Corte da pensión de ¢3,4 millones a médico que trabaja con CCSS

Poder Judicial se enteró del doble ingreso tras un año de aprobada pensión

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El Consejo Superior del Poder Judicial suspendió el pago de una pensión de ¢3,4 millones a un médico patólogo, tras conocer que también recibe un salario de ¢1,5 millones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

La medida, adoptada en la sesión del pasado 3 de julio, se fundamentó en que el artículo 234 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe el pago de la jubilación si la persona recibe al mismo tiempo otro sueldo del Estado.

El caso que se analizó es el del patólogo Raúl Antonio Bonilla Montero, quien se pensionó el 16 de marzo del 2011 tras laborar 29 años y 9 meses para el Poder Judicial. Cuando se retiró era jefe de la Sección de Patología Forense (Morgue Judicial).

Bonilla pidió el 3 de julio la revocatoria del acuerdo al considerarlo “nulo, ilegal, arbitrario y contrario a mis derechos adquiridos y al debido proceso”.

En su alegato expuso que desde el 1.° de junio de 1980 labora en patología del Hospital San Juan de Dios y desde ese mismo año ingresó en el Poder Judicial.

“En mi caso concreto no aplica el artículo 234, toda vez que dicho numeral está previsto para situaciones jurídicas distintas a la mía (...) es para cuando un servidor inicia labores en otra institución después de la jubilación y en mi caso la relación laboral que tengo con la Caja se consolidó años atrás, con la venía y consentimiento de mis jefaturas, sin esconder nada, sin soslayar nada”, detalló el médico.

Descubrimiento. El caso de Bonilla lo analizó el Consejo Superior cuando Alfredo Jones León, director ejecutivo del Poder Judicial, informó que en un “cruce de información de la CCSS con la base de datos del Fondo de Jubilaciones y Pensiones se determinó que Bonilla aparece reportado con salario para la CCSS”.

Luego de un análisis jurídico, los miembros del Consejo Superior acordaron “conforme al principio de legalidad suspender a Bonilla Montero, a partir del 1 de julio del 2012, el pago por concepto de jubilación mientras se mantenga recibiendo salario de un ente estatal”.

Bonilla informó a los miembros del Consejo Superior que existen otros casos de funcionarios judiciales jubilados que también reciben salario de la Caja. Mencionó los casos de los médicos Johnny Castro Rojas, Víctor Alfredo Navarrete Acosta y Fernando Rodríguez Gutiérrez .

“El cuadro fáctico de esos casos coincide con el mío, incluso tenemos la resolución (...) en donde esta Corte analizó el caso de Castro Rojas y falló a su favor. Véase que dicho asunto es totalmente similar al mío y como tal se aplica como jurisprudencia”, dijo.

Derechos adquiridos. Raúl Bonilla explicó ante el Consejo Superior que desde 1980 laboró para la Corte y la CCSS en forma simultánea, con pleno conocimiento de todas las jefaturas y cumpliendo en ambas instituciones con horarios distintos y no superpuestos.

“Por más de 30 años adquirí un derecho y como tal deben mantenérseme los derechos de jubilación y beneficios sociales de cada uno, puesto que son legítimamente independientes y separados”, dijo.

Bonilla apeló también a la prescripción pues consideró que el Poder Judicial tenía después del 15 de marzo del 2011, un año para suspenderle la pensión, que es el plazo legal que dispone el artículo 602 del Código de Trabajo.

Según dijo ayer a La Nación, por el momento gestionó un permiso sin goce de salario en la Caja, mientras el Poder Judicial resuelve en definitiva su caso.

Precisamente, el Consejo Superior ordenó que cuando constaten que Bonilla goza del permiso sin goce salarial, se le restituirá el pago de la jubilación.