Fallo de Sala IV pone en duda nombramiento en propiedad de unos 2.400 interinos

1.733 puestos se concedieron mediante proceso que fue anulado

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Un fallo de la Sala Constitucional mantiene en vilo a 1.733 trabajadores que obtuvieron una plaza en propiedad en el Gobierno, entre diciembre del 2010 y diciembre del 2011, mediante un decreto que creó un mecanismo especial que ahora fue anulado.

De esta cantidad de servidores, 1.679 laboraban como interinos antes de obtener su puesto.

El voto de la Sala IV es el número 5151-13, del 17 de abril del 2013, en el cual el alto tribunal declaró con lugar una acción de inconstitucionalidad y anuló el mecanismo de contratación que se estableció mediante el decreto número 36.320 del 10 de diciembre del 2010.

La Sala solo ha publicado el voto. Ahora, las autoridades estatales esperan la redacción completa del fallo para conocer el futuro de los 1.733 trabajadores que fueron nombrados mediante este mecanismo.

Historia del decreto. José Joaquín Arguedas, director general del Servicio Civil, explicó que dicho decreto surgió de una negociación entre la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y el Gobierno como una alternativa para solucionar el problema de las personas que laboraban en forma interina.

Los interinos son servidores públicos que ocupan un puesto en sustitución de un funcionario regular o, en este caso, aquellos que ocupan una vacante de la cual la Dirección General del Servicio Civil no tiene registro de elegibles, o si lo tiene no existen candidatos que satisfagan las exigencias, o no quieren laborar en un lugar geográfico.

Albino Vargas, secretario general de la ANEP, detalló que había trabajadores que tenían hasta nueve años de laborar en el sector público, a los cuales se les había capacitado y no tenían un puesto fijo.

El decreto lo que estableció fue que los servidores interinos que acumulaban dos o más años de nombramiento continuo en el Estado en puestos vacantes tenían derecho de que se les incluyera en una terna para ocupar el puesto vacante en el cual se encontraban nombrados interinamente.

El mecanismo tuvo una vigencia de un año.

Arguedas comentó que en el sistema tradicional los concursantes realizan un examen y los tres que obtienen las mejores notas constituyen la terna que se envía a la entidad pública para que seleccione.

Con el mencionado decreto, si la persona interina cumplía con los dos años de servicio y ganaba el examen del Servicio Civil participaba en la terna, aunque al realizar la prueba no alcanzara una de las tres mejores notas.

El decreto provocó molestia de otros participantes, los cuales presentaron 18 recursos de amparo y dos acciones de inconstitucionalidad, una de ellas fue la que resolvió en abril pasado la Sala IV.

Roy Castillo, delegado de la ANEP en el Ministerio de Trabajo, explicó que este año estaban promoviendo un segundo decreto para aplicar de nuevo el mecanismo, pero el fallo de la Sala Constitucional detuvo el trámite. Ahora esperan la redacción final.