Tico acusado de estafar por $5 millones a comunidad libanesa con supuesto plan de inversiones

De acuerdo con la Fiscalía, el cartaginés elaboró un esquema ‘ponzi’ mediante engaños de presuntas inversiones en bancos y la bolsa, prometiendo intereses de hasta 17%

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Un abogado alajuelense de apellidos Nassar Güell enfrenta una causa por, al parecer, haber estafado a la comunidad libanesa en Costa Rica con un supuesto plan de inversiones, con el que obtuvo alrededor de $5 millones de manera fraudulenta.

En total, la Fiscalía Adjunta de Fraudes lo acusa por 23 delitos de estafa mayor y dos delitos de falsedad ideológica en concurso material.

Estaba previsto que la audiencia preliminar para determinar si este caso se eleva a juicio se desarrollara este 3 y 4 de agosto en el Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José. Empero, tal procedimiento será reprogramado por choque de agendas de algunos de los abogados que representan a las víctimas.

Nassar, hoy de 45 años, laboraba en el bufete JC Esquivel y Asociados S. A. con un hombre de apellidos Esquivel Favareto, quien representa a la empresa Costa Rica Escrow And Title Services S.A. (Cretsa), dedicada a la administración de bienes fideicomitidos.

En dicha empresa el acusado era oficial de cumplimiento; sin embargo, no ostentaba ninguna representación en la sociedad.

De acuerdo con la Fiscalía, el abogado realizó las acciones fraudulentas desde el año 2010 y para ello se amparó en “su condición de miembro y abogado de confianza de la comunidad libanesa” en el país.

Al parecer, logró ganarse la confianza de las ofendidos diciéndoles que él tenía fondos de inversión, una empresa de vinos en la que podían invertir y que también realizaba préstamos mercantiles a varias compañías, los cuales eran respaldados por medio de acuerdos de préstamos.

También ofrecía la constitución de fideicomisos sobre bienes inmuebles donde la sociedad Cretsa figuraba como fiduciaria, y además les aseguró que las utilidades de dichos préstamos iban desde el 1% al 17% de interés anual.

La Fiscalía indicó que todas esas afirmaciones eran falsas, ya que Nassar sabía que no contaba con la representación legal de Cretsa y que no existían esos préstamos mercantiles, pues las empresas que figuraban como deudoras nunca habían solicitado tales créditos, ni habían otorgado sus bienes como garantías.

Aparentemente, los ofendidos creyeron en las manifestaciones de Nassar por la figura de confianza que él representaba para ellos y por eso decidieron invertir en dichos negocios y entregar grandes sumas de dinero.

Luego de ocho años, el abogado les canceló montos por concepto de intereses a las víctimas, “como parte de su plan defraudatorio y para mantener su engaño”.

Esos montos correspondían “a las supuestas inversiones que los ofendidos habían hecho en los préstamos mercantiles ofrecidos por el acusado; siendo que los recursos para pagar dichos intereses a los ofendidos, los obtenía de las propias inversiones de las víctimas”.

Al final, producto de las estafas, Nassar obtuvo un beneficio patrimonial antijurídico de aproximadamente $5.000.000, según indicó Laura Lucía Vargas Gutiérrez, en calidad de representante de la Fiscalía Adjunta de Fraudes.

“Los hechos acusados constituyen delito de estafa regulado en el artículo 216 inciso 2 del código penal y delitos de estafa mayor, ilícito sancionado en el artículo 216 inciso 2 en modalidad de delito continuado”, detalló la funcionaria.

Afectación a familiares y amigos

El Ministerio Público ya solicitó la apertura de juicio porque señaló que “hay suficientes elementos probatorios para acreditar que los hechos acusados se dieron tal y como han sido acusados”.

“De la prueba documental se desprende con suficiente probabilidad que el encartado realizó los hechos delictivos acusados con anterioridad, en este caso de tramitación compleja, el cual consta de 24 expedientes acumulados con víctimas distintas.

“De la lectura de la generalidad del expediente, se logra determinar que la mayoría de las víctimas del encartado se tratan de familiares, amigos y clientes de largo tiempo del encartado”, indica el expediente judicial, del cual La Nación tiene copia.

Por ejemplo, una de las ofendidas le entregó al señalado $500.000 para inversiones y nunca recibió intereses sobre dicho monto, porque los mismos, supuestamente, se reinvertían.

Otro de los afectados es un tío de Nassar, ya fallecido, a quien le hizo creer que “tenía fondos de inversión en el Banco de Costa Rica; así como dineros en la Bolsa de Valores con una tasa preferencial del 15% de interés anual”.

Nassar le ofreció manejarle el dinero a su familiar ($400.000) “haciéndole creer que así el ofendido podría beneficiarse de esa supuesta tasa preferencial de la que gozaba el acusado”, agrega la Fiscalía.

La Fiscalía precisó que, en algunas de las estafas, todo el negocio se realizó a través de WhatsApp.

Además, explicó que la mayoría se desarrolló mediante un esquema “ponzi”, donde el acusado mantenía en un error a los ofendidos al darles dinero para que estos creyeran que estaban generando frutos sus inversiones.

“Las conductas desplegadas por el acusado están adecuadas a la tipicidad de la conducta, en este caso el acusado conocía que estaba ofreciendo cosas a los ofendidos, por lo que devienen en antijurídicas y le es absolutamente reprochable, dado que, conociendo el carácter ilícito de sus actos, omitió comportarse de acuerdo con esa comprensión”, concluye la causa penal.

Erick Gatgens, abogado de tres empresas perjudicadas en esta causa detalló que la defensa de Nassar ha intentado en varias ocasiones gestionar un proceso abreviado, pero en el mismo no se ofrece una contraprestación que permita subsanar parte de las pérdidas sufridas.

En estas circunstancias, agregó, sus representados no están de acuerdo en evitar un juicio porque la mayoría de los afectados buscan un resarcimiento, aunque sea parcial del daño causado.

Colaboró en esta información Vanessa Loaiza.