La geografía y la verdad del tiempo

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Recién entramos en los periodos de lluvias, año con año, y el país inicia la recurrente etapa de sucesos diarios relacionados con el impacto de las intensas precipitaciones en las infraestructuras de las vías públicas, viviendas, empresas y actividades propias de la ciudad.

Esto podría ser un riesgo aceptable que el sistema económico parece añadir a los costos de producción, pero lo que no aceptamos es la incorporación de costos en vidas humanas por la escasa visión que se tiene sobre los temas urbanos.

Este tipo de impactos recurrentes nos indican que hay poco avance en la gestión del riesgo sobre comunidades y espacios; técnicamente, se sabe de los problemas históricos y estructurales de la no planificación y el ordenamiento del territorio, pero poco se hace para resolverlos.

Incumplimiento. Siendo estas últimas labores del Estado y señaladas las atribuciones en nuestra Constitución Política (artículo 169), donde a los municipios se les otorga la competencia expresa de administrar su territorio, cabría la posibilidad de argumentar que tal caso podría ser revisado por la Sala IV, dada la fácil demostración de incumplimiento institucional a velar por nuestros principios constitucionales.

Particularmente, para el caso de la GAM, se elaboró un Plan Regional y Urbano (Prugam) con visión al año 2030, donde se incorporó la variable ambiental en función del art. 50 de la Constitución y señalando expresamente las zonas donde no puede construirse debido a que tendremos problemas en inundaciones, deslizamientos, pendientes de terreno, zonas de protección acuífera, áreas de protección de nacientes, manantiales, pozos y fallas geológicas, por citar algunos de los temas estudiados y cartografiados ( www.prugam.go.cr ) a nivel regional y aprobados por la Setena.

Nos preguntamos, entonces, ¿qué pasa con su implementación? Adicionalmente a esta labor, se desarrollaron en función de la Ley de Planificación Urbana la actualización y elaboración de 23 planes reguladores cantonales, de los cuales 12 cuentan con la aprobación de la variable ambiental por Setena, pero siguen entrabados en los municipios o en el INVU y negándose a revisarlos y ponerlos en práctica como instrumentos legales para la planificación local de desarrollos inmobiliarios nuevos o detectar los que se hallan en situación de conflicto y atenderlos de inmediato.

El tema pasa por muchas manos, pero parece que la Sala IV puede ser el actor que desenvuelva el nudo y le allane el camino a los municipios, en un tiempo corto, y con ello cuente la ciudadanía con instrumentos de organización geográfica que ayuden a evitar pérdidas materiales cuantiosas o de vidas humanas producto de inacción en instituciones, funcionarios y jerarquía política.

Las elecciones locales se aproximan y la vía democrática puede ser un mecanismo legítimo que el pueblo emplee. Por el contrario, la vía judicial será la encargada de poner orden en temas con más de 25 años de retraso. Para verdades, el tiempo.