Nueva Ley de Premios Nacionales fue aprobada en la Asamblea Legislativa

Se entregarán 26 premios de cultura para disciplinas culturales y la labor de toda una vida

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San José

La nueva Ley de Premios Nacionales fue aprobada en segundo debate por 39 diputados de la Asamblea Legislativa, con lo que se convierte en Ley de la República.

El texto (N.° 17.853) se aprobó en su tercera versión, tras una serie de modificaciones realizadas tras la propuesta original de la diputada liberacionista Alicia Fournier. Tras recibir amplias críticas del sector cultural, el Ministerio de Cultura y Juventud inició un proceso de consultas con representantes del sector cultural para afinar la propuesta.

"Nos garantiza que les daremos continuidad a los premios, fortalecer su aporte económico, y que sectores culturales que estaban excluidos serán sujetos de premiación", aseveró Morales.

En total, se entregarán 26 premios de cultura, más los dos de Ciencia y Tecnología y el Premio al Mérito Civil (ambos los entregarán ahora los ministerios de Ciencia y Tecnología y el Seguridad Pública). Según declaraciones de la viceministra de Juventud, Irene Morales, aumentarán en 30% el monto económico que se entrega a los ganadores.

La nueva ley establece la entrega de 26 galardones para nueve disciplinas artísticas: Artes Visuales, Danza, Audiovisuales, Música y Teatro (tres premios cada una), Literatura (cinco premios), Gestión y Promoción Cultural, y Comunicación Cultural (un premio cada una). A estos galardones se suman el Premio Magón y el Premio Emilia Prieto de Cultura Popular Tradicional, así como el Premio Pío Víquez de Periodismo.

"Tanto los jurados como los premiados y el país entero se verán beneficiados", dijo el ministro de Cultura, Manuel Obregón, en un comunicado.

La ley se hará efectiva a partir de los premios del 2015. Los del 2014 (que serían entregados a inicios del próximo año) se entregarán de acuerdo con la antigua ley. Empero, para evitar problemas en el nombramiento de jurados, el Ministro de Cultura está facultado, en el artículo transitorio de la ley, para nombrar al miembro faltante para completar los jurados.