Miguel Ángel Rodríguez alega ‘pena de banquillo’ por proceso que lleva 21 años en tribunales

Expresidente de la República tiene pendiente ir a juicio en el denominado Caso de Reaseguros del INS, investigación que se inició en el 2001. Sala Constitucional condena al Poder Judicial por la lentitud en el trámite del expediente

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“El retardo excesivo, inusitado, injustificado, indebido, contumaz, y, en consecuencia, grosero, en que han incurrido (...) los órganos judiciales encargados del proceso en el que tengo la condición de imputado, han impedido que reciba justicia pronta y cumplida (...) Atrasar un proceso penal llevándolo hasta que se ponga en peligro que no se pueda terminar durante mi vida (...) es inadmisible”.

El anterior es uno de los argumentos expuestos por el expresidente de la República, Miguel Ángel Rodríguez Echeverría (1998-2002), de 82 años, en un recurso de amparo presentado ante la Sala Constitucional en el cual se quejó por la lentitud con que los tribunales de justicia han tramitado el denominado Caso de Reaseguros del INS, cuya pesquisa se abrió en el 2001 y hasta ese martes no tenía fecha de juicio.

El pasado 18 de febrero, la Sala IV le dio la razón y condenó al Estado (Poder Judicial) a tomar las medidas pertinentes para que “el proceso del tutelado sea tramitado de manera expedita”, después de 21 años de que inició.

Cristian Arguedas Arguedas, abogado del exmandatario, dijo: “El recurso de amparo se presentó porque es una barbaridad que en este caso ni siquiera se tenga una fecha para juicio y la Sala vino a confirmar la violación grosera a los derechos constituciones de mi representado pues este proceso, es literalmente, una pena de banquillo (es la tensión e incertidumbre de tener un juicio pendiente)”.

El Caso de Reaseguros del INS, es un proceso penal en el cual se investigó el supuesto pago de dádivas a funcionarios estatales, cuando el Instituto Nacional de Seguros (INS), adquiere un reaseguro con compañías extranjeras. El tema lo tramitó el Ministerio Público en dos expedientes. Una pesquisa se refiere al aparente pago de $2,1 millones que habría realizado la reaseguradora londinense PWS, entre los años 1998 al 2002. El otro legajo, está relacionado con presuntas comisiones y pagos de viajes dados por las empresas corredoras Guy Carpenter y Willis Re, durante el 2001.

En estos casos, que están acumulados en los expedientes 01-009428-0042-PE y 05-000002-0621-PE, figuran como imputados, además del exmandatario Rodríguez, Cristóbal Zawadzki Wojtasiak (expresidente ejecutivo del INS); Álvaro Antonio Acuña Prado (exjefe de Reaseguros del INS); Gilda Montes de Oca (esposa de Zawadzki); Roxana Cordero Bogantes (esposa de Acuña) y Rónald Bonilla Rodríguez (exjefe de Seguros del Instituto Costarricense de Electricidad).

Asimismo, se incluyen los funcionarios del ICE, Antonio Corrales Moya y Ramón Lara Molinari. La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA), que ahora lleva el proceso, acusó a las personas antes citadas de, presuntamente, cometer el delito peculado, que ocurre cuando hay sustracción de bienes públicos. El artículo 354 del Código Penal castiga este hecho con prisión de tres a 12 años.

Largo recorrido

Durante los primeros años el asunto tuvo múltiples tropiezos en el trámite, tanto en la Fiscalía como en los juzgados y tribunales penales. El expediente 01-009428-0042-PE fue acumulado el 13 de agosto de 2013, al 05-000002-0621-PE, año durante el cual se efectuó la audiencia preliminar y se dictó sobreseimiento a favor de los imputados, porque se consideró como ilegal que se usaran pruebas bancarias traídas de Panamá, Estados Unidos y del Reino Unido.

Sin embargo, en agosto del 2014 un Tribunal Penal anuló la absolutoria y ordenó una audiencia para decidir si el tema iba a juicio o no. Ese tribunal mantuvo la prohibición de usar las pruebas bancarias traídas del exterior. Luego, en una nueva audiencia, realizada en junio del 2015, se ordenó que el asunto pasara a juicio, decisión que fue anulada en octubre del 2016, cuando se acogió un alegato de la defensa, que recusó a la jueza que dispuso elevar el caso a debate.

En diciembre del 2017 de nuevo se tomó la decisión de llevar el tema a juicio, medida que fue impugnada, pero el Tribunal Penal de Hacienda, con sede en Goicoechea, en junio del 2018 determinó que sí debía de llevarse el caso a conocimiento de los jueces.

El 16 de julio de 2019, se fijó que entre enero y mayo de 2021 debía realizarse el juicio, pero el 18 de diciembre de 2020 el Tribunal Penal de Hacienda dejó sin efecto la convocatoria, debido a razones de salud por la pandemia de la covid-19 y porque desde el 5 de noviembre del 2020, el INS como parte querellante en este proceso, hizo ver 4.809 folios del expediente se encontraba en idioma inglés y debían ser traducidos al español.

Aunque se nombró un traductor, esa persona renunció, lo que complicó el proceso, que según dijo este martes el abogado Cristian Arguedas, todavía no ha concluido con ese proceso de pasar esos folios al español. Una vez concluido, los documentos deben ser puestos en conocimiento de las partes y fijar la nueva fecha de juicio.

El magistrado Paúl Rueda Leal, que instruyó el recurso de amparo, señaló en la resolución en la cual se condena al Estado: “(La Sala IV) nota que existe prueba pendiente de traducir, sin que haya fecha cierta con respecto a la finalización de tal labor, abonado al hecho de que el principio de autocontención del juez constitucional y el respecto a la independencia de otras jurisdicciones, enervan a la Sala de injerir indebidamente en el proceso penal. Sin embargo, la Sala sí puede ordenar al Poder Judicial que, a través de las instancias competentes (Consejo Superior, Corte Plena, etc.), tome las medidas adecuadas para garantizar el acceso a la justicia de personas adultas mayores, con el propósito de que el proceso del tutelado sea tramitado de manera expedita”.