Condenan al Estado a pagar ¢300 millones por 3 muertes

En el fallo se critica la falta de señales para prevenir a los conductores

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

El Estado fue condenado a pagar ¢300 millones por la muerte de tres personas que cayeron con un vehículo a un río desde un puente sin barandas, sin iluminación y sin suficiente señalización vial que advirtiera del peligro.

El fallo fue emitido el 31 de julio por el Juzgado Contencioso-Administrativo y Civil de Hacienda, tras analizar un accidente ocurrido a las 10:12 p. m. del 3 de enero del 2007 en el río Las Vueltas, en Pocares de Parrita, Puntarenas, sobre la carretera Costanera.

En el percance fallecieron el conductor del carro, Rándall Araya Rapso, de 35 años; su hija María Paula Araya Solórzano, de 3, y el abuelo de la niña y padre de Rándall, Marco Araya Sojo, de 61.

La demanda contra el Estado y el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) fue presentada por Rebeca Solórzano Campos, esposa del chofer y única sobreviviente del accidente, y Julia Rapso Córdoba, esposa de Araya Sojo.

El abogado Henry Vega Salazar, quien las representa en este proceso, manifestó que en el fallo queda claro que es responsabilidad del Estado velar por la buena condición de las carreteras.

Por su parte, el representante del Estado, Luis Diego Flores Zúñiga, dijo, por medio de la oficina de prensa de la Procuraduría General de la República, que el lunes pasado le notificaron el fallo y ese mismo día se presentó la apelaron, para que el asunto sea elevado a una instancia superior.

Antecedente. El accidente se produjo cuando las víctimas regresaban de Panamá y se dirigían hacia la ciudad de Orotina, Alajuela, donde vivían.

En aquel momento, la vía Costanera tenía partes pavimentadas, pero los puentes estaban en construcción, por lo que había desvíos para que los carros pasaran por las estructuras viejas.

En este caso, Henry Vega alegó que el suceso se debió a que en el sitio se carecía de una adecuada señalización e iluminación, ya que el puente no tenía barandas, lo cual convertía el paso en sumamente inseguro y peligroso. Agregó que en el momento del accidente llovía y el lugar estaba muy oscuro.

Ante tales argumentos, Flores y los abogados Carolina Alvarado, Sylvia Morales y Manuel Emilio Castro, del Conavi, atribuyeron el hecho a que el conductor Randall Araya “conducía distraído y cansado (...) no usaba sus lentes medicados y tenía múltiples infracciones de tránsito en firme”.

La jueza Karla Suárez Baltodano, al analizar los hechos en primera instancia, rechazó cualquier culpabilidad del conductor pues dijo que en el proceso no se aportó prueba de que Araya “haya venido conduciendo con cansancio, descuido, imprudencia, impericia, a exceso de velocidad”.

Asimismo, concluyó que el percance “es una consecuencia directa, precisa y lógica de la inseguridad que el puente sobre el río Las Vueltas representaba para quienes lo transitaban. Inseguridad y riesgo creado por la omisión estatal, al no contemplar adecuadas y suficientes medidas de seguridad (...); es responsabilidad estatal proteger la vida humana en materia de seguridad vial”.