Absuelven a joven acusado de muerte de tres colegialas que viajaban en moto

Jueza le concedió el beneficio de la duda

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San Ramón.

Un joven de apellido Arroyo de 20 años, acusado por la Fiscalía de tres delitos de Homicidio Culposo en perjuicio tres de alumnas del Colegio de Chachagua de San Ramón, fue absuelto por el Juzgado Penal Juvenil de San Carlos, el cual le concedió el beneficio de la duda.

La resolución se dictó la tarde del viernes de la semana pasada luego de cuatro días de debate.

La juez Sandra Saborío al razonar el fallo, consideró insuficientes las pruebas aportadas por el Ministerio Público, que en su opinión no logró demostrar que -en el momento del percance- Arroyo condujera la motocicleta que se estrelló violentamente contra el puente metálico sobre el río Peñas Blancas.

Por efecto del golpe las colegiales Dayana Castro Rosales, de 14 años, y Sharon Cruz Herrera y Lesbia Reyes Bello, ambas de 15 años, cayeron al cauce del río desde una altura de 60 metros, mientras que Arroyo logró salvar su vida.

El trágico accidente se produjo alrededor de las 4 p. m. del jueves 16 de junio 2011 en San Isidro de Peñas Blancas de San Ramón.

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, en ese instante, los cuatro ocupantes de la motocicleta de 125 c.c. se dirigían a sus casas en Chachagua procedentes de Valle Azul donde asistieron a una actividad estudiantil recreativa.

El móvil del suceso sería el exceso de velocidad.

Sin testigos. Durante el debate oral -pero privado, pues Arroyo, a la fecha de los hechos era menor de edad- la fiscal Carolina Carvajal pidió 10 años de prisión contra el imputado, argumentando que varias personas lo vieron manejar la moto con las estudiantes abordo.

"Viajaban cuatro personas y la motocicleta únicamente tenía capacidad para transportar dos", comentó la Fiscal.

No obstante, David Torres, defensor del imputado, argumentó que al momento del suceso no había testigos, por lo que tampoco había certeza de que su defendido era el que manejaba la pequeña motocicleta.

Basado en esa circunstancia, Torres pidió a la jueza Saborío que le aplicara a su representado el principio Indubio Pro Reo, que significa que en caso de duda ésta beneficia al acusado.

Al final prevaleció la tesis del defensor.

Al juicio celebrado en los Tribunales de Ciudad Quesada concurrieron ocho testigos, pero ninguno estaba en el lugar del accidente cuando éste sucedió.

Todos llegaron pocos minutos después cuando ya las estudiantes habían expirado a consecuencia de las graves heridas y fracturas que sufrieron al impactar primero contra el puente y luego caer al cauce del río.

Al joven Arroyo no le quedaron secuelas físicas del accidente, que en su momento conmocionó a la comunidad de Chachagua.

Ninguna de las familias de las víctimas presentó Acción Civil Resarcitoria.

Ahora el Ministerio Público tiene 15 días para apelar el fallo del Juzgado Penal Juvenil.