OIJ dejó de lado asesoría técnica en caso Jairo Mora

Agentes dijeron en juicio que hicieron análisis con sus propios teléfonos

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El Organismo de Investigación Judicial (OIJ) dejó de lado pedir asesoría técnica sobre el funcionamiento de radiobases celulares, en la pesquisa por la muerte del ambientalista Jairo Mora Sandoval.

Ese detalle fue uno de los principales cuestionamientos que realizó el Tribunal Penal de Limón al absolver a los siete imputados por ese homicidio.

La crítica se muestra en la sentencia completa del Tribunal, en la cual sí se condenó a cuatro acusados, pero por asalto, privación de libertad y abuso sexual contra una familia.

Al ahondar en las razones de la absolutoria sobre el homicidio, el fallo señala que la prueba con los celulares se realizó de forma “empírica”.

Los jueces retomaron los testimonios de los agentes del OIJ que tuvieron participación en la pesquisa, quienes relataron que fueron de noche a los sitios donde ocurrieron los hechos, con sus teléfonos celulares personales, para determinar cuáles radiobases se activaban.

El Tribunal cuestionó la legalidad de esas pruebas sin asesoría técnica y sin presencia de la defensa.

Incluso, reprochó que a partir de esto se obtuvieran “conclusiones, relaciones entre los investigados, ubicación de los mismos”.

Con base en esas pruebas, la Policía sostuvo que tanto durante el asalto a la familia, como el día del homicidio de Mora, los imputados estuvieron en ciertas zonas y a horas determinadas.

“Fueron estas ‘pruebas’ las que inicialmente cedieron al análisis de situaciones fácticas propias de la investigación que durante la misma no fueron superadas, ni corregidas”, apuntaron los juzgadores en la resolución.

El pasado 26 de enero, durante la explicación del fallo, la jueza Yolanda Alvarado indicó que la Policía debió acudir a criminólogos del Poder Judicial o solicitar ayuda al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).

Por ello, recriminó que los agentes solo acudieron a funcionarios del ICE para “reuniones de aclaración”.

Otras pifias. En la resolución, que consta de 251 páginas, los jueces también ampliaron en las otras deficiencias de la pesquisa.

Sobre la prueba de la huella de arrastre del cadáver, señalaron que en la fotografía solo se veía un trazo de 20 metros, mientras que los investigadores testificaron que, “presuntivamente”, medía 800 metros.

“Lo que nunca se demostró fue su distancia exacta, su origen, su final, la dirección”, dice el fallo.

Con base en ello, los jueces dudaron que el arrastre sobre la arena fuese la causa de la asfixia de Mora, como acusó la Fiscalía.

También, señalaron que no se pudo probar cuál carro se utilizó para el supuesto arrastre.

Finalmente, el Tribunal ahondó en el mal manejo de evidencia recolectada, como discos que se perdieron.

La sentencia fue dada por Hernán Salazar (presidente), Yolanda Alvarado y Luis Rodríguez.

La Fiscalía había comunicado que analizaría el fallo integral para presentar una apelación.