Zapatero, a tus zapatos...

De cómo ubicar gato por liebre, a guisa de “ciencia”

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Voy a comentar un artículo del Prof. Alejandro Leal publicado aquí (“ La vida, la muerte y la Corte ”, Foro, 19/10/12), pues considero pertinente hacer ver que su razonamiento fundamental carece de validez científica. Lo desprovisto de tal validez no son los datos empíricos “en bruto” (por así decir) allí consignados, mas sí las inferencias de orden normativo que se proponen a partir de esos datos. Es pretender hacer pasar cierto gato (determinados hechos científicos) por toda una liebre (determinadas reglas para comportamientos sociales).

Semejantes paralogismos abundan no solo en ideologías políticas y en el pensamiento vulgar cotidiano. Ellos toman cuerpo también en la inocencia de aquellos científicos de la naturaleza que se salen de sus “zapatos” propios, ofreciendo dictar ruta mediante tales zapatos en áreas de conocimientos que les son muy ajenas, los específicos de las ciencias sociales.

Falacias de vieja data. Esas inferencias extrarracionales responden a una modalidad de falacias conocida de vieja data, son ciertas estructuras generales de razonamiento muy manipulables. En ellas se han basado también el socialdarwinismo, el nacionalsocialismo, etc. Sean cuales fueren las diferencias entre las políticas así propuestas, todas estas se fundamentan en la “trampa” siguiente contra la lógica científica: si bien parten de señalar unos datos empíricos, empero sacan conclusiones que no se desprenden –ni por inducción ni por ningún otro método científico– de esos datos mismos. Con ello dan el “salto” (hiato lógico) de razonamiento consistente en pretender asegurar que de estos hechos, como tales, se seguirían ni más ni menos que ciertas reglas de conducta. Empero, aun cuando sus premisas pueden ser ciertas (aquellos datos “en bruto”), no es verdad que tales conclusiones puedan deducirse de ahí mismo.

No menos si esos hechos son reales, ya sea en todo o en parte, como si no lo son tanto, el razonamiento en cuestión es falaz. (P. ej.: si yo defendiera la tesis de que las mujeres deben recibir igual sueldo que los varones por igual labor, pero fundamentándola en que ambos son mortales, la aceptabilidad de dicha tesis no se derivaría de ese hecho invocado, por más científicamente verdadero que sea este; o bien, si sostengo que no ha de ser obligatoria tal igualdad, fundamentándolo en sensibles diferencias en cuanto a los respectivos órganos sexuales, la no aceptabilidad de esta otra tesis, contraria a la primera, no se deriva de que acaso fuera científicamente falsa tal diferencia).

Cuanto más abundante y pormenorizada es la serie de datos científicos invocados bajo tales condiciones de razonamiento, tanto más engañadoras resultan semejantes argumentaciones. Esa trampa –“non sequitur”, se le llama técnicamente– puede también aparecer recubierta con toda suerte de minucias de detalles sobre los aspectos de la naturaleza traídos a colación. Incluso cuando tales detalles son verdaderos –y muchísimo más si su presentación es algo complicada (¡como para desalentar su examen por legos!)–, tal “gato por liebre” constituye ahí el eje de todo, no importa cuán minuciosamente se encuentre descrita la anatomía y la fisiología del “gato” en cuestión. Ni más ni menos que tal es el caso en esas explicaciones del Prof. Leal.

La elemental regla lógica que entonces se pasa olímpicamente por alto es esta: cualesquiera fueren esos hechos comprobados científicamente (p. ej., ciertas características biológicas de los embriones, condiciones de su subsistencia y de su desarrollo ulterior, etc.), es dable racionalmente que, aun sin impugnar estos mismos hechos, el legislador resuelva ya sea establecer al respecto las consecuencias de derecho X o las consecuencias W (diferentes o hasta contrarias a X) o las Z o las... La opción entre X y W se efectúa en función de ideologías, unas u otras. No es verdad que ese escogimiento venga como pre-determinado en ciertos datos aportados por ciencias de la naturaleza.

Por lo demás, el hecho de que a las características biológicas de los embriones se le llame o no se le llame “vida humana”, es una decisión linguística; no constituye una comprobación científica sobre datos de la naturaleza. De ahí que a exactamente esos mismos datos puede colocárseles o no tal etiqueta. Hay científicos que le ponen ese rótulo, otros no.

No es que entre ellos hubiere desacuerdos fundamentales sobre cómo tienen lugar, en la realidad, los procesos biológicos señalados (i. e., qué se observa por el microscopio, cómo pueden llegar a evolucionar las sustancias detectadas, etc.); entonces, el desacuerdo entre esos científicos, si lo hay, es en cuanto a etiquetados (convencionales) y probablemente sobre ciertas respectivas preferencias ideológicas adyacentes. ¡La etiqueta no hace a la “cosa”! No la hace por cuanto concierne al propio contenido de los conocimientos científicos, comprobados como tales.

No obstante, la elección del etiquetado sí puede importar, ¡y hasta mucho!, en planos de pensamiento que son principalmente emocionales y, por ende, para las presentaciones retóricas al respecto. Las motivaciones decisivas para inclinarse en favor de las medidas normativas X, o para oponerse a estas, son básicamente de carácter extracientífico: creencias religiosas, ideologías políticas y demás.

Por ejemplo: la “naturaleza” humana ha sido invocada tanto para justificar el absolutismo político (Hobbes) como la democracia directa (Rousseau) o la democracia representativa (Locke).

Asimismo, para ubicarnos en terrenos más pedestres: ¿acaso de la composición química de los granos de arroz o por el promedio de vida de los agricultores (ambos son datos obtenibles por vías empírico-científicas) se seguirá si la política de impuestos del Gobierno deba favorecer más a los arroceros que a los paperos o a los ganaderos, o a la inversa, o si habría que hacerlos a todos objeto de las mismas tasas, o si se permitirá la importación con tasas inferiores o ninguna cuando algunos de esos productos provienen de otros países (TLC), o si...?

Aunque los datos naturales cuentan también para las decisiones normativas, no son esos datos por sí mismos los que implican necesariamente las reglas sociales aplicables.

Políticas sobre la FIV. Lo propio acontece para las políticas sobre FIV: la aprobación de unas como la de otras son una toma de posición valorativa, opciones por parte de grupos sociales. La decisión que se adopte, tanto si va en un sentido como si va en el otro, está “más allá” de los datos mismos de la biología sobre caracteres empíricos de los embriones; no menos que, p. ej., las decisiones sobre los montos de los impuestos para el arroz no vienen racionalmente predeterminados por la composición en fécula de sus granos.

Claro que un embrión no es un grano de arroz, ni un grano de arroz es un embrión; como tampoco hace falta, digo yo, ser biólogo para estar enterado de tal diferencia. Sin embargo, razonamientos de ese tipo –falacia biologista (una modalidad de la genérica “falacia naturalista”)– como los presentados por el Prof. Leal servirían asimismo para fundamentar las políticas del Gobierno en materia de arroz: si acaso algún ingenioso biólogo estuviere presto a rendir un informe acreditando que, como el arroz se compone de arroz (¡... y ahí vaya abundancia de detalles científicos sobre su integración física y sus posibilidades químicas!), ese grano se deba o no se deba gravar con buenos impuestos.

Quiérase o no, el calzado propio para desempeñarse como catedrático de Biología no sirve –ni en lo filosófico, ni en lo científico social, ni en lo técnico-jurídico– para transitar por los senderos específicos del pensamiento que son pertinentes con vistas a decidir, de manera lo más racional posible, sobre atribución de derechos humanos.