Reventa de entradas en la vía pública es una actividad ilegal

Revendedores no pagan impuestos y tampoco cuentan con permisos municipales

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Hay de sol, sombra, norte y oeste. Puede conseguirlas seis veces más caras del precio original, con suerte y si es buen negociante solo deberá pagar el doble. Ver a un revendedor en las calles ofreciendo entradas para un partido de fútbol es una imagen común, mas no legal.

Según abogados especialistas en Derecho Público, Comercial y Fiscal la venta de boletos en vía pública es una actividad ilegal y, por lo tanto, debe prohibirse.

Un nuevo capítulo de la polémica historia de la reventa se inició el lunes 1.° de julio.

En solo cuatro horas y media se agotaron 28.000 boletos para el partido eliminatorio ante Estados Unidos, muchos aficionados se quedaron sin tiquetes y en las calles los revendedores ya tenían las entradas.

Estos comerciantes no poseen una licencia municipal para realizar actividades comerciales en las calles, no entregan comprobantes de pago a sus efímeros clientes y tampoco pagan los respectivos impuestos por los dividendos de su lucrativo negocio, lo que convierte la transacción es un acto ilícito.

Este fue el caso de cinco revendedores que se encontraban en las afueras del Estadio Nacional cuando fueron sorprendidos por oficiales de la Policía Municipal de San José que procedieron al decomiso de 45 entradas.

En su momento, el director de operaciones de la Policía Municipal, Hernán Rojas, manifestó que el decomiso se realizó para verificar que las entradas no sean falsas y porque no son permitidas las ventas en las vías públicas.

“La reventa no es un delito, lo que es ilegal es realizar una actividad lucrativa sin la patente respectiva, cualquier actividad lucrativa que se ejerza dentro de un cantón, según el artículo 79 del Código Municipal, requiere una patente”, explicó Esteban Alfaro, especialista en Derecho Público.

Dicho artículo dice que “para ejercer cualquier actividad lucrativa, los interesados deberán contar con licencia municipal”.

La abogada especialista en Planificación Fiscal, Paola Rivera, considera que los revendedores también tienen que cumplir con la entrega de comprobantes de pago y pagar los impuestos.

“Existen obligaciones fiscales para todos aquellas personas que realicen algún tipo de actividad lucrativa, tales como entregar comprobantes, presentar y pagar las declaraciones de impuestos”, indicó Rivera.

Hernán Velasco, abogado experto en Derecho Comercial, coincide con el deber de tributar.

“Si usted vende cualquier cosa (en vía pública) debe pagar impuestos porque está ejerciendo una actividad lucrativa”, indicó Velasco.

Bajo su propio riesgo. Al adquirir entradas por medio de la reventa el consumidor asume el riesgo ante una posible estafa o cualquier otra anomalía, por lo que no puede presentar una demanda ante la oficina del consumidor.

Así lo manifestó la directora a. i. de la Dirección de Apoyo al Consumidor, Kathia Chávez.

“A las personas se les aconseja que en todo acto de consumo debe haber un comprobante de compra. (La reventa) es comercio informal donde el consumidor compra bajo su propio riesgo y no puede venir a reclamar”.