Tico condenado por intentar violar a niña es extraditado de España

Sancarleño de 42 años había escapado del país en noviembre del 2015, un mes después que lo sentenciaran a ocho años de cárcel

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Un sancarleño identificado como Juan Carlos Soto Elizondo fue extraditado de España, nación hacia la que escapó en noviembre del 2015, con la finalidad de evadir una condena de ocho años de prisión por intentar violar a una niña de 12 años, hecho que había ocurrido en un poblado del distrito de Cutris de San Carlos, en Alajuela.

Tanto el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) como la Oficina de Asesoría Técnica y Relaciones Internacionales del Ministerio Público (OATRI) indicaron el jueves que Soto, de 42 años, ingresó al país el pasado 20 de enero, con la custodia de dos agentes de la Interpol-OIJ, y que de inmediato fue puesto a la orden del Tribunal Penal de San Carlos. En la actualidad ya se encuentra descontando la pena.

Soto fue detenido en el 2014 cuando la familia de la víctima denunció el intento de violación. Según la acusación presentada por la Fiscalía de San Carlos, los hechos habían ocurrido dentro de una vivienda, en un poblado del distrito de Cutris, cuando tanto el sospechoso como la afectada se encontraban solos.

“El imputado mediante la utilización de violencia corporal y, además, con la ventaja de utilizar un objeto puntiagudo, procedió a acostar en el suelo a la menor ofendida, que para la fecha de los hechos contaba con tan solo 12 años, y de seguido el imputado se colocó sobre la menor y así le tocó de manera abusiva los senos mediante el uso de sus manos y de su boca, le tocó la vagina mediante la utilización de su pene e inmediatamente después (...) intentó penetrarla en su vagina”, se consignó en la acusación fiscal.

Por esos hechos, Soto fue enjuiciado el 2 de octubre del 2015, cuando el Tribunal de Juicio de San Carlos le impuso una pena de ocho años de prisión. “Los hechos acusados evidencian que Soto valiéndose de amenazas, violencia y la utilización de un objeto puntiagudo, intentó acceder carnalmente a la menor en contra de su voluntad. Evidentemente se da un delito de violación en grado de tentativa”, se puede leer en la sentencia 693-2015 del Tribunal de San Carlos.

Impedimento de salida

En aquel momento, Soto quedó en libertad mientras la sentencia adquiría firmeza. Para tenerlo sujeto al proceso se le prohibió salir del país y presentarse a firmar una vez al mes, durante primeros días de cada periodo. La primera firma la debía poner el 2 de noviembre de 2015.

Mientras tanto, su defensor Marcos Bonilla Murillo impugnó la sentencia. Empero, el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de San Ramón, el 25 de octubre del 2016, rechazó la impugnación. Esa decisión no fue elevada a la Sala Tercera, razón por la cual el fallo quedó en firme.

Debido a que el imputado no se presentó voluntariamente a descontar la pena impuesta, el tribunal emitió en el 2018 una orden de captura. Agentes del OIJ lo buscaron en su domicilio pero no lo encontraron, por lo que de inmediato le consultaron a la Dirección General de Migración y Extranjería si el condenado presentaba entradas y salidas del país, y así determinaron que Juan Carlos Soto había salido hacia España desde el 29 de noviembre del 2015, pese a tener impedimento de salida.

Con la ayuda de la Policía Internacional (Interpol) se le logró ubicar en España, donde este costarricense registraba que en diciembre del 2015 estuvo recluido en un centro penitenciario de Barcelona. Luego quedó en libertad y el 7 de febrero del 2020, le fue denegada una solicitud de permiso de residencia como familiar de residente comunitario, por lo que se encontraría en situación ilegal en esa nación.

La Oficina de Asesoría Técnica y Relaciones Internacionales del Ministerio Público (OATRI) se encargó de tramitar la extradición de este costarricense que se concretó el 20 de enero anterior, seis años y dos meses después de su fuga.

La Fiscalía indicó, además, que Soto tiene pendiente de enfrentar una causa que se tramita en el expediente 14-001623-0065-PE por el presunto delito de robo agravado. “Según confirmó la Fiscalía Adjunta de San Carlos, la causa se encuentra en la fase final de investigación; debido a que esta es privada, no es posible brindar más información, tal como establece el artículo 295 del Código Procesal Penal”, añadió el comunicado judicial.