Incluyen cines, autoeventos, teatros y conciertos en la excepción de la restricción vehícular diurna

Personas que porten comprobante de compra o reservación expresa podrán trasladarse en su vehículo con restricción por número placa entre las 5 a. m., y 9 p. m.

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A partir del lunes 10 de mayo se implementará la excepción a la restricción vehicular sanitaria diurna para personas que se dirijan en sus vehículos a presentaciones artísticas, culturales y de entretenimiento, informó el Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ).

Esto significa que las personas que cuenten con un comprobante de compra o reservación expresa, en formato impreso o digital, podrán circular en su vehículo aún cuando ese día tenga restricción por número de placa que rige entre las 5 a. m., y 9 p. m y que aplica para desplazarse en 45 cantones del Valle Central. Así quedó en firme en el decreto N.° 42297-MOPT-S, publicado en el alcance N.° 91 de La Gaceta N° 87, tras una modificación.

Sylvie Durán, Ministra de Cultura y Juventud, comentó por medio de un comunicado de prensa que “La excepción vehicular fue una solicitud elevada por el sector artístico y cultural y apoyada por este Ministerio, en atención a las necesidades económicas y de reactivación de uno de los sectores más golpeados por las medidas de contención de contagio por covid-19. Sabemos que el sector está sumamente comprometido con el cumplimiento de los protocolos sanitarios necesarios, para asegurar la salud del público que asista a sus espectáculos”.

Lo indispensable

Es esencial que los cines, autoeventos, teatros, conciertos o presentaciones artísticas y culturales cuenten con el permiso sanitario de funcionamiento y rigurosos protocolos.

Además, es necesario que los administradores de los establecimientos que ofrecerán estas actividades proporcionen un comprobante a los futuros asistentes en el que se detalle:

-Nombre y dirección del establecimiento autorizado.

-Fecha de la actividad.

-Hora de inicio y finalización de la actividad.

-Nombre de la actividad.

La medida incluye “los vehículos de las personas que requieran trasladarse estrictamente con ocasión de una reservación para asistir a cines, autoeventos, teatros, conciertos o presentaciones públicas, habilitados por el Ministerio de Salud y en lugares con permiso sanitario de funcionamiento para este tipo de actividades, debidamente demostrado con el comprobante de compra o reserva correspondiente”, reza el decreto.

Los asistentes deberán llevar el comprobante impreso o digital que tiene que mostrarse a las autoridades correspondientes en caso de ser requerido durante la restricción vehicular diurna, indica el comunicado del MCJ.

La restricción vehicular sanitaria estará vigente hasta el 31 de mayo por placas entre semana en la Región Central (no solo para el casco central de San José) y la medida también se aplica los fines de semana en todo el país, informó La Nación.

Opera así:

Lunes: No circulan placas terminadas en 1 y 2

Martes: en 3 y 4

Miércoles: en 5 y 6

Jueves: en 7 y 8

Viernes: en 9 y 0

Sábado: 1, 3, 5, 7 y 9 (impares)

Domingo: 0, 2, 4, 6 y 8 (pares)