Jueces cobraron pago ilegal por fiscalizar sorteos de lotería

Contraloría y Dirección Jurídica del Poder Judicial emitieron reiteradas advertencias sobre la ilegalidad del pago; de enero a setiembre del 2021, cuatro jueces cobraron ¢19 millones a la JPS

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Jueces contravencionales del Poder Judicial recibían un pago ilegal por fiscalizar los sorteos de lotería que efectúa la Junta de Protección Social (JPS), advirtió un criterio de la Contraloría General de la República, emitido el pasado 4 de enero.

El documento expone a manera de ejemplo que, de enero a setiembre de 2021, la JPS les pagó a cuatro jueces contravencionales un total de ¢19 millones por su asistencia a los sorteos.

La Contraloría ordenó a la JPS y al Consejo Superior del Poder Judicial tomar medidas inmediatas para suspender los pagos, “en ausencia de una norma de rango legal que así lo disponga”.

Ante la notificación, el Consejo Superior acordó, el 25 de enero, rescindir un convenio firmado desde 1998 con la JPS que permitía a los juzgadores observar la correcta realización de los sorteos.

Mientras se finiquita ese acuerdo, se adoptó como medida cautelar “la suspensión de los efectos del convenio en cuanto a la participación de las personas juzgadoras como fiscalizadores de dichos sorteos y, consecuentemente, respecto al pago a las mismas”.

Fuera de ley y advertencias

El 11 de diciembre de 1998, la Corte Suprema de Justicia, mediante la firma de un convenio con la JPS, accedió a designar funcionarios judiciales para que asistieran a los sorteos de lotería nacional, chances, tiempos, instantánea o cualquier otra que se implementara.

“La función del personero judicial era verificar todas las bolitas de números y series (...) fiscalizar el sorteo y dar fe de que los números y series son los favorecidos. Por dicha labor, recibiría una retribución de la siguiente forma: Martes y viernes ¢7.200, sábados y domingos, ¢14.400 por sorteo (...). Los sorteos que se realizan en un día feriado de pago obligatorio serán remunerados doble por parte de la Junta”, señaló el primer convenio.

Con el paso de los años, el monto del pago aumentó, pero no fue posible conocer cuánto devengaban por cada actividad a la que asistían.

La labor de fiscalización la realizaron jueces contravencionales se produjo sin contratiempos hasta que, el 29 de agosto de 2013, la División Jurídica de la Contraloría General de la República, ante una consulta de la Presidencia de la Corte, advirtió de que las retribuciones económicas a los funcionarios judiciales por esa labor en los sorteos no se encuentran reguladas mediante una ley, sino sólo por el Reglamento de la Ley de Loterías.

“La remuneración adicional otorgada a los funcionarios obligados a asistir a los sorteos de lotería, tiempos y otros que celebra esa entidad, opera a partir de normas de rango inferior a la Ley, con lo cual se podría estar de frente a una infracción al principio de legalidad financiera y presupuestaria, consagrado en nuestro ordenamiento jurídico”, refiere el documento del 2013.

Luego, surgieron otras consultas sobre este mismo asunto y, en el 2016, la Contraloría reiteró que nunca avaló las compensaciones o los reconocimientos a los funcionarios judiciales por la asistencia a cada sorteo. En ese dictamen, solicitó que dichos reconocimientos se ajustaran a derecho (mediante la emisión de una ley que los permitiera) y que, mientras tanto, podían otorgarse siempre y cuando no exista superposición horaria para evitar de esa manera el ejercicio simultáneo de cargos públicos, dentro de una misma jornada laboral.

Para solventar el vacío legal ,se intentó reformar la Ley de Loterías, donde se incluyó un artículo que autorizaba el pago a jueces siempre que no existiera una superposición horaria. Empero, dicha iniciativa todavía no la aprueba la Asamblea Legislativa.

Luego del pronunciamiento de la Contraloría del pasado 4 de enero, también la Dirección Jurídica del Poder Judicial se pronunció sobre el tema y el 25 de enero entregó al Consejo Superior un criterio, en el cual entre otras cosas resalta:

“Desde el año 2013 la Contraloría había advertido a la JPS de esa ilegalidad. Insistieron con el pago, primero con una base reglamentaria y, posteriormente, para los años 2020 y 2021, con el argumento de que, como había un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa, eso autorizaría ese pago. Entonces, se podía seguir haciendo (el pago a jueces) mientras salía la ley lo que, claramente, no posee ningún asidero jurídico”.

La División Jurídica recordó que, el 6 de octubre del 2016, enviaron a la Secretaría de la Corte un documento en el cual advirtieron sobre la ilegalidad.

“Considera esta Dirección que, dada la prohibición que tienen los funcionarios de ejercer su profesión a lo exterior del Poder Judicial, según su Ley Orgánica N° 7333, el objeto del convenio que se encuentra vigente con la Junta de Protección Social y la remuneración que reciben estos jueces por ejercer la labor regulada en ese instrumento, no encuentra fundamento legal alguno y no existe viabilidad para mantenerse vigente, por lo que es necesario proceder a dar finalización”.

Asimismo, en aquel momento señalaron que poner a personas juzgadoras a fiscalizar un sorteo de lotería “es una labor ajena a la labor de naturaleza judicial que le es encomendada por ley al Poder Judicial y, en esa medida, haya pago o no de por medio, no debería realizarse tal labor.

“Las personas juzgadoras, por ley, tienen la prohibición de ejercer externamente la profesión por la que fueron contratadas en el Poder Judicial (artículo 9 de la LOPJ) y, obviamente, si fuera de horario de trabajo, le pedían a una persona juzgadora que fiscalizara un sorteo de lotería, no se lo estaban pidiendo en carácter personal.

“Nótese que siempre se ha hecho énfasis en que es en su carácter de funcionario del Poder Judicial por lo que, bajo ninguna circunstancia, se encuentra justificación para esa participación fuera de horario laboral, ni mucho menos, que se pudiera cobrar por ello.

“Las personas juzgadoras no pueden recibir ningún pago, honorario u emolumento de persona alguna por sus actuaciones realizadas en función de su investidura judicial, sino solo pueden percibir su salario”, concluye el dictamen de la Dirección Jurídica del Poder Judicial.

JPS niega afectación

Por su parte, Evelyn Blanco Montero, gerenta de Producción, Comercialización y Operaciones de la JPS, comunicó que, desde el pasado 27 de enero, los jueces ya no concurren a los sorteos. “La participación de los jueces no es obligatoria. Su ausencia no afecta el procedimiento establecido, pues hay un equipo fiscalizador”, dijo.

Al respecto, explicó que con fundamento en el reglamento de la Ley de Loterías y en varios decretos, se estableció que a todos los sorteos deben asistir el gerente general, el gerente de Producción y Comercialización, el gerente de Operaciones, o sus representantes para garantizar la correcta realización del evento.

Desde enero, la participación del juez se suspendió y no hay afectaciones. La participación del funcionario judicial se consideró por parte de la JPS como un elemento adicional a la fiscalización ya establecida”, añadió Blanco.

“Para reforzar esa transparencia, los sorteos se transmiten en vivo, desde diferentes plataformas y en tiempos normales (no covid) están abiertos al público, desde nuestro auditorio. Eso permite que las personas puedan verificar la veracidad y transparencia de todos los sorteos”, continuó.