Empresario intenta revertir pena de 18 años por acuchillar a cliente: alega legítima defensa

Magistrados de Sala Tercera anulan confirmación de la condena y aceptan escuchar argumentos de su defensa

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El empresario turístico Jorge Alberto Alvarado Retana, quien está en prisión preventiva, intenta revertir la condena de 18 años de prisión que le impuso la justicia por un intento de homicidio en perjuicio de un cliente a quien acuchilló en cinco ocasiones durante una riña ocurrida en el 2014. El imputado alega que no se ha escuchado su argumento de que actuó en legítima defensa.

La parte defensora logró que los magistrados de la Sala Tercera le concediera una audiencia oral, en la que los abogados y su cliente expondrán las razones por las cuales estiman fue condenado de manera injusta.

Los altos jueces decidieron escuchar al imputado el pasado viernes 8 de abril cuando anularon una resolución tomada por ellos mismos, en la cual confirmaron la sentencia de 18 años de cárcel que le había impuesto el Tribunal Penal de Sarapiquí.

Esa condena la objetaron los defensores Rafael Ángel Sanabria Rojas y Francisco Dall’ Anese Ruiz al alegar que se había pedido la audiencia oral, para explicar con mayor claridad los argumentos de defensa, pero los magistrados nunca la otorgaron sin exponer razón alguna.

“Se declara con lugar el incidente de actividad procesal defectuosa interpuesta por la defensa. Se anula la sentencia de esta Sala, número 2022-00290, de las catorce horas un minuto del 18 de marzo de 2022 (...). Por solicitarlo expresamente la defensa particular del acusado, se convoca a las partes a una audiencia que se realizará a las 2 p. m. del 28 de abril del año 2022, en la Sala de Vistas, ubicada en el segundo piso del Edificio de la Corte Suprema de Justicia”, señala el voto.

Debido a que los magistrados titulares ya se habían pronunciado sobre este expediente y les cubre una causal de impedimento para continuar con el conocimiento de este asunto, solicitaron con carácter de urgencia la designación de magistrados suplentes a la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia para resolver el fondo de este caso.

El imputado Jorge Alberto Alvarado Retana, además de empresario turístico, se dedicaba a la comercialización de ganado. Está casado y es oriundo de San Rafael de Alajuela.

Lo ocurrido en el 2014

Este caso tuvo su origen en una fiesta que se organizó el 7 de noviembre del 2014 en un negocio propiedad del condenado, el cual está situado en La Virgen de Sarapiquí, Heredia.

En aquella ocasión, se produjo un incidente entre el empresario turístico y uno de los clientes que asistió a la actividad, quien era novio de una de las empleadas del negocio.

Todo empezó con miradas, gestos y supuestas burlas.

Durante el debate, que se realizó el 19 de enero del 2021 en el Tribunal de Juicio de Sarapiquí, la víctima declaró que, debido a que estaba un poco disgustado con el dueño del negocio, se quedó en la barra del restaurante, mientras el imputado permanecía en una mesa con sus familiares.

“Nos cruzamos miradas que dentro del común o argot popular se dice ‘nos enjachamos’. En cierto momento, el encartado se aproximó a la barra e intercambiamos palabras, y nos dimos de golpes”, dijo.

Debido a la intervención de terceras personas, el cliente se retiró del negocio, pero al salir de nuevo hubo gritos.

La víctima se fue para su casa, ubicada a unos 500 metros de distancia, pero el dueño del negocio y otras dos personas decidieron seguirlo. Lo alcanzaron frente a la Cruz Roja de La Virgen de Sarapiquí, donde se produjo una nueva pelea.

Según la acusación del Ministerio Público, durante la riña que empezó con las manos, el empresario Alvarado sacó una cuchilla y atacó al cliente provocándole cinco heridas en diversas partes del cuerpo, principalmente en el tórax.

Luego, hirió en el abdomen a una tercera persona que trató de separarlos.

El imputado alegó que eran tres los agresores y que sacó la cuchilla para defenderse pues, según dijo durante el debate, esas personas lo iban a matar.

El abogado Francisco Dall’ Anese siempre ha sostenido que su representado actuó en legítima defensa de su vida, pero hizo ver que ese argumento nunca fue valorado por los jueces penales que impusieron lo sentenciaron ni por los jueces de Apelación que conocieron la impugnación a la condena.