Finquero quiso matar a menor, según jueces

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Cuando el finquero Bernal Arias Sibaja disparó contra un adolescente que estaba en su propiedad agarrando limones, tuvo “la intención de acabar con la vida del menor”.

Así lo señalaron los magistrados de la Sala Tercera el 7 de octubre del 2011, al conocer un recurso de apelación interpuesto por la defensa del sentenciado.

Los magistrados avalaron el criterio de los jueces de Juicio de San Carlos, Alajuela, en cuanto a que las primeras detonaciones sí las realizó solo para asustar al menor, pero que, con las siguientes, pretendía matarlo.

“El imputado se enfoca sobre su humanidad para darle muerte, básicamente por dos razones: porque usó un objeto idóneo –arma de fuego– para lograr su finalidad propuesta, y porque el disparo impactó en zonas vitales, ya que lesionó órganos esenciales de su cuerpo”, determinaron los magistrados.

Arias, quien actualmente tiene 47 años de edad, fue condenado el 8 de abril del 2011 a 20 años y seis meses de prisión por los delitos de agresión calificada y homicidio calificado en tentativa de homicidio.

No obstante, las 800 firmas y el apoyo de un diputado lograron que esta semana el Consejo de Gobierno le otorgara el perdón.

Por la espalda. Los hechos por los que se condenó a Arias ocurrieron el lunes 30 de marzo del 2009, a eso de la 1:45 p. m.

Ese día, el menor, de 13 años de edad, ingresó a la finca de Arias, ubicada en El Tanque de La Fortuna, en San Carlos de Alajuela.

Según el testimonio del muchacho, estaba, junto con un amigo, agarrando limones de un árbol para vendérselos a otra persona.

En cierto momento, el finquero llegó con un arma de fuego y lanzó disparos al aire.

El ofendido trató de huir por un camino inclinado y lleno de maleza, pero fue impactado en la espalda por una de las balas.

“(...) Cuando trata de escapar por la maleza, escucha que una bala le pasó rozando su cabeza, mientras que otro de los proyectiles le impactó en la parte posterior derecha de su espalda (...). Resulta claro entonces que, según su dicho (del ofendido), el imputado apuntó y accionó el arma en dirección directa a su persona, a pesar de que ya él había optado por salir del lugar donde se encontraba junto con su amigo”, señalaron los magistrados.

”(...) Como lo señala el razonamiento judicial, no se trató entonces de un disparo ‘accidental’, ya que se descartó por la declaración del menor en el debate y por la forma en que impactó el proyectil en su cuerpo, de manera que las lesiones halladas en él son inconfundibles para concluir que el imputado disparó en dirección hacia el ofendido”, concluyeron los jueces al rechazar la apelación.

Arias cumpliría su pena el 2 de octubre del 2027.