Tribunal anula por arbitraria deportación de oriental y condena al Estado

Ciudadano chino fue detenido cuando se presentó a Migración para acogerse a periodo de gracia

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El Tribunal Contencioso Administrativo dictó una sentencia en la que anula una resolución dictada por la Dirección General de Migración y Extranjería a finales de 2012, la cual ordenó deportar al ciudadano chino Huidong Chen.

La resolución emitida ayer también condenó también al Estado al pago de daños y perjuicios por ¢7 millones, así como ambas costas del juicio al considerar que hubo elementos arbitrarios en el proceso de deportación.

Chen ingresó a Costa Rica de manera legal el 17 de diciembre de 1993, tiene esposa e hijos residentes en el país, además de un hijo costarricense.

El problema surgió cuando el oriental visitó voluntariamente las oficinas de Migración en setiembre de 2012 para que le verificaran sus ingresos migratorios, a raíz de un periodo de gracia otorgado a los trabajadores migrantes en cuatro artículos transitorios del reglamento de Extranjería.

Chen afirmó que en el archivo policial del Ministerio de Seguridad Pública le denegaron un comprobante de huellas digitales que necesitaba para ponerse al día y poder cumplir con los requisitos que pedía el denominado proceso transitorio para trabajadores migrantes.

En esa ocasión las autoridades migratorias le retuvieron su pasaporte y le citaron en varias ocasiones. El 30 de noviembre de 2012 le notificaron que sería deportado a China, sin permitirle aplicar por alguno de los artículos transitorios, aún cuando tenía familiares en Costa Rica.

Tras casi dos meses de estar en el centro de aprehensión para extranjeros en Hatillo, la Dirección de Migración finalmente ejecutó su deportación a China el 22 de enero de 2013.

Mientras estaba retenido en Hatillo, sus familiares interpusieron una demanda judicial contencioso administrativa contra el Estado con una medida cautelar de no deportación que fue admitida casi inmediatamente, no obstante, la Dirección de Migración procedió siempre a ejecutar la deportación.

Después de la deportación, los familiares del señor CHEN presentaron una nueva solicitud de medida cautelar, y el Tribunal Contencioso Administrativo ordenó el retorno del deportado a Costa Rica.

Esta es la primera vez que un órgano jurisdiccional ordena el retorno de un extranjero deportado

Aunque Chen se mantuvo fuera del país durante casi nueve meses, sus familiares nunca lo abandonaron, pues lo visitaron en China para proveerle dinero, atención y compañía.

Una vez de regreso en Costa Rica, el proceso judicial contra el Estado continuó su curso cerrando con un juicio el pasado 3 de setiembre de 2014.

La sentencia (N.° 68-2014-V) es trascendental pues remarca que si existen vicios o elementos de arbitrariedad administrativa en el procedimiento de deportación, el acto administrativo puede ser anulado aún cuando un extranjero haya sido deportado, manifestó el abogado Marco Badilla, representante del extranjero, quien fue director General de Migración entre el 2002 y el 2005, en la administración de Abel Pacheco.

El Tribunal correspondiente consideró que el acto de deportación fue inmotivado y por ello el Estado, además de pagar los ¢7 millones al ofendido por daño moral, deberá cancelar el valor de tiquetes aéreos por concepto de retorno del ofendido y uno de sus familiares, así como ambas costas del proceso.