A partir de marzo rigen estrictas reglas de conducta para empleados judiciales

Reglamento habia sido aprobado en abril del año pasado; infractores serán llevados al Tribunal de la Inspección Judicial

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A partir del 1.° de marzo próximo comenzarán a regir estrictas reglas de conducta que deberán acatar los 12.000 empleados del Poder Judicial.

El dato lo proporcionó este lunes Kenia Alvarado Villalobos, jefa de la Oficina de Cumplimiento del Poder Judicial, durante una comparecencia en la sesión de Corte Plena. Dicho departamento es el encargado de vigilar que se cumplan las distintas disposiciones.

La funcionaria hizo mención de que las regulaciones están incluidas en el reglamento denominado Regulación para la Prevención, Identificación y la Gestión Adecuada de los Conflictos de Interés en el Poder Judicial, que fue aprobado el 1.° de abril del año anterior y que salió publicado en el Boletín Judicial del 31 de mayo.

Alvarado explicó a los magistrados que, por el momento, se encuentran en una campaña de información interna para que todos los funcionarios conozcan la nueva legislación interna, cuya objetivo primordial es evitar que los intereses privados influyan indebidamente en los funcionarios judiciales en el ejercicio de sus deberes y responsabilidades especiales.

El nuevo reglamento no contiene sanciones para las personas que infrinjan la normativa, pero sí establece que los servidores que no sigan las disposiciones serán remitidos al Tribunal de la Inspección Judicial.

Precisamente a finales de enero, la Oficina de Cumplimiento presentó al Tribunal de la Inspección Judicial el nombre de siete funcionarios que figuraron como candidatos en las pasadas elecciones de alcaldes, regidores y síndicos, para que se les abra un proceso administrativo.

La medida se tomó porque el artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe a los empleados judiciales “cualquier participación en procesos políticos electorales, salvo la emisión de su voto en elecciones generales”.

Asimismo, en el artículo 6 de esa misma ley, se indica la prohibición de sus trabajadores de “tomar parte activa en reuniones, manifestaciones y otros actos de carácter político electoral o partidista, aunque sean permitidos a los demás ciudadanos”.

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FUENTE: Regulación para la Prevención, Identificación y la Gestión Adecuada de los Conflictos de Interés en el Poder Judicial.    || DISEÑO / LA NACIÓN.