El término 'anexión', una imprecisión histórica con el partido de Nicoya

‘Anexión’, una palabra ambigua. Al celebrarse el 191.° aniversario de la incorporación del partido de Nicoya, surge la duda de cómo denominarla

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Arnaldo Rodríguez Espinoza arnaldo682@gmail.com

Históricamente, la palabra “anexión” se ha usado para denotar la inclusión de un territorio en el de otro Estado empleando la fuerza o las amenazas. Por esto, es discutible llamar “anexión” a la incorporación del partido de Nicoya, como veremos.

El 25 de julio de 1824, los ayuntamientos de Nicoya y Santa Cruz decidieron unirse a Costa Rica a raíz de una invitación que les había hecho este último Estado en marzo de ese año.

Así, las élites locales tuvieron un papel destacado sobre si se unían a Costa Rica o seguían perteneciendo a Nicaragua, aunque la decisión – tomada finalmente por una minoría– no fue uniforme ni consensuada pues el ayuntamiento de Villa Guanacaste (actual Liberia) fue el primero en rechazar de plano la invitación en mayo de 1824.

En junio de ese año, el recién creado cabildo de Santa Cruz apoyó la decisión de la Municipalidad de Nicoya, quizás como gratitud por la instauración de este ayuntamiento en abril de 1824 por las autoridades nicoyanas.

Después, el 4 de julio de 1824, Nicoya rechazó la invitación, pero agradeciendo a Costa Rica por haberla tomado en cuenta y aduciendo que “no podían ser disidentes” (Archivo Nacional de Costa Rica [ANCR], Gobernación, 1824, folio 10). Empero, 21 días después, cambió de opinión y decidió incorporarse, con el apoyo de Santa Cruz, el 25 de julio de 1824. Villa Guanacaste lo haría en 1834. De tal manera, en este proceso, las élites locales dudaban si debían seguir perteneciendo a Nicaragua o si debían agregarse a Costa Rica.

Soberanía federal. La lucha de poder y la posterior guerra entre leoneses y granadinos suscitaría una inestabilidad política en Nicaragua, y habría podido ocasionar graves consecuencias económicas para las élites de Nicoya y Santa Cruz. Estas comerciaban con Costa Rica a través del puerto de Puntarenas.

El golfo de Nicoya unía a esas regiones pues era una ruta de fácil y rápido acceso, lo que no ocurría con Nicaragua. En consecuencia, la ligera estabilidad política y la relación económica de Nicoya y Santa Cruz con Costa Rica pudieron influir más sobre la idea de unirse que los aspectos patrióticos o las lealtades nacionalistas, puesto que no se habían creado los estados nacionales, como lo señalan las historiadoras Frances Kinloch Tijerino y Soili Buska Harjú.

Sin embargo, la decisión tomada por los pueblos de Nicoya y Santa Cruz debía ser resuelta por la Federación Centroamericana, lo que se dio de manera temporal en diciembre de 1825, cuando el Congreso Federal autorizó “la separación del antiguo territorio del partido de Nicoya de Nicaragua y su agregación a Costa Rica” (ANCR, Congreso, 1825, folio 1). Esto fue ratificado en 1826 por el Congreso.

Costa Rica no violentó la soberanía de Nicaragua cuando le fue agregado el territorio del partido de Nicoya puesto que dicha soberanía residía en la Federación Centroamericana, de la que formaban parte tanto Costa Rica como Nicaragua. Esto evitó un recrudecimiento del conflicto e incluso un enfrentamiento militar.

Para 1834, Villa Guanacaste aceptó la agregación. En 1838, las tres municipalidades ratificaron, por primera vez en conjunto, su deseo de seguir unidas a Costa Rica, brindando una mayor legitimación sobre su decisión –esta vez consensuada y homogénea– de seguir vinculados al Estado de Costa Rica.

Las tensiones entre ambos gobiernos adyacentes prevalecieron como consecuencia de la unión territorial del partido de Nicoya a Costa Rica; incluso se agudizaron una vez que decidieron abandonar la Federación en 1838; pero tales tensiones se resolvieron finalmente con el Tratado de Cañas-Jerez en abril de 1858.

No obstante, ¿fue realmente una anexión? En marzo de 1824, las autoridades de Costa Rica invitaron a los tres pueblos del partido para que “deliberaran a la unión y agregación” (ANCR, Gobernación, 1824, folio 10, vuelta).

Otros términos. Posteriormente, en la llamada “acta de anexión”, no se encuentra citado una sola vez dicho concepto en sus cuatro folios; más bien, se remite a los términos de “unión” y “agregación”, donde las autoridades de Nicoya finalmente mencionaron: “hemos deliberado libremente a la unión indicada”. Así, en 1824, Nicoya y Santa Cruz decidieron unirse a Costa Rica de manera voluntaria, y no de forma impositiva. Sin embargo, dicho proceso fue mucho más complejo y no estuvo exento de tensiones e incertidumbre, una vez tomada la decisión.

La misma disposición del Congreso Federal de 1825 declaró de manera temporal la separación de dicho territorio de Nicaragua y su agregación a Costa Rica, situación que se ratificaría en 1826, ya no de manera temporal, sino definitiva, aunque sin una delimitación territorial.

En abril de 1826, las autoridades de Nicoya conocieron un nota donde “se trató a la vista un oficio que entregó Coronel Alcalde de Santa Cruz Justo Arrieta que le pazó el Coronel Pedro Rivas Alcalde del Guanacaste ynvitandolos a recistir el Decreto dado por la Federación en que reúne este partido al estado libre de costarrica” ( sic , ANCR, Municipal, 1826, folio 4).

El mismo documento también mencionó: “de cuyo tenor se evidencia y no cabe duda, de estar este Partido legítimamente agregado bajo la protección del estado de Costarrica” ( sic , ANCR, Municipal, 1826, folio 5). Sin embargo, nótese que en ambos textos no se cita el término “anexión”.

Entre tanto, en diciembre de 1834, la municipalidad de Guanacaste mencionó en sus actas “los buenos oficios de quietud, paz y tranquilidad que ha disfrutado esta villa desde la agregación” (ANCR, Gobernación, 1834, f. 8).

En 1838, las tres municipalidades del antiguo partido confirmaron su anuencia a seguir vinculadas con Costa Rica. Así, Nicoya ratificó por tercera vez su incorporación señalando: “esta Municipalidad han reflexionado que deben seguir unidos al Estado de Costa Rica” (ANCR, Gobernación, 1838, folio 18, vuelta).

En los acuerdos de las municipalidades de Santa Cruz (ANCR, Gobernación, 1838, f. 16) y Guanacaste (ANCR, Gobernación, 1838: folio 17, vuelta) de 1838 se utilizaron los términos “unión” y “agregado”. Lo mismo acontecería con las confirmaciones de 1847 y 1854, donde dichas municipalidades ratificaron su adhesión a seguir perteneciendo a Costa Rica.

Incorporación. Finalmente, en 1938, la Asamblea Legislativa estableció el 25 de julio de 1824 como fiesta escolar nacional: “Declárase día de fiesta escolar nacional el 25 de julio como justo reconocimiento del país a los pueblos del antiguo Partido de Nicoya, en la fecha de su incorporación al Estado de Costa Rica” (ANCR, Congreso, 1938, folio 4).

Nótese que tampoco entonces se utilizó el término “anexión”, sino “incorporación”. En 1956, el decreto n.º 2.034 dejó sin efecto el de 1938, pero siguió utilizando el vocablo “incorporación” en su artículo primero.

En tanto, el concepto de “anexión” apareció por primera vez en dicho documento oficial ya que el artículo 3 expresó: “el Poder Ejecutivo dispondrá la edición de un libro con contenido de la historia de la anexión del partido de Nicoya al Estado de Costa Rica” (Sistema Costarricense de Información Jurídica [SCIJ]).

De tal manera, es importante replantearse la utilización del término “anexión” porque se ha acuñado con una gran imprecisión histórica. En los documentos de la época no se lo menciona; más bien, se encuentran vocablos como “unión”, “agregación” e “incorporación”.

Entonces, ¿por qué llamar “acta de anexión” al documento del 25 de julio de 1824? ¿Por qué seguir conmemorando la “anexión del Partido de Nicoya” como una efeméride escolar cuando la Asamblea Legislativa decretó fiesta escolar el 25 de julio de 1824, tanto en 1938 como en 1956 como reconocimiento a la incorporación del partido de Nicoya a Costa Rica?

En todo caso, el hecho histórico del 25 de julio de 1824 no fue una anexión, sino una unión, agregación o incorporación pues fue una decisión de Nicoya y Santa Cruz, respaldada posteriormente por Guanacaste como consecuencia de una invitación: un hecho, además, ratificado por el Congreso Federal otorgándole legitimidad, y no como una imposición o despojo de ese territorio por parte de Costa Rica a Nicaragua.

El autor es profesor en la Cátedra de Historia en la UNED. Este texto forma parte de un artículo publicado en la ‘Revista Perspectivas’ de la UNA.