¿Quién responde por los daños?

La responsabilidad consiste en la sanción de los funcionarios ineptos, que abusan de su poder

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Con extrema frecuencia, los medios de comunicación informan de pérdidas millonarias como consecuencia de equivocados proyectos u obras públicas mal ejecutadas. Cito solo tres: el “puente de la platina”, la ruta 1856 y la refinería a cargo de la Sociedad Reconstructora Chino Costarricense (Soresco).

Ante esas pérdidas, los ciudadanos nos preguntamos quién responderá por los daños y perjuicios ocasionados a la sociedad. De manera coloquial, ¿quién pagará los platos rotos?

Si el sistema democrático constitucional estuviera funcionando bien, la respuesta sería muy fácil: los daños y perjuicios tendrían que pagarlos, con su propio dinero, las altas autoridades de Gobierno que concibieron y condujeron la ejecución de esos fallidos proyectos. Sin embargo, en Costa Rica las cosas no suceden así porque el sistema de responsabilidad establecido en nuestra Constitución Política es de muy baja intensidad, al menos para las autoridades políticas superiores.

Esta conclusión, en la práctica, se traduce en impunidad política, administrativa, penal y civil para esas autoridades. Más simple, ninguna persona importante de las altas esferas del poder político y decisorio del país responde por lo que hace.

Normalmente, el peso de la ley recae en los mandos medios, ahí donde el hilo es más delgado o resulta fácil encontrar los chivos expiatorios que, de cuando en cuando, necesita el sistema para autolegitimarse.

Por ejemplo, en Costa Rica el pueblo puede revocar el nombramiento de un alcalde –el hilo delgado del sistema– pero no al presidente de la República o a los diputados. ¿Cuál es la diferencia?

Rendición de cuentas. Lamentablemente, todavía se encuentran en nuestra cultura política y la organización jurídica del aparato estatal resabios de una tradición multisecular, que se alimenta de la concepción teocéntrica del poder del monarca y de la potestas imperial romana, según la cual the king can do not wrong (el rey no puede equivocarse). Sin embargo, estas justificaciones y otras teorías que se utilicen para justificar el principio de irresponsabilidad de las “autoridades políticas superiores”, resultan inconcebibles e intolerables desde el punto de vista de la institucionalidad democrática.

En efecto, desde la dimensión de los principios, en una democracia, si el poder y el dinero que administran los gobernantes provienen del pueblo, los gobernantes como servidores públicos, tienen la obligación de rendir cuentas, evaluar resultados y responder ante los ciudadanos por lo que hacen bien y lo que hacen mal. Y en este caso, sufrir las consecuencias que se deriven de sus arbitrariedades, abusos y desviaciones de poder.

En última instancia, la responsabilidad consiste en la sanción de los funcionarios ineptos, inescrupulosos y que abusan de su poder. De esta forma, la sanción a la irresponsabilidad se erige en una de las piedras angulares del Estado constitucional, democrático y social de derecho. Un sistema político, en el que los servidores públicos no deban rendir cuentas, someterse a la evaluación de resultados y sufrir las sanciones por lo que hacen mal, no es democrático.

Cambios. Lamentablemente, la normativa constitucional no está concebida con el fin de que las autoridades superiores paguen por violaciones al ordenamiento jurídico. En las altas esferas del poder, ningún personaje importante paga los platos rotos, ni siguiera desde el plano político mediante votos de censura o la revocación de su mandato, como ocurre en las modernas democracias. ¡Hoy en nuestro país la impunidad es lo normal!

Así pues, con un alto sentido de urgencia, estas carencias jurídicas se deben resolver en el propio texto constitucional. Caso contrario, la confianza ciudadana en nuestro sistema democrático constitucional continuará erosionándose peligrosamente. Tenemos que construir una nueva Costa Rica y propiciar una administración pública más responsable. Una razón más para convocar una asamblea constituyente y promulgar una nueva Constitución Política.

El autor es abogado.