Funcionario del OIJ suspendido tres meses por trabajar en política durante la campaña electoral

Exinvestigador y ahora capacitador de policías pidió permiso sin goce salarial y fue contratado para coordinar seguridad del candidato a la presidencia del PIN; Inspección Judicial calificó la falta como gravísima

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Un exinvestigador del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), que actualmente labora como capacitador de agentes en la Escuela Judicial, fue suspendido del cargo sin goce salarial, durante tres meses, por trabajar en política durante la pasada campaña electoral.

La medida administrativa la dictó en primera instancia el Tribunal de la Inspección Judicial el 29 de agosto del 2018 y la ratificó el pasado 10 de setiembre, el Consejo Superior del Poder Judicial, según consta en el acta 88-2020.

El hecho que se analizó involucró a un funcionario de apellido Tosso, quien pidió un permiso sin goce salarial entre el 24 de noviembre del 2017 al 28 de febrero del 2018, para desarrollar actividades de carácter profesional en criminología a nivel nacional, sin dejar de lado la posibilidad de efectuar dichas labores en el ámbito internacional.

Sin embargo, fue contratado por el Partido Integración Nacional (PIN) para brindar asesorías y coordinar aspectos logísticos en materia de seguridad tanto del partido como de su candidato presidencial, Juan Diego Castro Fernández, durante el período previo a las elecciones que se realizaron el 4 de febrero del 2018, detalla el acta 88-2020 del Consejo Superior.

La sanción administrativa se fundamenta en el artículo 9, incisos 5 y 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el cual prohíbe la participación en procesos políticos electorales, de todas las personas servidoras judiciales, salvo la emisión de su voto en las elecciones generales.

Además, dicha normativa no permite la participación activa en reuniones, manifestaciones y otros actos de carácter político electoral o partidista, aunque le sean permitidos a los demás ciudadanos.

Tosso en su descargo alegó que no se probó ninguno de los hechos acusados sobre su presunta participación en las actividades políticas.

Asimismo, sostuvo que los testigos que declararon en el proceso “son claros que la labor, se limitaba a asesoría en el ámbito de criminología y seguridad. Absolutamente todos los testimonios son coincidentes en que podía ejecutar tales labores porque así lo permite la Constitución Política con el derecho al trabajo”.

Falta gravísima

Tanto el Tribunal de la Inspección Judicial como el Consejo Superior, consideraron que la falta cometida por el funcionario judicial debía de calificarse como gravísima.

Entre los razones para llegar a esa conclusión señalaron: "Ha incumplido con sus deberes como servidor judicial. Primeramente faltó a la verdad al no haberle indicado a su patrono expresamente para que era el permiso que iba a solicitar.

“Lo anterior se afirma porque en la solicitud que formula directamente a su jefatura, indica que se dedicará a realizar trabajos en criminología, dentro y fuera del territorio nacional, omitiendo advertir, que el destinatario final de esos servicios sería un partido político, en plena campaña electoral, y que parte de sus funciones implicarían una exposición pública junto al candidato presidencial y su equipo de trabajo”.

Asimismo, consideraron que hubo afectación a la imagen del Poder Judicial pues se publicaron varias fotografías en la red social de Facebook y en periódicos en las cuales aparece el servidor judicial, detrás del candidato presidencial del PIN.

En criterio del Consejo Superior, aunque el funcionario se encontrara con un permiso sin goce de salario, "el servidor debe mantener una conducta intachable obligándose a resguardar la imagen y el prestigio de la institución para la que presta servicios.

“Cuando aceptó laborar para el Poder Judicial, asintió que su conducta debía ser consecuente con las normas que rigen para todo servidor o servidora judicial, que obligan a no dejar margen de duda sobre sus actuaciones y su comportamiento, los cuales deben siempre generar confianza, compromiso y respeto”.

Tosso luego de conocer la primera resolución de la Inspección Judicial apeló, argumentando que las pruebas aportadas al proceso evidencian que los hechos acusados son omisos de elementos probatorios.

“No tienen por probado que los supuestos hechos hayan generado alguna afectación a la imagen de la Institución como así lo sugieren, sin acreditar en concreto de qué manera se hizo (...) Además que se limitaron a indicar que se afectaba la imagen del Poder Judicial, sin indicar expresamente la base para arribar a esa conclusión”, señaló Tosso.

Empero, el Consejo Superior rechazó el reclamo y dejó en firme la sanción.

Además, sobre este asunto, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se negó a reconocerle al Partido Integración Nacional (PIN) los salarios pagados a Tosso por ¢3.635.670. Así consta en la resolución 3794-E10-2019, del 12 de junio del año pasado.

La situación obedeció a que, en mayo del 2019, el medio ameliarueda.com publicó que la Inspección Judicial había suspendido por tres meses, sin goce de salario, a este funcionario por haber trabajado para la campaña de Juan Diego Castro, lo que habría irrespetado la prohibición para los funcionarios judiciales de trabajar en campañas políticas.