1.800 patineteros fueron multados en 2022 por circular en calles

Hasta setiembre de este año, la Policía de Tránsito decomisó en promedio siete patinetas al día, cuyo dueños deberán pagar ¢24.000 para retirarlas

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Hasta el mes de setiembre del 2022, un total de 1.841 personas recibieron una multa de ¢24.000 por circular por las carreteras con una patineta, patines, “patín del diablo” o similares, en contravención a la Ley de Tránsito, informó el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

Este tipo de vehículos, autopropulsados o no, carecen de autorización para circular en las carreteras, con base en el artículo 124 de la Ley de Tránsito, explicó la cartera.

“No es seguro para ellos, y hasta para los conductores que los deben esquivar, que circulen en las carreteras, por donde comparten espacio con vehículos grandes. Lamentablemente, sumamos casi siete decomisos por día, como promedio, lo que deja claro que es un problema importante que aumenta el riesgo de tragedias”, argumentó Alexánder Solano Quirós, director de la Policía de Tránsito.

El MOPT aseguró que existen espacios en diferentes sitios del país para practicar con patines y patinetas.

“Se pide recurrir a esos parques y lugares públicos y siempre con la protección debida, que incluya al menos casco, y si pueden agregar rodilleras y coderas, todavía mejor”, indicaron las autoridades.

Cuando estos artículos son decomisados por el Tránsito, se debe pagar la multa para poder retirarlos. Si el propietario tiene menos de 15 años, necesita acompañarse por su responsable legal, como su mamá o su papá, para el trámite de reclamo del bien.

“También, se les recuerda que toda persona mayor de 13 años debe tener una identificación, sea su Tarjeta de Identificación de Menores o la cédula de identidad, a partir de los 18 años”, concluyó el ministerio.