Corte prohíbe enaguas cortas y escotes a sus funcionarias

Hombres no deben usar aretes, cabello largo, ni pírsines ni tatuajes visibles

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La Corte Plena prohibió que las funcionarias judiciales usen enaguas cortas y blusas “muy ajustadas, escotadas, de tirante o strapless ” cuando estén laborando.

Esta disposición fue incluida en el Reglamento de vestimenta para las personas que trabajan en el Poder Judicial, el cual fue aprobado por los magistrados en la sesión del pasado 5 de noviembre.

La normativa también tiene lineamientos obligatorios para los hombres como el impedimento de usar “aretes, pírsines y tatuajes visibles”.

Alfredo Jones, director ejecutivo del Poder Judicial, dijo ayer que el acuerdo de los magistrados ya se envió para su publicación y que rige cuando salga en el Boletín Judicial de La Gaceta .

La medida fue comunicada a los 11.000 funcionarios del Poder Judicial mediante la circular 185-2012, enviada el 26 de noviembre por Silvia Navarro Romanini, secretaria general de la Corte Suprema de Justicia.

En el acuerdo no se precisan las sanciones que se impondrán a quienes incumplan las reglas.

Reacciones. Este nuevo ordenamiento generó diversas reacciones, y algunas funcionarias como Natalia Gamboa Sánchez mostraron su preocupación.

En nota que envió a la Secretaría de Género, Gamboa dijo: “Algunos de los lineamientos expresados contradicen las políticas de género que ha seguido el Poder Judicial, y la aplicación coherente de esas políticas debe contemplar, entre otras, la eliminación de códigos de vestimenta asociados a estereotipos de género”.

La funcionaria calificó las medidas de ambiguas y dijo que no encuentra una justificación razonable para adoptarlas “desde el punto de vista de la prestación de un servicio público”.

La iniciativa del reglamento fue de la Comisión de Valores y, cuando se aprobó, varios magistrados hicieron pública su oposición. Empero, ayer en la tarde no fue posible obtener el acta de la sesión del 5 de noviembre para conocer las diferentes opiniones.

Lineamientos. Una de las medidas que deben ser acatadas por los trabajadores es portar el carné de identificación en la parte superior delantera del torso.

Se les permite usar el cabello teñido “siempre y cuando sea en colores tradicionales no llamativos”.

Los pantalones y faldas deben ser formales y no se acepta “el uso de pantalones o faldas de mezclilla, informales o casuales”. Tampoco puede utilizarse camisas “tipo polo, camisetas o tenis”.

En el caso de las mujeres las faldas “no deben ser cortas, como máximo a la altura de la rodilla”.

Cuando vistan enagua o vestido, se requiere que lleven medias de seda o pantimedias. Esto no es obligatorio en las zonas en que tradicionalmente no se ha utilizado, pero no se especifica en qué lugares.

Los pantalones deben ser de corte “clásico, formal y no ajustados”, y nunca usar “ropa transparente”.

Respecto a las sandalias, se adoptó que deben ser “formales y de tacón”, y se permiten en aquellos lugares donde antes se han utilizado por causa del clima.

En cuanto a los hombres, las reglas precisan que la camisa tiene que ser de manga larga y llevarse con las faldas por dentro. Se exige la faja y la corbata, y, en caso de tener bigote o barba, estos “hay que mantenerlos cuidados y recortados”.

El cabello debe ser corto; el peinado, tradicional o formal, y los accesorios, clásicos y discretos.

El reglamento establece algunas excepciones a la vestimenta y opera cuando los funcionarios tienen que realizar trabajo en el campo, atender a personas menores de edad o efectuar trabajos manuales.