Milena Conejo: ‘Por ley, nada podemos hacer’

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¿Por qué no se agiliza el proceso para que los empleados con faltas no tengan tiempo de jubilarse e irse sin sanción?

Es una preocupación que tenemos; por eso se empezó un proyecto en la Inspección Judicial, porque el proceso es muy garantista para el encausado; tiene trabas. Además, ahora los casos son más complejos. Se contrató una consultoría para reformar el procedimiento y ya la Inspección venía en una reingeniería. El caso de Badilla lo hemos tomado como una lección (...) pero de todas maneras ya él tenía el derecho (a jubilarse).

¿Cuándo se adquiere ese derecho?

Cuando la persona cumple los requisitos (62 años de edad o 30 de laborar). La declaratoria es solo una formalidad.

Entonces, aunque se agilicen las investigaciones, siempre es más probable que se otorgue primero la jubilación.

Ahí pasa algo más y es que aquí nosotros cumplimos el derecho, pero no nos vamos. Más de la mitad de la Corte tiene el derecho para irse, muchos jueces y gente... Todas esas personas, si cometen una falta, no podemos evitar que se vayan. Tenemos casos en que se hace el traslado de cargos y se acogen a la jubilación, ¿qué hacemos?, legalmente no podemos hacer nada (...). Toda relación laboral parte de la buena fe, hemos estado trabajando riesgos como el reclutamiento, implementando más controles en las causas disciplinarias, sobre todo con las que son de despido para verlas con prioridad, que casi siempre lo hacemos.