Jueza de Corredores despedida por modificar el texto de una sentencia narco después de lectura integral

Alteración causó la nulidad del fallo y obligó a que un nuevo tribunal dictara otra vez la condena

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El Consejo Superior del Poder Judicial despidió a una jueza del Tribunal de Juicio de Corredores, Puntarenas, por modificar el texto de una sentencia por tráfico de drogas, después de efectuada la lectura integral y de que se entregaran copias del fallo a un defensor y al Ministerio Público.

La decisión se tomó el pasado 11 de julio contra Rosa Astúa Jiménez, según consta en el acta de la sesión 62-2019, del órgano administrativo de la Corte. El despido rigió a partir del 15 de julio.

La alteración calificada como una “incorrección en el ejercicio del cargo que afecta el buen servicio y la imagen del Poder Judicial”, provocó que la sentencia fuera anulada por el Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago y, que posteriormente, otro tribunal volviera a emitir la condena, con su debida justificación.

"Para casos como este no es posible otra sanción que no sea el despido, por cuanto existe una violación grave a los deberes que está obligada a cumplir una persona como servidora o servidor judicial.

“En este caso en particular, la encausada decide de manera unilateral e irresponsablemente, modificar el texto original ya firmado por los (otros dos) cojueces sin el consentimiento de éstos y con el agravante de que ya la sentencia había sido comunicada a las partes, tanto al Ministerio Público como al abogado defensor de los imputados”, señala la resolución del Consejo Superior.

Asimismo, advirtieron de que el hecho investigado crea desconfianza en la servidora “como una persona idónea para atender el puesto que le ha sido delegado, más agravante aun tratándose de una jueza de la República”.

Por su parte, Rosa Astúa, en su defensa, sostuvo que los cargos que le atribuyeron no fueron claros ni precisos. Alegó que ante esa carencia de detalles, desconocía cuál fue la incorrección en el ejercicio de sus funciones.

Además, argumentó que el Tribunal de la Inspección Judicial, cuando analizó el asunto en una audiencia oral, ella no se presentó porque se encontraba incapacitada y no se le permitió defenderse.

“El agravio causado es una violación a mi derecho de defensa; en consecuencia, solicito se anule lo actuado en la audiencia oral y privada y por consiguiente todos los actos administrativos posteriores y se declare la prescripción. Solicito, se acoja el incidente presentado y se me exima de toda sanción y responsabilidad”, agregó la funcionaria.

Sin embargo, los alegatos de la jueza no fueron de recibo por parte de las autoridades judiciales, que consideraron que el proceso administrativo cumplió con todos los requisitos legales.

Fallo era por drogas

El asunto que generó este proceso disciplinario ocurrió en diciembre del 2016 y está relacionado con una sentencia contra ocho imputados en el delito de posesión y transporte de drogas.

El caso fue una investigación de la Policía de Control de Drogas (OCD) que culminó en diciembre del 2013 con el decomiso de 109 kilos de cocaína y la captura de los nueve sospechosos. El hecho se desarrolló en el cantón de Corredores, Puntarenas.

En un primer debate que se efectuó en junio del 2014, el Tribunal de Juicio de Corredores castigó con penas entre 18 a 10 años de prisión a todos los imputados. Los jueces en esa ocasión fueron Karol Vanessa Delgado Rivera, Enrique Calvo Moya y Reinaldo Araya Ucañan.

Empero, la condena fue impugnada y el Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago confirmó la culpabilidad de los sospechosos, pero ordenó una nueva fijación del monto de la pena.

Es así como el Tribunal de Juicio de Corredores, el 2 de diciembre del 2016, y ahora conformado por Rosa Astúa Jiménez, Miguel Acosta Granados y José Alberto González Gutiérrez, impone a los implicados penas de entre 8 y 12 años de cárcel.

La redacción de la fundamentación fue encomendada a Rosa Astúa. La lectura integral de la condena se realizó el 12 de diciembre del 2016.

Ese mismo día, Astúa debido a que se encontraba de vacaciones, envió la redacción de la sentencia a Acosta y González por correo electrónico para que la firmaran y a las 4:20 p. m. se realizó el acto de lectura integral, al cual no se presentaron las partes.

Durante la mañana del día siguiente, el abogado Asdrúbal Azofeifa Arias, defensor de varios imputados, retiró una copia de la resolución. Otra copia fue enviada por correo al Ministerio Público. Ese 13 de diciembre, Rosa Astúa llegó a los tribunales al mediodía y modificó varios párrafos de la sentencia.

El 14 de diciembre del 2016, los cojueces Miguel Acosta y Alberto González conocieron de las modificaciones y de inmediato interpusieron la denuncia a la Inspección Judicial.

Precisamente, el Tribunal de la Inspección Judicial, luego de confrontar la versión que se leyó y la que finalmente subió la jueza, confirmó que entre ambos textos había diferencias y ordenó el despido de la funcionaria.

Entre tanto, debido a las alteraciones introducidas en la sentencia, el fiscal José Arturo Dinarte Gutiérrez pidió la nulidad de la condena. La gestión fue acogida el 5 de mayo del 2017, por el Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago, que ordenó un nuevo dictado de la sentencia.

El abogado Luis Eduardo Venegas, defensor de dos implicados, dijo el martes anterior que dicha diligencia se realizó en una fecha que no recordaba. “Si puedo decirle que ya todos los imputados cumplieron con las penas y están libres”, concluyó.