128 menores son víctimas colaterales de femicidios en últimos seis años

Apoyo psicológico se convierte en la principal arma para que niños y adolescentes puedan salir adelante

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Algunos recién llegaban al mundo, otros daban sus primeros pasos, o comenzaban a dejar los pañales; había quienes comenzaban la escuela y también los que se enfrentaban a los cambios de la adolescencia. En esas etapas estaban los 128 menores de edad que se convirtieron en víctimas colaterales de los feminicidios ocurridos entre 2016 y 2021, luego de que sus madres fueran asesinadas por sus novios, esposos, compañeros sentimentales o exparejas.

De acuerdo con las estadísticas del Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia, del Poder Judicial, en el 2016 fueron 20 los niños o adolescentes cuya madre fue asesinada a manos de un hombre. Un año después, en 2017, esa cifra aumentó a 25 y en 2018 hubo una leve disminución a 23. La cifra (23) se repitió en 2019, en el 2020 aumentó a 24 y en el 2021 bajó a 13, el menor en el periodo que tomó como referencia La Nación para este trabajo.

Algunos de estos niños o jóvenes incluso fueron testigos de los ataques contra su madre. Otros perdieron a su mamá y también a su figura paterna, quien debe purgar condena.

Este círculo de violencia deja marcas, pero las conductas que pueda llegar a desarrollar también dependerá de factores como su personalidad, explicaron expertos en Psicología. Sin embargo, es innegable que la pérdida de la mamá constituye un hecho traumático que requiere un proceso de asimilación, en medio de la adaptación a un nuevo hogar y otro núcleo familiar.

Es por ello que el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) brinda un apoyo psicológico para cada caso particular. “La atención y seguimiento psicológico se brinda por parte del profesional en Psicología durante el Proceso Especial de Protección (PEP) en todo el plazo de la medida administrativa y hasta el archivo del expediente administrativo”, detalló el Patronato.

Además, cuando los niños y adolescentes son testigos de los hechos, hay un proceso de “valoraciones diagnósticas”, dentro del cual se brinda terapia a los menores de edad y su familia, tanto de manera individual como en grupos “de apoyo y juego terapéutico”.

La idea, explicó el PANI, es abordar la crisis con el fin de procurar “la permanencia del vínculo” y evaluar “la existencia del mismo o su fortalecimiento mediante la supervisión del régimen de visitas”, así como garantizar “la recepción de servicios especializados terapéuticos, tanto a nivel de Psicología (para eventos postraumáticos o situaciones muy complejas) como de Psiquiatría”. Asimismo, se trabaja de forma interdisciplinaria e interinstitucional con el fin de se brinde en todo momento “una atención integral, de calidad y no revictimizante” para el menor.

Permanencia con la familia

Paralelo al abordaje psicológico, se realiza todo un proceso para definir cuál es la mejor opción familiar que tiene un menor posterior a la muerte de su madre. Para ello, el PANI hace una evaluación de las personas que están dispuestas a asumir la custodia y se investiga si están en una situación de riesgo o vulnerabilidad.

Otro elemento que se somete a verificación es que ese recurso que se está evaluando sea responsable en temas de salud y educación, así como que no exista consumo de alcohol o drogas en el entorno. Finalmente, se analiza la estabilidad emocional y habitacional que se ofrece al niño o adolescente.

La permanencia con la familia es un derecho que está estipulado en el artículo 33 del Código de Niñez y Adolescencia, el cual indica que “prevalecerá la ubicación de la persona menor de edad en recursos familiares de acogimiento, salvo en circunstancias especiales establecidas por la ley, por una decisión judicial o fundamento técnico de la Oficina Local que establezca lo contrario (ubicación de la persona menor de edad en un recurso comunal de acogimiento o en una alternativa de protección institucional tales como albergue u ONG residencial)”.

A partir del momento en que el menor comienza a desenvolverse en su nuevo entorno, comienza un seguimiento con el criterio técnico de los especialistas de acuerdo a cada caso, pautas que también definirán el tiempo en el que se mantendrá ese monitoreo.

Para otorgar una custodia permanente se valoran: la no reintegración familiar (familia de origen), la recomendación por parte de un profesional de atención integral de ubicación del menor en un recurso de acogimiento familiar y el resultado de la evaluación de la familia acogedora. “Para todos los casos se tomarán en cuenta circunstancias especiales establecidas por la ley”, aclaró el Patronato.

En el caso de que sean varios hermanos, se busca que permanezcan unidos siempre y cuando “no exista criterio técnico, debidamente fundamentado por parte de la oficina local, que recomiende la separación”. Empero, en esta última circunstancia debe procurarse el contacto familiar, siempre y cuando “no exista una resolución administrativa o judicial que disponga lo contrario”.

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Apoyo económico

Dependiendo de cada circunstancia individual, las familias que acogen a los niños o adolescentes pueden optar por la incorporación al programa de Acogimiento Familiar Subvencionado, en el cual “las personas menores de edad en familias de acogimiento tendrán derecho sin restricción, hasta la definición de su situación jurídica, durante todo el tiempo de permanencia en esta alternativa de protección”.

El PANI detalló que existen dos tipos de subsidio, el ordinario, en el que se da “un monto estándar generalizado para la persona menor de edad que se encuentra ubicado en una familia de acogimiento” o especial por discapacidad y/o enfermedades crónicas y psiquiátricas, en donde se brinda “un subsidio diferenciado y superior al anterior en función de la presencia en la persona menor de edad de una o varias discapacidades, o una situación de salud especial cuya atención integral le exige gastos específicos relacionados con la atención de su condición de discapacidad o enfermedad”.

En el primero de los casos el subsidio mensual es de ¢110.000 por menor y, en el segundo, de ¢137.500, dinero que ayuda a cubrir parte de las necesidades de cada niño o adolescente.

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