Foro: Pensión del ROP debe ser complemento digno y suficiente

El proyecto de ley pretende armonizar los intereses del trabajador y la estabilidad del régimen de pensiones.

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El texto sustitutivo del proyecto 21309 eleva a rango de ley el porcentaje que determina el retiro total del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) Complementarias.

Es decir, lo que la Superintendencia de Pensiones (Supén) aprobó por decreto, en el artículo 6 del Reglamento de Beneficios del Régimen de Capitalización Individual, lo fijaremos los diputados.

La Supén sale al paso para decir que la posibilidad de un retiro total del ROP amenaza la estabilidad del régimen; pero omite reconocer que fue ella la que creó esa modalidad.

La Ley de Protección al Trabajador le otorga a la Supén la potestad de regular distintas modalidades para el retiro del ROP, pero en tanto en cuanto respete el principio de seguridad económica de los afiliados y no contravenga los principios de esa ley.

Entonces, si la modalidad de retiro total compromete financieramente el régimen, la Supén se extralimitó en el ejercicio de sus competencias y abrió portillos que no debió.

Por otro lado, la Supén establece que cuando la pensión del ROP sea un 10 % inferior a la del IVM, el jubilado podrá retirar la totalidad de la primera. El requisito del 10 % es un criterio subjetivo y antojadizo de la Superintendencia, pues nunca entregó estudios que demostraran la razón técnica de ese porcentaje y por qué no otro.

El proyecto de reforma del ROP, que propusimos y estamos impulsando un grupo de diputados, corrige esos desatinos de la Supén.

Intereses del trabajador. Primero, otorga rango de ley al retiro total y, segundo, los requisitos guardarán armonía, ahora sí, entre los intereses del trabajador y la estabilidad del régimen de pensiones.

Para comprender la reforma, conviene crear conciencia de que la disconformidad de la mayoría de los jubilados se debe a la insuficiencia del complemento.

Las razones por las cuales el complemento es insuficiente son varias: baja rentabilidad del fondo por malas inversiones de las operadoras de pensiones, altos gastos en salarios de lujo y, también, porque el ROP no ha alcanzado su madurez.

Dejando de lado las dos primeras razones, que por mucho incomodan a la Supén, concentrémonos en la idea de que el régimen apenas tiene 19 años y alcanzará su madurez a los 35 o 40 de existencia.

Al respecto, la Supén afirma que el ROP representa, en este momento, solo un 9,28 % de la pensión básica y no será hasta el 2035 cuando la relación de complementariedad con respecto al IVM sea un 30 %. Para ese momento, los trabajadores que se jubilen habrán cotizado toda su vida laboral para el ROP.

Lo anterior nos lleva a una primera conclusión: todos los trabajadores que se pensionen, antes de que el ROP alcance su madurez, recibirán un complemento deficiente.

Los creadores de la Ley de Protección al Trabajador conocían esa situación y, por esa razón, aprobaron un transitorio que autorizaba el retiro total a todos aquellos que se jubilaran en los 10 primeros años de la ley. Si el ROP tardará 35 años para madurar, entonces, el plazo de los 10 años resulta insuficiente.

Esta es una de las principales razones por las cuales la complementariedad del ROP es escasa, lo que a su vez da lugar a la disconformidad de los jubilados.

La solución será, entonces, ampliar el plazo de 10 a 35 años, pues en ese año el ROP representará el 30 % de la pensión del IVM, como lo promete la Supén.

Dar tiempo a la maduración. Por otro lado, si aún después de haber alcanzado la madurez el monto de la pensión no alcanza el 30 %, a pesar de que el empleado cotizó toda su vida laboral para el ROP, el complemento continuará siendo insuficiente, por esa sola razón, debería tener derecho de optar también por un retiro total del fondo.

El proyecto de ley propone elevar el 10 %, que irregularmente estableció la Supén, a un 20 % o un 25 %, de modo que, si el ROP no alcanza ese porcentaje, el jubilado pueda retirar completos sus aportes.

No es cierto que con esta reforma los diputados estamos tratando de destruir el ROP; lo que buscamos es democratizarlo y permitir a cada jubilado decidir si lo retira completo o mediante las modalidades de pago programado —renta vitalicia o permanente— como lo establece la legislación; por lo menos hasta el 2035, cuando el sistema llegue a su madurez.

El autor es diputado.