Bancos podrán bajar requisitos a clientes de menor riesgo

Ahora se pide igual información a todos, pero a futuro entidad definiría exigencias

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Los clientes de entidades financieras con bajo riesgo de participar en actividades ilícitas, como la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo, enfrentarán requisitos más sencillos al abrir una cuenta.

Esto debido a que el 26 de julio pasado, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) aprobó una normativa que permite a las entidades definir los requisitos que exigirán a sus clientes, según este riesgo y, no como ahora, que son iguales para todos.

Los cambios se realizaron a la normativa para el cumplimiento de la Ley 8204 (Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de uso no Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo). La decisión es parte de los requisitos para evitar que Costa Rica sea incluida en una “ lista gris”.

“Se simplifica para las personas todo lo que son los requerimientos de “Conozca a su Cliente” y eso queda en función de las políticas que establezca la entidad financiera”, explicó Javier Cascante, superintendente general de entidades financieras.

Añadió que antes había una lista de requisitos para abrir una cuenta, eso se eliminó y se dejó a la entidad que los defina de acuerdo con sus políticas y al riesgo de legitimación de cada cliente.

Detalló que si un banco tiene un cliente que es de bajo riesgo, debería pedirle menos en materia de “Conozca a su Cliente” y en el seguimiento de su patrón transaccional, que uno de nivel alto.

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“Conozca a su Cliente” es un conjunto de procedimientos y directrices para que las entidades financieras puedan identificar a sus clientes y monitorear las operaciones financieras en las que participen, para detectar prácticas de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.

No obstante, para las cuentas de expediente simplificado (se pueden abrir con solo la cédula) no se requerirá llenar el formulario “Conozca a su Cliente”, sino solo cumplir con lo que disponga el Reglamento del Sistema de Pagos del Banco Central.

Este servicio permite que las personas que todavía no tienen acceso a los servicios financieros puedan abrir cuentas y así comenzar a relacionarse con ellos.

Cascante espera que con esta nueva normativa todos los clientes se vean beneficiados con menos trámites; no obstante, la flexibilización puede ser mayor para los de bajo riesgo, que son, en promedio, el 90% de los clientes.

Anabelle Ortega, directora ejecutiva de la Cámara de Bancos, explicó que el único requisito que la norma adiciona como obligatorio es la declaración del impuesto sobre la renta.

No obstante, añadió María Isabel Cortés, directora ejecutiva de la Asociación Bancaria Costarricense, este requisito solo se aplicará para clientes de alto y mediano riesgo. Ortega y Cortés ven con buenos ojos los cambios en la normativa.