Foro: Los costarricenses sufren innecesariamente

Cumplir la ley de simplificación de trámites acabaría con la condena de la tramitomanía nacional.

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Todos, en algún momento, hemos sufrido cuando en una institución nos piden acudir a otras más para obtener documentos que esta posee y, por desidia, nos condena a caer en una espiral burocrática.

Si bien ha habido mejoras gracias a una progresiva digitalización y promoción de la ventanilla única, la tramitomanía continúa siendo un lastre para la necesaria reactivación económica.

El ingreso de Costa Rica a la OCDE abre la posibilidad de adquirir las mejores prácticas en esta materia. Asimismo, el 14 de mayo el gobierno giró una directriz para el uso de la declaración jurada en 119 trámites, simplificar 69 por medio de la ventanilla única y ejecutar mejoras regulatorias en plazos de 3 y 6 meses.

El programa Costa Rica Fluye también es una interesante alianza público-privada con Horizonte Positivo para la agilización de gestiones en un plazo de 20 meses.

Ley aprobada hace 20 años. La simplificación está sobre la mesa desde hace mucho y los intentos por resolver el problema se cuentan por decenas, con resultados meritorios, pero muchas veces parciales.

En los diferentes índices internacionales, como el de competitividad global elaborado por el Foro Económico Mundial o el Doing Business del Banco Mundial, Costa Rica ha perdido posiciones.

Resulta curioso que los ciudadanos y nuestros representantes no hayamos exigido a los diferentes gobiernos el cumplimiento de la Ley 8220, la cual nos protege del exceso de requisitos y trámites administrativos.

Fue promulgada hará 20 años y constituye una de las piedras angulares para la celeridad en la Administración Pública.

Contiene instrucciones muy prácticas: la documentación que se presente a cualquiera de las empresas del Estado, así como a instituciones del Gobierno Central o municipales no puede ser pedida de nuevo por la misma entidad; la institución debe resolver el trámite dentro del plazo legal establecido, sin solicitar nuevos requisitos; vencido el plazo y sin resolución de por medio, los permisos, licencias o autorizaciones se tendrán por aprobados; la institución que requiera documentos de otro órgano estatal debe hacerlo por los medios a su alcance, no pedírselo al ciudadano; ninguna persona debe acudir a más de una institución para un mismo trámite; en caso de no existir coordinación institucional, el Poder Ejecutivo está facultado para intervenir y regular el trámite por medio de un decreto; se consideran faltas graves de la Administración Pública y del funcionario si no aceptan la presentación única de documentos o si exigen más requisitos de los establecidos.

Todo esto debió haberse cumplido desde hace mucho, lo cual habría generado un cambio radical en la cultura gubernamental.

Incumplimiento. El órgano a cargo de la aplicación de esta ley es el MEIC, donde, si bien han hecho un esfuerzo, los resultados son todavía exiguos.

Para acelerar la simplificación de trámites, sería conveniente una reforma a la Ley 8220 con el fin de que cada ministerio se encargue de eliminar la tramitomanía.

En una crisis, el país necesita fomentar la competitividad y el bienestar del ciudadano y para ello precisan decisiones inmediatas cuyo fin sea generar confianza a los inversionistas. Cumplir la ley aprobada hace dos décadas será un gran paso.

rodrigocardenasv@gmail.com

El autor es abogado.