Falta de pruebas impide comprobar ensañamiento y elevar pena a homicida de Luany Valeria Salazar

Tribunal de Juicio de Cartago condenó a 19 años de cárcel a Kenneth Enrique Mejía Chavarría, al considerarlo responsable de un delito de homicidio simple y uno de hurto agravado.

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“Hay una serie de indicios que unidos entre sí y valorados de conformidad con las reglas de la sana crítica dan una única conclusión y es que usted (Kenneth Enrique Mejía Chavarría), efectivamente dio muerte a la ofendida (Luany Valeria Salazar Zamora).

“Aunque no haya una persona que le observara darle muerte, llegamos a esa conclusión (...).

“No tenemos la más mínima duda de que usted es responsable de los hechos, pero no lo calificamos como la parte querellante y la Fiscalía, que acusaron un delito de homicidio calificado (...). Nosotros no tenemos establecida la alevosía, un ensañamiento, ya que a pesar de que el cuerpo de la ofendida presentaba seis lesiones, ese no es indicativo de que haya un sufrimiento o que se le haya producido un sufrimiento innecesario y prolongado.

“El Dr. Lawrence (Chacón Barquero, médico forense) nos indicó que de esas seis heridas son dos las que le causaron la muerte y que fueron tan certeras, que ella no tuvo conciencia, fueron producidas en la yugular y eso, de alguna forma, imposibilita a la ofendida tener conciencia. No podemos decir que usted actuó con ensañamiento o que le generará un sufrimiento prolongado a la ofendida y tampoco podríamos establecer que se diera este homicidio con alevosía (...).

“En la acusación se dice que usted actuó de forma sorpresiva e impredecible y eso no lo tenemos por cierto por qué no hay una prueba directa y tampoco podemos establecer que la intención suya era darle muerte con el fin de apoderarse de su teléfono. Si bien es cierto usted ejerce un acto de apoderamiento del teléfono celular de la ofendida, nosotros no podemos establecer que el plan suyo era darle muerte para quitarle ese bien”.

Los anteriores son parte de los argumentos explicados este lunes por el juez Andrés Saborío Cascante, del Tribunal de Juicio de Cartago, quien junto con sus compañeras, Ericka Soto Barrantes y Saylin Ballestero Mora, condenaron de manera unánime a Kenneth Enrique Mejía Chavarría a 19 años de cárcel.

Al hombre se le impuso esa pena por los delitos de homicidio simple (18 años) y hurto agravado (un año) en perjuicio de Luany Valeria Salazar Zamora, quien desapareció el 10 de junio del 2020 cerca de su casa, en Linda Vista de Río Azul, en La Unión, Cartago.

Desde entonces, su familia la buscó intensamente y fue cinco días después, el 15 de junio, que su hermano, José Luis Ramírez Zamora, encontró el cuerpo semienterrado y envuelto en plástico en el patio trasero de la casa en la que Mejía vivía con su abuela.

En la etapa de conclusiones, la Fiscalía había pedido 50 años de prisión contra el imputado, mientras que el abogado querellante, Joseph Rivera Cheves, solicitó 45. Ambos representantes consideraron que se estaba frente a los delitos de homicidio calificado y robo agravado.

Sin embargo, la pena impuesta dista de las solicitudes hechas el viernes anterior, ya que los jueces recalificaron los ilícitos.

Además, el defensor del sujeto, José Francisco Herrera Umaña, había pedido la absolutoria de su representado, la cual tampoco fue acogida.

Propuesta de negocio

De acuerdo con la acusación expuesta el primer día del juicio por el Ministerio Público, Mejía y Salazar se conocían, ya que ambos eran vecinos, incluso, sus viviendas estaban a 15 metros de distancia entre sí.

Precisamente, el 9 de junio del 2020, cuando ambos estaban en la casa del novio de una amiga de la víctima, el sentenciado llegó a buscar a Luany y le dijo que lo acompañara a su casa, ya que le quería proponer un negocio con un anillo, por lo que ella se retiró de ese lugar.

Se presume que ambos compartieron por varias horas y, el 10 de junio, se dio el crimen. Después de esto, el imputado, de 38 años, llevó el cuerpo hasta la parte trasera de la propiedad, lo envolvió en un plástico negro, lo amarró con cinta adhesiva y lo semienterró.

Reproche

Durante la lectura del Por Tanto, el Tribunal también recriminó al sospechoso su conducta al declarar en el debate.

La jueza Saylin Ballestero Mora le dijo que él intentó burlarse de la familia de la fallecida y de ellos.

“Podríamos decir que de manera cínica, usted dio su declaración, que si bien es cierto en su derecho, no es para pretender burlarse de la familia de Luany (Salazar) o para querer burlarse del Tribunal, porque usted viene a decirle a doña Ana (Patricia Zamora, madre de Luany) que si no hubiera sido por ella, porque interviene en dos ocasiones, a usted prácticamente le hubieran dado muerte cuando lo estaban golpeando.

“Usted sabía que le había dado muerte a su hija y conocía el sufrimiento de doña Ana y su familia, hasta le ayudó a buscar el cuerpo. Por esas razones adicionales es que el Tribunal aumenta la pena (se va al extremo máximo del homicidio simple), porque usted habla muy bonito Kenneth, pero el Tribunal no cree en sus palabras, porque fueron incongruentes, fuera de toda lógica”, afirmó Ballestero.

Por otra parte, agregó que de la acción civil se condenó al pago de ¢15 millones por el daño moral, esto tomando en cuenta que Ana Patricia Zamora Masís, madre de Luany, tuvo que enterrar a su hija. Cuando la idea es que esto sea al revés y sean los hijos quienes despidan a sus padres.

En una breve declaración, Zamora lamentó que la pena contra el asesino de su hija fuera de apenas 19 años, mientras que su abogado, Joseph Rivera, adelantó que esperarán la sentencia integral para apelar el fallo.

Mientras la sentencia de este lunes adquiere firmeza, el sospechoso permanecerá en prisión preventiva.

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Información actualizada a las 6:19 p. m. con más detalles.