La Ley es clara

Mi único interés es defender los intereses del Fondo del que dependen miles de personas

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El Dr. Édgar Robles Cordero, superintendente de Pensiones, me contesta el artículo (“Un acto arbitrario”) que publiqué en el diario La Nación el pasado día 18 de abril, con diversos descalificativos (“no es abogado”, “esta opinión es incorrecta, omisa y falaz”).

Creo que el público aprecia más un debate donde se contrastan las ideas sin importar la edad, raza, religión, profesión, ideología o puesto que ocupamos en la sociedad.

Es una de las grandes ventajas de la libertad de expresión y de nuestra madurez democrática.

Afortunadamente, no hay que ser abogado para que el ordenamiento jurídico ampare a las personas frente a actos arbitrarios. Como indiqué, la Ley Orgánica del Poder Judicial expresamente establece en el artículo 233 la prohibición de embargar el Fondo de Jubilaciones y Pensiones de los servidores del Poder Judicial, y sus cuentas, prohibición que se repite también en forma expresa, en el inciso 2) del artículo 170 del Código Procesal Contencioso Administrativo que literalmente dice:

“Tampoco podrá ordenarse ni practicarse embargo (...) sobre recursos destinados por ley a una finalidad específica, al servicio de la deuda pública tanto de intereses como de amortización, al pago de servicios personales, a la atención de estados de necesidad y urgencia o destinados a dar efectividad al sufragio; tampoco los fondos para el pago de pensiones, las transferencias del fondo especial para la Educación Superior, ni los fondos públicos otorgados en garantía, aval o reserva dentro de un proceso judicial”.

Sobre el aspecto medular de la improcedencia legal del embargo, don Édgar omite cualquier comentario, aunque reconozco que efectivamente lo llamé para hacerle ver la grave afectación que se cernía sobre las personas beneficiarias del Fondo que dependen de su jubilación o pensión para vivir, y lo que recibí fue una sugerencia de pagar bajo protesta como forma de levantarlo.

Naturalmente, rechacé su oferta, con la afirmación “Nunca, nosotros no vamos a pagar bajo protesta, por cuanto es reconocer lo que está en discusión en los tribunales”.

Como funcionario judicial y demócrata convencido que soy, respetaré y acataré de inmediato lo que los jueces y tribunales de la República dispongan sobre el diferendo legal citado, porque siempre he tenido claro que soy un subordinado y depositario de la Ley.

Mi único interés en este asunto es defender los intereses del Fondo del que dependen miles de personas que han entregado su vida al servicio de la justicia (policías, jueces, fiscales, defensores, administrativos, profesionales en otras disciplinas, personal subalterno) a lo largo y ancho del país, que han entregado su vida laboral con honor por los más altos intereses de la justicia y que lo han hecho a sabiendas de que nuestro Estado social les ofrece la seguridad de recibir su jubilación, y sus familiares, su pensión, en los términos establecidos en la Ley.