Fiscalía acusó a exministro Roberto Dobles de algo que era legal

Concesión a firma de familiares para sacar arena, piedra y grava de río Aranjuez

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Por considerar que la actuación del exministro de Ambiente y Energía Roberto Dobles Mora estuvo apegada a la legalidad, el Tribunal Penal de Hacienda de Goicoechea lo absolvió de dos delitos que le atribuía el Ministerio Público.

El fallo lo dieron a conocer los jueces este lunes a las 10 a. m., al terminar el juicio que había empezado el 20 de octubre, contra el exjerarca del Ministerio de Ambiente en el gobierno de Óscar Arias (2006-2010), por los delitos de administración en provecho propio y enriquecimiento ilícito.

Este caso, que se tramitó en el expediente 08-000180033-TP, tuvo su origen en el 2006 cuando Dobles, actuando como ministro, firmó una concesión que le permitía a la firma Agricultura Mecanizada Chapernal explotar arena, piedra y grava en el río Aranjuez, en Puntarenas, por un plazo de cinco años.

Para la Fiscalía, ese otorgamiento constituía presuntamente delito, pues, al parecer, se beneficiaban familiares cercanos de Dobles.

Explicación. Al dar una breve explicación sobre las razones que dieron base a la sentencia absolutoria, el juez Hugo Porter Aguilar señaló: “No es posible achacarle a una persona una conducta ilícita cuando en el mismo ordenamiento jurídico existe una norma que autoriza la realización del hecho”.

Detalló que, en este caso, está el artículo 9 del Código de Minería, que permite el otorgamiento de concesiones, siempre que no se trate de parientes en primer grado de consanguinidad (padres, hijos, yerno, nuera). “El código está vigente y permite la concesión”, apuntó el juez.

Porter citó que, por otro lado, la Fiscalía recurrió al artículo 48 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, que amplía la restricción a familiares hasta tercer grado de consanguinidad (hermanos, tíos, sobrinos).

“El artículo 48 debe ser entendido que, entre el acto que se está realizando debe haber un aumento patrimonial directamente a la persona que lo está contratando, en este caso, los familiares, y eso no fue posible determinarlo (...), no se probó ese beneficio”, dijo.

Al concluir el juicio, Dobles se manifestó muy satisfecho con el fallo. “ Uno no se explica cómo es que un proceso se lleva siete años, para algo que nunca debió acusarse”, señaló.

El Ministerio Público, por su parte, informó de que analizarán los argumentos del Tribunal Penal de Hacienda para valorar si interpone o no un recurso de apelación de sentencia.