberán reflejar su administración del riesgo de una manera diferente.

De igual forma, la reforma eleva el estándar de suficiencia patrimonial para las cooperativas consideradas pequeñas, a pesar de los nuevos parámetros de operación proporcionales al tamaño. Ese indicador sirve para medir la fortaleza de la solvencia y la estabilidad financiera de las entidades supervisadas.

Actualmente, un nivel del 10% es considerado como normal para todas las entidades financieras supervisadas, pero las cooperativas de menor tamaño deberán llevarlo, como mínimo, al 16%, a partir de diciembre del 2024, para seguir bien calificadas.

Las cooperativas de ahorro y crédito tienen un papel muy relevante en el negocio financiero de Costa Rica. Hasta mayo anterior, reportaron un activo total de ¢4.357.881 millones, lo que equivale al 11% del total de los recursos que administra el Sistema Financiero Nacional.

El acuerdo para aprobar la normativa, titulada Regulación Proporcional para Cooperativas de Ahorro y Crédito Supervisadas, fue aprobado en la sesión del pasado lunes 26 de junio. Todavía está pendiente su publicación en el Diario Oficial La Gaceta para que entre a regir.