Tribunal ratifica condena de narco pero lo dejó libre

Justificó que había que dejar en libertad al sujeto porque los plazos vencieron

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El Tribunal de Apelación de Sentencia de Goicoechea dejó en libertad a un sujeto condenado a ocho años de cárcel por transportar marihuana, 24 días después de haber ratificado la sentencia.

Los jueces acordaron la medida porque consideraron que ya se habían agotado los plazos para mantener a una persona indiciada (sin sentencia en firme) descontando prisión preventiva.

Además, estimaron que, a pesar de existir un fallo de segunda instancia, eso no implicaba que la sentencia había adquirido firmeza, pues el sentenciado tenía todavía la opción de interponer un recurso de Casación ante la Sala Tercera de la Corte.

La decisión de dejar el libertad al hombre provocó que el juez coordinador del Tribunal de Flagrancias de Limón, Rónald Abarca Solano, pidiera una explicación pues considera que, cuando el tribunal de apelaciones ratificó la condena a ocho años, el fallo entonces había quedado en firme y, por tanto, el implicado debía ser puesto a la orden del Instituto Nacional de Criminología del Ministerio de Justicia para que empezara de descontar la pena.

Abarca incluso elevó el tema al Tribunal de la Inspección Judicial, pues calificó como contradictorio que se deje libre a una persona sentenciada con una pena tan alta.

Consultado sobre el tema, el magistrado Carlos Chinchilla, presidente de la Sala Tercera, dijo que prefería no emitir comentarios, ya que eventualmente podría tener que estudiar el asunto en casación en los próximos meses.

Historia. El caso se inició el 28 de febrero del 2013 a las 8:15 p. m., cuando Marlon Andrés Jiménez Jiménez, de 24 años, fue detenido junto a otros individuos de apellidos Reyes y Montero en Cuba Creek, en Matina, Limón. Los tres viajaban en un automóvil en el que la Policía encontró un maletín con 3,4 kilos de marihuana comprimida.

En marzo, Jiménez ingresó a la cárcel para cumplir medida cautelar. Luego, el 14 de junio del año anterior, el Tribunal de Flagrancias de Limón lo condenó a ocho años de cárcel y le impuso otros seis meses de prisión preventiva. En el juicio fueron absueltos Reyes y Montero.

El plazo de la medida preventiva venció el 14 de diciembre, pero Jiménez siguió preso y el 20 de diciembre que se dictó una prórroga extraordinaria, hasta el 29 de diciembre. Dos días antes de esa fecha, se había autorizado otra extensión hasta el 29 de enero pasado.

Mientras tanto, Jiménez apeló, y el 21 de enero pasado, el Tribunal de Apelación de Sentencia de Goicoechea rechazó esa impugnación a la condena de ocho años de cárcel. Sin embargo, decidió no extender la prisión preventiva.

Ante esto, Jiménez presentó un recurso de hábeas corpus ante la Sala Constitucional, pues consideró que estaba preso ilegalmente, el cual fue declarado con lugar el pasado 14 de febrero, con la salvedad de que los magistrados no se pronunciaron sobre su libertad, sino que devolvieron el asunto al Tribunal de Apelación de Sentencia de Goicoechea , que ese mismo día le ordenó al Tribunal de Flagrancias de Limón dejar en libertad a Jiménez.

Aunque acató la disposición, el juez Rónald Abarca manifestó que se trata de una situación que podría derivar en un incremento de la impunidad.