Mitad de mujeres condenadas en Costa Rica cumplen penas por delitos vinculados con drogas

Justicia restaurativa permite que las infractoras se reintegren a la sociedad sin necesidad de pasar por un encarcelamiento

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

En Costa Rica hay 2.842 mujeres que están cumpliendo, en este momento, alguna sentencia por diferentes delitos, incluidos robos, asaltos y homicidios.

De ese gran total, el 49% (1.421) fueron condenadas por delitos relacionados con drogas, según afirmó Gerardo Alfaro, magistrado de la Sala de Casación Penal y rector de Justicia Restaurativa del Poder Judicial, en una entrevista con La Nación.

Con base en datos recopilados hasta diciembre del 2022, el magistrado explicó que, de estas 2.842 mujeres, solo 500 (17,6%) están privadas de libertad, ya que las demás cumplen sus condenas bajo diferentes modalidades, como detención domiciliaria, libertad asistida, centros de confianza, libertad restringida con dispositivos electrónicos no estigmatizantes, o cualquier otra medida alternativa a la prisión.

Esto se aplica siempre y cuando se demuestre que la mujer cometió el delito por su vulnerabilidad y sea elegible para la justicia restaurativa. Esta metodología busca resolver las controversias de manera integral, con la participación activa de la víctima (si existe), de la persona que cometió el delito y de la comunidad.

Hasta el 2013, las mujeres que intentaban ingresar droga a un centro penitenciario eran condenadas a entre ocho y 20 años de prisión.

Sin embargo, a partir de ese año, con la entrada en vigor del artículo 77 bis de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo (N.° 8204), las mujeres tienen la posibilidad de pagar por su delito de otra manera, siempre y cuando su acción esté relacionada con su situación económica, psicológica o social.

Esto último significa que la mujer se encuentre en situación de pobreza, tenga a su cargo personas menores de edad, adultas mayores o con discapacidad, o bien, que sea una persona adulta mayor o una jefa de hogar en condiciones de vulnerabilidad.

Según el magistrado, tanto el Ministerio Público como la Defensa Pública pueden solicitar un estudio psicosocial para demostrar el estatus de la indiciada.

Proceso

Empero, se debe realizar un filtro previo para determinar si la persona es apta para la justicia restaurativa. El requisito principal para optar por esta opción es que la imputada reconozca el daño causado y esté dispuesta a repararlo.

Luego del estudio psicosocial, si se determina que la mujer es apta para la justicia restaurativa, se lleva a cabo una reunión con ella para proponerle un plan de reparación como forma de cumplir su pena.

Dado que al introducir droga a un centro penitenciario no hay una víctima física y el delito se considera un atentado contra la salud pública, el plan de reparación debe permitir que la mujer tome conciencia del daño causado.

Para lograrlo, se trabaja en conjunto con profesionales en trabajo social y psicología, así como con el equipo legal, para crear un plan que se ajuste a las necesidades de la salud pública y facilite la reintegración social de la mujer.

Por ejemplo, el magistrado Alfaro recordó el caso de una mujer que, dentro de su plan de reintegración, ofreció almuerzos para el sistema penitenciario. Ella era dueña de una soda, así que se comprometió a entregar una cantidad determinada de alimentos para otros privados de libertad.

Es importante tener en cuenta que la justicia restaurativa no está disponible para personas con antecedentes penales, ya que su objetivo principal es restaurar a la persona para prevenir reincidencias.

Por otro lado, la cantidad de droga que la mujer intenta ingresar a un centro penal no determina su elegibilidad para la justicia restaurativa, pero las circunstancias del delito sí pueden influir en la decisión.

“Nosotros manejamos una coordinación muy buena con el Ministerio Público y la Defensa Pública desde la oficina rectora, y el fiscal general y el jefe de la Defensa Pública son personas muy comprometidas con justicia restaurativa, pero evidentemente cada uno desde sus competencias y desde sus responsabilidades”, comentó Alfaro.

Según la Unidad de Investigación y Estadística del Instituto Nacional de Criminología, actualmente hay 26 mujeres en el sistema penitenciario que son atendidas bajo este mecanismo. Trece de ellas cumplen condena de manera institucional, ocho mediante dispositivos electrónicos y cinco a nivel semiinstitucional.

Según Alfaro, la justicia restaurativa es erróneamente percibida como una forma de “alcahuetería”. No obstante, desde su perspectiva, está lejos de serlo. Para él, esta práctica representa la oportunidad de ayudar a una persona a liberarse de la vulnerabilidad que la llevó a cometer un delito y restaurarse, de tal manera que no reincida en la violación de la ley.

“La justicia restaurativa logra una solución del conflicto y le devuelve a la comunidad a una persona restaurada. Según las estadísticas, nosotros tenemos más de un 90% de cumplimiento de los planes de reparación y, cuando se cumple un plan de reparación, nos aseguramos de que esa persona no vuelve al sistema penal”, aseguró.

Migrantes y pobres

El magistrado indicó que no existe una estadística oficial que clasifique a las mujeres infractoras de la ley de psicotrópicos; no obstante, con base en su experiencia, afirmó que la mayoría de las mujeres que intentan introducir drogas a las cárceles son migrantes que viven en extrema pobreza y suelen estar atrapadas en relaciones de violencia.

“Estas mujeres buscan mejores oportunidades en el país y terminan en relaciones de poder desequilibradas con sus parejas. Algunas llegan con sus parejas, otras lo hacen solas, pero terminan en relaciones maritales con personas violentas o involucradas en el tráfico de drogas”, explicó el magistrado.

Además de vivir en situaciones de abuso, estas mujeres, que a menudo son madres de varios menores, se ven obligadas a realizar este tipo de delitos para sobrevivir.

El magistrado destacó la importancia de considerar el papel de la mujer como madre y jefa de familia al momento de encarcelarla.

“¿Qué sucede con los hijos de esa mujer? ¿Qué pasa con su hogar? Todas estas son condiciones que deben tenerse en cuenta”, enfatizó.

En cuanto a la aplicación de la justicia restaurativa en otros hechos ilícitos, es fundamental comprender que esta medida es viable solo para delitos menores; es decir, aquellos que no involucren violencia física contra las personas, delitos sexuales, crimen organizado, trata de personas, ni delitos ligados a psicotrópicos, excepto la introducción de esas sustancias a centros penitenciarios.

Para que la justicia restaurativa sea una opción, la pena máxima que enfrentaría el acusado no debe superar los tres años, y la ley debe prever una pena sustitutiva, como sanciones de cumplimiento comunitario.

Además, en los casos en los en que hay una víctima, esta debe estar de acuerdo en que el infractor se acoja a la justicia restaurativa. Alfaro destacó que un equipo psicosocial lleva a cabo un abordaje previo, tanto para la víctima como para el delincuente.

“En el proceso restaurativo, la víctima comprende por qué ocurrió lo que ocurrió, mientras que el acusado reconoce el daño causado y se compromete activamente a repararlo”, añadió el magistrado. Este compromiso se formaliza a través de un acuerdo, con el respaldo de profesionales especializados.

Del 16 al 18 de octubre se celebró un seminario internacional organizado por el Poder Judicial, en colaboración con la Unión Europea y otras instituciones. El evento se enfocó en discutir la importancia de las alternativas penales para mujeres en situación de vulnerabilidad, específicamente aquellas involucradas en delitos menores relacionados con drogas.