Errores judiciales dejan libre a mujer detenida hace un año con más de $11.000 en su estómago

Ministerio Público estima que los jueces debieron ordenar un nuevo juicio

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Una mujer condenada en marzo pasado a descontar cinco años de prisión tras descubrirse que ingresó al país con $11.200 escondidos en óvulos dentro de su estómago, quedó en libertad el pasado 9 de julio por errores tanto en la acusación como en la sentencia condenatoria.

Así lo determinó el Tribunal de Apelación de Sentencia de San Ramón, al resolver que no se determinó el delito grave que dio origen al dinero, como lo exige la legislación nacional en casos en que se acusa a una persona de legitimación de capitales.

“Se ha detectado un error insalvable, que nace desde la acusación realizada por el ente fiscal y que se repite en el fallo venido en alzada. Lo anterior por cuanto, ni de la pieza acusatoria ni de la sentencia, es posible determinar cuál es delito grave del que provenía el dinero que se acusa” portaba la imputada, detalla el fallo del Tribunal, integrado por Annia Enríquez Chavarría, Marlene Mendoza Ruiz y Yadira Godínez Segura.

Las juezas revocaron la condena, absolvieron a la implicada, de nacionalidad guatemalteca, y ordenaron dejarla libre de forma inmediata, sin un nuevo debate.

La Dirección General de Adaptación Social informó de que ese mismo 9 de julio, la extranjera Amalia Vásquez Díaz, de 23 años, fue excarcelada y puesta a la orden de Migración, entidad que, luego de verificar que no tenía ninguna causa judicial pendiente en el país, la deportó este miércoles 28 de julio.

Antecedente. El caso empezó el 25 de julio del 2014, cuando Vásquez ingresó al país. Un día después llegó al Hospital San Vicente de Paúl, en Heredia, por un dolor abdominal. Explicó que había tragado unos billetes. Una radiografía determinó que su estómago contenía 28 óvulos con dinero.

Por su estado crítico, fue traslada al Hospital México, donde la operaron para extraerle los óvulos y restos de billetes contaminados de comida y fluidos, pues varios de los paquetes habían estallado. Se recuperaron $11.200.

La Policía determinó que Vásquez ingirió los óvulos en Guatemala. Posteriormente viajó en autobús hasta Costa Rica.

Inicialmente estuvo en una casa en Escazú y luego en un hotel en Heredia, sitios donde intentó expulsar los óvulos de manera natural, pero fracasó.

El pasado 27 de marzo, durante un proceso abreviado, la mujer admitió el hecho, por el cual fue sentenciada a cinco años y cuatro meses de prisión por legitimación de capitales.

En abril, la extranjera apeló esa condena.

Fallas. Osvaldo Henderson García, fiscal adjunto de Legitimación de Capitales, admitió que en este caso hubo varias fallas.

“Hay errores concatenados, hay un error de la Fiscalía de Heredia cuando, pese a que describe las conductas propias del narco, o sea, dice que el delito precedente es el narcotráfico, pacta una pena (...), como que si el dinero no viniera del narcotráfico (...). ¿Qué debió hacer el juez? Rechazar esa solicitud del abreviado (...); es deber del juez penal y no lo hizo y lo envió al Tribunal, el cual debió haber devuelto el expediente diciendo no poder admitir la sentencia con esos parámetros de pena porque no coinciden con el delito que se está acusando”, explicó.

Para Henderson, el Tribunal no debió anular la sentencia sino devolverla. “No puede ser que un acuerdo en un abreviado entre Fiscalía, imputado y defensor termine en una absolutoria (...), más en este caso que es en flagrancia”, afirmó.

Para el fiscal, en la acusación se hizo un relato de los hechos delictivos en los cuales se demuestra que el dinero proviene del narcotráfico. “No es la mejor, pero tampoco no es que no cumple con los presupuestos que pide la ley; sí cumple...”, añadió.

El miércoles pasado, el Ministerio Público presentó un recurso de casación ante la Sala Tercera de la Corte, pese a que la mujer ya no se encuentra en el país.

Especialistas opinan: Los abogados penalistas Federico Campos y Carlos Ibarra, consultados por ‘La Nación’, dieron opiniones diferentes sobre lo resuelto por el Tribunal de Apelación de Sentencia de San Ramón.

Para Federico Campos, ‘el Tribunal cometió un grave error al absolver a la imputada (...) porque no por casualidad la imputada se introdujo los óvulos y los transportó ocultos en el estómago (...). Hay indicios suficientes que permiten derivar la existencia de una actividad ilícita grave (...). Se debió ordenar un nuevo juicio’.

En tanto, Carlos Ibarra dijo: ‘Me parece acertada la decisión del Tribunal. Hay que demostrar que el dinero provenía de un delito grave y parece que no se demostró. Tiene que haber nexo de causalidad y, sino hay, está bien absuelta (...). En los delitos de legitimación de capitales ese nexo causal es el que tiene que ser demostrado por el fiscal’.