Corte fija reglas sobre violencia doméstica

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El Poder Judicial no avala llegar a acuerdos entre víctimas y agresores en casos en que esté presente la violencia doméstica.

La Comisión de Violencia Doméstica determinó que tampoco se puede proponer la conciliación ni homologación de acuerdos aplicados en los casos de otras materias.

El acuerdo indica que no se puede conciliar en lo civil, penal, contravencional, pensiones alimentarias y de familia.

La directriz es que no se deben ofrecer ni homologar acuerdos que revictimicen ni legitimen situaciones de violencia doméstica.

La Corte no acepta, por ejemplo, que la persona agresora se mantenga dentro de la vivienda,  o que se le permita de nuevo su ingreso a la casa.

Tampoco el Poder Judicial avala que se archiven las medidas de protección que han sido dictadas por una autoridad judicial.

Además, el acuerdo añade que el cambio o vigencia de alguna medida de protección por algún caso de violencia doméstica solamente podrá ser hecho por medio de una orden judicial.

Es decir, aunque la víctima decida llegar a un acuerdo con su agresor, la medida de protección no podrá ser modificada o eliminada.

La Comisión es del criterio que esas homologaciones no pueden ser aceptadas, máxime si  con esos acuerdos se pone en riesgo la dignidad o la integridad física o emocional de la víctima y familiares.