Riesgos fiscales

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A propósito de la atinada convocatoria nacional, por parte de las autoridades hacendarias, para la discusión de urgencias fiscales, en las postrimerías de octubre pasado, el Fondo Monetario Internacional nos facilitó su informe “Costa Rica: evaluación de transparencia fiscal”. En este, se califica cada uno de los aspectos identificados, según el estado de la práctica, así: buena, básica, avanzada y menos que básica . Contiene tres capítulos: Presentación de informes fiscales, Elaboración de proyecciones fiscales y presupuestos, y Análisis y gestión de riesgos fiscales. Intentaremos una sinopsis de este último.

Los riesgos fiscales se definen como los factores que promueven las diferencias entre la posición fiscal proyectada por un Gobierno y la observada. Veamos algunos factores. Primero: un conocimiento incompleto de la situación fiscal del país. Por ejemplo, cuando se registran incorrectamente pasivos del sector público, o bien cuando no se precisa las proporciones de la evasión y elusión. Segundo: una subestimación de la magnitud y probabilidad de eventos adversos para las finanzas públicas. Por ejemplo, cambios en las variables del macroentorno, como tasas de interés, tipo de cambio, cuenta comercial, liquidez, materialización de pasivos contingentes, etc. Tercero: medidas de política que impacten la posición fiscal. Por ejemplo, evolución de los ingresos, egresos, evasión, elusión, exenciones y nuevos derechos fiscales, entre otros.

El caso costarricense. En el análisis de los riesgos macroeconómicos, si bien el documento del presupuesto explica la sensibilidad de la deuda, no lo hace sobre los pronósticos fiscales ni de los supuestos macroeconómicos, otorgándose una calificación de “básica”. Las entidades públicas no analizan la evolución de la producción interna ni los balances fiscales.

En cuanto a los riesgos fiscales específicos, los pronósticos hacendarios soslayan el impacto de requerimientos por pensiones, desastres naturales y demandas judiciales, siendo la calificación “ menos que básica ”. El informe destaca las exigencias futuras por pensiones, dada la longevidad, y la rigidez legal del ejercicio fiscal, pues el 95% del presupuesto está amarrado a destinos predefinidos, cercenando maniobrabilidad a las autoridades del erario.

Asimismo, se complica sentar criterios de eficacia y efectividad en el uso de los recursos públicos, pues el control presupuestario es difuso. En el tema de contingencias, si bien existe un fondo de emergencias para desastres naturales, no se cuenta con reservas para contingencias legales que mitiguen una eventual materialización de alguna indemnización contra el Estado, lesionando potencialmente sus finanzas. La calificación otorgada es “ menos que básica ”.

Para un justo balance, también hay acciones con calificación de “ avanzada ”. La emisión de nueva deuda cumple con el debido proceso (aprobación, divulgación y gestión). Las transferencias oficiales hacia las empresas públicas se incorporan en el presupuesto, el cual requiere aprobación legislativa. El comportamiento de la industria de intermediación es monitoreada por los reguladores mediante indicadores e información divulgada. Finalmente, se recomienda administrar los riesgos fiscales, lo cual, por los alcances inherentes, no es cosa de unos cuantos parpadeos.

Por lo demás, véngannos los tamales...