Caso Ramón Luis Méndez: ¿Por qué las pólizas de seguro aumentan (tanto) cuando una persona cumple 65 años?

El exárbitro Ramón Luis Méndez demandó al INS porque su póliza de seguro de vida aumentó en más de un 1.900% al cumplir 65 años. Analizamos por qué pasa esto y qué se puede hacer en caso de que ocurra

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Como supimos el pasado 11 de noviembre, el exárbitro de balompié y comentarista de televisión, Ramón Luis Méndez, demandó al Instituto Nacional de Seguros (INS), al considerar que el costo de su póliza de vida registró un “incremento desproporcionado” al cumplir 65 años de edad, y convertirse en adulto mayor.

Según la demanda y su representante legal, el abogado Wálter Brenes, el demandante pagaba una prima mensual de ¢53.000, pero cuando cumplió los 65 años, esta aumentó a casi ¢1,1 millones por mes. Sería un aumento de más del 1.900%.

En el caso de Méndez, su póliza era del Seguro Autoexpedible Vida Plus, del INS. Así lo describe la aseguradora estatal en el documento de información del producto: “Cubre al asegurado titular y/o su asegurado dependiente en caso de muerte por cualquier causa, e incapacidad total y permanente por accidente”.

Consultamos a varios expertos en materia de seguros y pólizas de vida para entender cómo un seguro de vida puede aumentar tanto a partir de los 65 años, y para destacar información a tomar en cuenta si planea adquirir un producto de estos.

¿Cuáles aumentan al llegar a 65 años?

Primero hay que diferenciar entre seguros ordinarios de vida (vida universal, vida temporal) y seguros autoexpedibles.

El abogado Esteban Carranza, especialista en seguros de la firma Vector Legal, nos ayuda a diferenciar ambos tipos de seguros, refiriéndose al contexto general de mercado, y no al caso específico de Ramón Luis Méndez, pues desconoce los particulares.

  • Seguros ordinarios de vida:

El proceso de suscripción demora más tiempo porque la persona se somete a exámenes médicos y chequeos profesionales a fin de que la aseguradora fije una tarifa única que permanecerá vigente e invariable por un tiempo definido, o bien, tendrá ciertas variaciones prefijadas.

Además, la cobertura es total, ante cualquier causa de muerte, salvo las exclusiones fijadas previamente, como por ejemplo, que el asegurado fallezca cometiendo un crimen. Esta cobertura total también hace que la prima a pagar sea más alta.

“Esto pasa en los seguros de vida temporal o vida universal. Desde luego el precio depende mucho de la edad de contratación, ya que no es lo mismo que una persona de 25 años contrate un seguro de vida universal por $100.000 a que lo contrate una persona de 58 años. La edad de la persona es uno de los principales factores de riesgo y que ayudan a predecir la probabilidad de muerte en el tiempo, y con ello la tarifa técnica”, explicó Carranza.

  • Seguros autoexpedibles:

El proceso de aseguramiento es por lo general automático, sin exámenes, y con una tarifa de costo mucho menor. Incluso, se pueden adquirir hasta por teléfono.

La prima de estos seguros suele ser menor que la de cualquier seguro de vida ordinario mencionado anteriormente, pues son pólizas de riesgo nombrado, o sea, se detalla de antemano, ante cuáles causas de muertes el seguro aplica y ante cuáles no. Por lo general, son solo por muerte accidental.

Antes, estas pólizas autoexpedibles tenían un tope de edad, según la costumbre internacional, detalló Esteban Carranza, pero a partir de un fallo de la Sala Constitucional, esto cambió en Costa Rica en el año 2013.

“Los aseguramientos en vida de pólizas distintas a los seguros ordinarios de vida, normalmente finalizaban a la edad de 65-70 años, es decir, en ese momento la persona ya no tenía póliza (...). Esta situación cambió para Costa Rica a raíz del voto de la Sala Constitucional N.° 2013-008660, del 28 de junio del 2013, en el cual se prohibió la exclusión de cobertura por razones de edad y se ordenó la modificación de productos de seguros, con su consecuente ajuste tarifario”, detalló el abogado.

Entonces, la Superintendencia General de Seguros (Sugese), brindó un plazo a las aseguradoras para ajustar sus productos inscrito. Debido a esto, y producto de estudios actuariales, la prima y la cuota mensual deben ajustarse según la edad o grupos de edad, “de forma que el precio responda adecuadamente al riesgo objeto de cobertura y adicionalmente para que las reaseguradoras internacionales acepten el reaseguro del producto con la tarifa suficiente”, agregó Carranza.

Actualmente, los seguros de este tipo que se ofertan cuentan con el registro correspondiente ante la Sugese, pero esta no tiene “ninguna injerencia en la fijación de precios de las pólizas, a excepción de las correspondientes al Seguro Obligatorio Automotor (SOA) y el de Riesgos de Trabajo (RT), en donde sí autoriza las tarifas de las primas”, según nos informaron desde la oficina de prensa de la superintendencia.

Clausulas por edad

Entre las cláusulas del Seguro Autoexpedible Vida Plus del INS, —como el que adquiría Ramón Luis Méndez—, se consigna en términos generales que “en caso que el cliente ya se encuentre asegurado y supere los sesenta y cinco (65) años de edad, podrá continuar, cubierto siempre y cuando, pague la prima según el rango de edad correspondiente indicado en el cuadro ‘Opciones de Aseguramiento’ establecido en la Oferta de Seguro”.

Las condiciones particulares de cada documento son privadas, de acuerdo con Rodrigo Arias López, exjefe del departamento actuarial de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Eso sí, los clientes firman el contrato de seguro bajo una serie de cláusulas y normativas que deben especificar todas las circunstancias que rigen el contrato, de manera que el tomador del seguro debe saber cuándo un aumento va a suceder.

¿La persona tomadora del seguro sabe exactamente cuánto subirá la cuota según su grupo de años? No necesariamente, pero sí deben saber que subirá.

Así lo planteó Rolando García, abogado experto en la materia de Arias Law: “No necesariamente deben saber cómo serán los aumentos, pero sí deben ser informados de que las condiciones del contrato pueden cambiar. Particularmente en el contrato de seguro de vida, debe estar claramente informado que el monto de la prima puede cambiar dependiendo de los cambios en el riesgo asegurado”.

Ojo: en la Sugese hay 121 entradas de seguros autoexpedibles activos en Costa Rica.

Los 65 años

En Costa Rica, pasar de 64 a 65 años marca el cambio hacia convertirse en un adulto mayor.

A partir de esa edad o de edades cercanas, las pólizas de vida aumentan por la siniestralidad y por cálculos matemáticos, tal como aclaró Guillermo Constenla, expresidente del INS: “Particularmente después de los 65 años o una edad cercana, las personas presentan más siniestralidad, es decir, se enferman más y de mayor gravedad. Por tanto, el riesgo para la aseguradora aumenta y, consecuentemente, el precio de la póliza aumenta”.

“El aumento se define conforme a cálculos actuariales de carácter matemático, en los que no cabe especulación alguna. Los parámetros de cálculo son estrictos y producto de estadísticas de muchos años. Es normal que la siniestralidad aumente con el envejecimiento, a partir de esas edades, por el evidente desgaste que sufre el ser humano. La siniestralidad la obtienen las compañías de seguros de muchos años de datos estadísticos sobre la incidencia de las enfermedades y del deterioro que se produce con el paso de los años, hecho que se acelera conforme la edad avanza”, añadió el exjerarca del INS.

Tanto para el caso específico de Ramón Luis Méndez, como para proveer información general, el INS desistió de referirse al tema para esta publicación. Esta fue la respuesta de la entidad, a través de su oficina de comunicación:

“Dado que actualmente existe un litigio cuyo vínculo causal es precisamente una póliza de vida que tuvo un aumento en la prima, debido a que una persona cumplió los 65 años, consideramos oportuno brindar declaraciones hasta tanto el caso sea evaluado por la parte legal, actuarial y técnica. Por ahora, resultaría prematuro referirse al tema, pues es necesaria la evaluación conjunta de estos elementos”.

Sobre el aumento precisamente a los 65 años, Rolando García, especialista de Arias Law, detalló que las pólizas de seguro responden a la existencia de un riesgo asegurable.

En los seguros de vida, el riesgo asegurable es la pérdida de la vida por parte del tomador del seguro. Conforme la persona asegurada aumenta en edad, “ciertamente aumenta el riesgo de que el riesgo asegurado se materialice”.

Las primas en todos los seguros se determinan por la probabilidad de que el riesgo asegurado se llegue a materializar, expuso García: “Por ello, al aumentar la probabilidad de que con la edad el tomador del seguro pueda sufrir un evento adverso por el cual lamentablemente fallezca, particularmente por factores médicos, es que el monto de la prima aumenta. Relativo al por qué hay un aumento a los 65 años, esto responde al punto de la edad de la persona en la que ya es considerada, para efectos de la legislación de Costa Rica, como un adulto mayor”.

¿Qué hago si un aumento en mi póliza de vida me parece excesivo?

El abogado Esteban Carranza, especialista de seguros y socio de Vector Legal, recalcó que cuando ocurre una alza que se considere excesiva, lo que puede hacer la persona es cotizar seguros individuales, donde se le pueda analizar su salud y situación particular, para tener una tarifa personalizada. Con esta tarifa en mano, tiene un parámetro de si el aumento es o no exagerado, y puede tomar mejores decisiones de esa forma.

Para Carranza, eso sí, un aumento en la póliza no debe llamarse “ilegal”.

“‘Ilegal’ no sería la palabra correcta. Al ser un análisis de riesgo actuarial, lo que podría suceder es que se discuta en sede judicial la razonabilidad o proporcionalidad del aumento que calculó actuarialmente la compañía en su nota técnica”, resaltó.

Rolando García, experto de Arias Law, sí considera que un incremento puede ser ilegal, pero puntualizó que cada caso debe analizarse por separado: “Sí pueden resultar ilegales, cuando los aumentos no respondan a factores verificables (aumento del riesgo por ejemplo) o que dicho aumento no sea calculado con base en elementos objetivos. Los cambios de condiciones, incluidos los aumentos de prima deben analizarse caso por caso”.

Lo que ha dicho Ramón Luis Méndez y lo que comunica la Asociación Gerontológica Costarricense (Ageco)

En entrevista con el periódico La Teja, Méndez reconoció que sí sabía que la cuota de su póliza de vida aumentaría, pero no pensó que fuera tanto. Esto respondió al ser consultado:

“Sí. Uno firma la póliza que tiene todo bien claro, pero se habla de que la cuota subirá y yo esperaba que fuese algo así como ¢100.000 e incluso ¢200.000, pero jamás me esperé algo tan descarado como un aumento mayor al 2.000%. Es que pasar de pagar ¢57.000 al mes a casi ¢1.100.000 es un descaro (...). Le repito, sí esperaba un aumento, pero no con tanto descaro. Eso no fue un aumento, fue una bofetada, una humillación, me están diciendo que no sirvo para nada a partir de que alcancé la tercera edad”.

Por su parte, esto dijo Fabián Trejos Cascante, gerente general de la Ageco:

“Muchas personas adultas mayores se han quejado con nosotros. Hemos sostenido reuniones con la Sugese para tratar el tema, buscar la forma de que esta situación se pueda modificar porque lo que se da es una discriminación total de acceso a los seguros por motivo de la edad; sin embargo, no hemos logrado nada con la Sugese; ningún avance”.