Sala IV ordena reubicar 160 reos de ámbito hacinado en 15 días

Cárcel Gerardo Rodríguez tiene una sección con 95,8% de sobrepoblación

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La Sala Constitucional ordenó al Ministerio de Justicia y Paz reubicar en 15 días, a 160 reos condenados, quienes están en el ámbito más hacinado del país, en la cárcel Gerardo Rodríguez, por mezclarlos con población que aún espera juicio.

Esos 160 presidiarios tienen una condena en firme, por lo que deberán ser trasladados a espacios exclusivos para población sentenciada y no a ámbitos donde se ubican los reos que apenas están siendo procesados.

Según el voto N.° 8542-2015 , el ámbito de indiciados de la cárcel Gerardo Rodríguez (San Rafael de Alajuela) tiene capacidad para 240 presidiarios, pero al 25 de mayo del 2015, había 470 personas en ese módulo, de los cuales 160 son sentenciados y 310 descuentan prisión preventiva.

Es decir, el hacinamiento crítico allí es de un 95,8%, el más elevado del sistema penitenciario, lo que convierte la reclusión en cruel y degradante, pues el nivel máximo permitido es de un 20%.

La directora del ámbito indicó a los magistrados que los ingresos de personas con condena no son decretados por ella, sino por sus superiores. Añadió que a pesar de las circulares, las cuales ordenan la separación de ambas poblaciones, el hacinamiento y los problemas de infraestructura, hacen imposible cumplirlas.

El viceministro de Justicia, Víctor Barrantes, comentó que entre las medidas para reducir la sobrepoblación, se mantiene la desinstitucionalización de los reos al régimen de confianza y la construcción de nuevos espacios. No obstante, para la Sala Constitucional, esas razones no justifican la mezcla.

“Lo cierto del caso es que el hacinamiento y mal estado de las instalaciones penitenciarias no son razones suficientes para admitir una situación como la apuntada, menos aun cuando se trata de reunir a privados de libertad que se encuentran en una condición distinta, lo que hace imposible que los indiciados puedan tener el trato diferenciado que les corresponde por su situación jurídica”, señala el fallo.

Reynaldo Villalobos, director de Adaptación Social, explicó que en el mediano plazo pretenden sacar a todos los indiciados de la cárcel Gerardo Rodríguez, para dejarla como un centro de sentenciados únicamente.

Añadió que hay semanas en las cuales 50 indiciados reciben la pena, lo que dificulta la separación, pero tienen obras por construir que facilitarán el acomodo.

Degradante. Para el magistrado Fernando Cruz, el hacinamiento pervierte el sentido y la finalidad de la pena privativa de libertad, convirtiendo su ejecución en una sanción cruel e inhumana. “La privación de libertad, en esas condiciones, pierde legitimidad constitucional”, manifestó Cruz.

La mayoría de los magistrados le concedió al Ministerio de Justicia el plazo de seis meses (al 3 de diciembre) para que reduzca el hacinamiento crítico en el ámbito de indiciados, tal y como se le había ordenado en otra sentencia, desde noviembre del 2014.

La semana pasada, la ministra de Justicia, Cristina Ramírez, informó de que, actualmente, el sistema alberga a 14.150 presidiarios en 13 cárceles, en donde solo caben 9.130, lo que equivale a un 55% de hacinamiento total.

¿Por qué separados? La Sala Constitucional explicó que las normas internacionales sobre derechos humanos vigentes en Costa Rica, garantizan el derecho de los indiciados a permanecer separados de aquellas personas condenadas.

Otras categorías de alojamiento son el sexo y la edad, los antecedentes o los motivos de la detención.

No obstante, se permite, bajo circunstancias excepcionales, la mezcla de sentenciados con indiciados cuando hay serios problemas de convivencia, sea porque alguno agreda a otros o imposibilite la convivencia pacífica entre compañeros, o porque sus condiciones personales lo conviertan en factor de riesgo frente a la población o a esta frente a él.

Por ejemplo, policías con prisión preventiva se podrían ubicar en centros para condenados, pues poseen mayores controles y y niveles de contención.

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