Ministro de Seguridad lamenta que Juzgado dejara en libertad a supuestos agresores de aficionado

Con un mensaje publicado en la cuenta oficial de Facebook del Ministerio de Seguridad Pública, Gustavo Mata califica el hecho como una "tentativa de homicidio en vía pública"

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El ministro de Seguridad, Gustavo Mata, lamenta que el Juzgado Penal de Cartago dejara en libertad a dos sospechosos de participar en la agresión que recibió un aficionado de Cartaginés en las afueras del Estadio José Rafael Fello Meza, el domingo previo al juego entre los locales y Herediano.

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Con un mensaje publicado en la cuenta oficial de Facebook del Ministerio de Seguridad, Mata califica el hecho como una "tentativa de homicidio en vía pública".

Aunque la Fiscalía solicitó un año de prisión preventiva para los hombres de apellidos Sánchez y Monge, la jueza a cargo consideró que esa medida cautelar no es necesaria.

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Mata manifestó su disconformidad por la decisión del Juzgado.

"Prácticamente un homicidio público en vía pública y no le impusieron prisión preventiva a estos sujetos detenidos por las autoridades, quienes incluso, sin contemplación alguna, arremetieron contra un ser humano", inicia la nota.

El ministro afirmó que respeta la decisión tomada por los jueces el miércoles, pero agregó que no la comparte, "en razón de que quienes cometen delitos de esa u otra forma deben responder desde un principio por sus actuaciones".

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Agregó que su mensaje no es populista, sino que se trata de su línea de pensamiento.

"Es necesario que ante el incremento de la violencia, cerremos toda puerta de acción y demos un mensaje claro y contundente contra quienes delinquen".

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En lugar de la prisión preventiva, los sospechos deben firmar en un despacho judicial cada 15 días, mantener un domicilio fijo, no salir del país y no acercarse a víctimas, familiares de los agredidos, ni testigos, mientras continúa la investigación. Tampoco podrán ingresar al cantón central de Cartago.

¿Qué debe considerar un juez para determinar si es necesaria la prisión preventiva?

Consultado por La Nación, el abogado penalista Gerardo Huertas, totalmente ajeno al caso, explicó que la prisión preventina no es una pena por el acto cometido sino una medida —que un juez determina si es necesaria o no— para garantizar el buen desarrollo del juicio, sin peligro de fuga ni obstaculización del proceso.

Para empezar, se debe considerar la posibilidad de que el sospechoso haya cometido un delito. "Con el video (de la agresión) se cumplía esto, pero es algo a valorar por parte del juez", considera Huertas.

Los arraigos. Además, es clave sopesar si hay peligro de fuga, tomando en cuenta los arraigos: ¿tiene trabajo permanente? ¿domicilio establecido? ¿tiene relaciones familiares que lo atan?

La pena. "También se evalúa la posible pena a imponer: Esto quiere decir que entre mayor sea la pena, hay más posibilidades de fuga. En este caso es alta, porque el homicidio calificado es de 20-35 años. Sin embargo, al no quedar consumado queda en grado tentativa, o sea un intento, lo que permite al juez reducir la pena según su criterio".

El peligro de obstaculización. Se analiza la posibilidad de que el imputado destruya la prueba o amenace a los testigos.

El peligro de reiteración delictiva. La posibilidad del que sospechoso vuelva a delinquir. Se considera si los imputados han pasado por los tribunales por delitos de la misma índole.