Sala III condena a Calderón, pero lo exime de ir a prisión

Fallo ratifica que expresidente incurrió en peculado al recibir comisiones ilegales

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La Sala III de la Corte Suprema de Justicia ratificó una condena contra el expresidente Rafael Ángel Calderón Fournier por recibir comisiones ilegales, pero lo eximió de ir a prisión tras bajar su pena de cinco a tres años de cárcel.

El mismo beneficio recibieron otros cinco imputados en el denominado caso CCSS-Fischel.

Con un voto de mayoría, los magistrados de Casación recalificaron ayer los hechos atribuidos al exmandatario por el Tribunal Penal de Juicio de Goicoechea y le concedieron la ejecución condicional de la pena por cinco años.

Un año y siete meses atrás, el Tribunal señaló que Calderón recibió comisiones ilegales por la aprobación de un crédito del Gobierno de Finlandia para comprar equipo para la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Los jueces lo condenaron entonces por dos cargos de peculado y le impusieron una pena de cinco años de cárcel.

Sin embargo, ahora la Sala III recalificó los hechos como un solo delito de peculado y les impuso a Calderón y a otros cinco imputados la pena mínima de tres años de prisión.

Los otros beneficiados con la recalificación son Eliseo Vargas García, expresidente ejecutivo de la CCSS; Gerardo Bolaños Alpízar, exdirectivo de esa entidad; y el exgerente de modernización Juan Carlos Sánchez Arguedas.

Igual medida se les aplicó al expresidente de la Corporación Fischel, Wálter Reiche Fischel y al exgerente de O. Fischel R., Marvin Barrantes.

Fallo dividido.Los magistrados que resolvieron el caso Caja-Fischel fueron José Manuel Arroyo, presidente de la Sala Tercera, Carlos Chinchilla, Magda Pereira, Jesús Ramírez y Luis Víquez.

Con un voto de mayoría, Ramírez, Pereira y Chinchilla decretaron la nulidad de la prueba documental recabada en Panamá, la cual formaba parte de una serie de evidencias bancarias provenientes de cinco países.

La decisión también anuló todos los elementos probatorios de la sentencia que dependían directamente de esa prueba panameña. Con relación a este tema, Arroyo y Víquez salvaron el voto.

Por otra parte, Ramírez, Pereira y Chinchilla declararon con lugar una parte del recurso de casación de Juan Marco Rivero y Gonzalo Fajardo, ambos abogados del expresidente Calderón.

Como consecuencia, se recalificaron los delitos atribuidos a Calderón y se le redujo la pena.

Arroyo y Víquez consideraron que la sentencia que dictó el Tribunal de Goicoechea en el 2009 debía mantenerse intacta.

Por otra parte, los magistrados mantuvieron los seis años de inhabilitación para ejercer cargos públicos fijados contra de Vargas, Bolaños y Sánchez.

La Sala advirtió a los condenados que podrían perder el beneficio de ejecución condicional si durante los próximos cinco años cometen un delito por el cual se les imponga una pena superior a seis meses.

Arroyo, Ramírez, Chinchilla y Víquez fueron del criterio de que se debía mantener las sentencias condenatorias contra todos los imputados en la causa.

Pereira consideró que debía anularse la sentencia del 2009 y ordenarse un nuevo juicio. No obstante, cuando se resolvió el tema de las penas, ella formó parte del voto de mayoría que las modificó.

El 7 de marzo anterior, los miembros de la Sala III se separaron de sus funciones normales para dedicarse al estudio de los 12 recursos de casación. Hace 10 días, iniciaron la discusión final que terminó con el fallo de ayer.

Comisiones. La primera sentencia del caso CCSS-Fischel la dictaron los jueces Teresita Rodríguez, Alejandro López y Franz Paniagua.

En el razonamiento del fallo, el Tribunal explicó que Calderón, Vargas, Bolaños y Sánchez, recibieron una comisión en dólares pagada por Reiche y Barrantes.

El dinero se entregó por la adjudicación de la licitación, por parte de la CCSS, a la empresa finlandesa Instrumentarium Medko Medical, representada en Costa Rica por la Corporación Fischel.

“Esta comisión está contenida en el préstamo que, por $32 millones, otorgó el Gobierno de Finlandia a nuestro país. Lo que implica que al ser fondos públicos, los costarricenses debemos pagar esas comisiones ilícitas”, razonó la jueza Rodríguez la tarde del 5 de octubre del 2009.