Estado y gobierno como autoridad

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Desde el nacimiento del Estado moderno, se aceptó la tesis de su existencia a partir de tres elementos inicialmente constitutivos: territorio, población y poder público; sin embargo, con el devenir de los acontecimientos históricos, quedaron también adscritos el gobierno y el ordenamiento jurídico desde la base del Estado nacional.

Así, por mucho tiempo se identificó el poder del Estado con el gobierno y viceversa, pero, en la doctrina comparada, es necesaria la distinción de rigor, pues no toda forma de gobierno tiene igual cantidad de poder, por lo cual nunca pueden identificarse la democracia y la dictadura; de lo contrario, la diferencia no existiría. Y, en cuanto al ordenamiento jurídico, debe entenderse en la doble dimensión escrita y no escrita, que incluye a la jurisprudencia, los principios generales del derecho, la costumbre y, en algunos ordenamientos, la doctrina separada de la jurisprudencia dictada por los tribunales competentes; en otros, a pesar de tal diferencia, la doctrina queda incorporada en la jurisprudencia, sin dejar de lado el supuesto de la identificación sustancial entre doctrina y jurisprudencia.

Por otra parte, a partir del desarrollo de la llamada “era del constitucionalismo” fue cuando se tuvo plena conciencia de la importancia de los textos constitucionales, que dan forma a las organizaciones y actividades del Estado, sin que el constitu-cionalismo se agote en las constituciones escritas, pues también existe la constitución no escrita.

Estado constitucional. Luego de esta concientización doctrinaria y normativa, con el advenimiento y fortalecimiento de las declaraciones de los derechos humanos en sus textos y contextos, surgió el concepto de “Estado constitucional”, que contradice al Estado autoritario y totalitario, donde se afecta e invade la totalidad del comportamiento y relación humanos, en perjuicio de la libertad individual y social. Así, en la dimensión del Estado constitucional se ubica el Estado liberal de derecho, el social, el democrático participativo y representativo, con desarrollo sostenible que incluye la dimensión ecológica.

De toda esta composición de elementos surgen tres aspectos complementarios de gran importancia para cualquier Gobierno democrático: la fuerza, el poder y la autoridad, que, en ocasiones, se confunden dolosamente o por descuido, aunque siempre sea en perjuicio de los derechos y libertades ciudadanas. Por esto, si entendemos el Estado como simple “fuerza”, a la manera del “realismo político” que parte de su existencia bajo la premisa de la tenencia de la fuerza para imponerla con los mandatos dentro de sus fronteras y en las relaciones interestatales, se llegaría a la inaceptable conclusión de que, sin el ejercicio de la fuerza, no habría Estado, pues, en su lugar, se constatarían el caos y la anarquía social, a la mejor manera del estado natural de Hobbes.

Poder. En cambio, el Estado como “poder” se ubica en la dimensión jurídica, siendo así el Estado una fuerza filtrada por el ordenamiento, que a su vez conduce al concepto de soberanía por el ejercicio de la potestad de autocreación y ejecución del derecho, sin la existencia de un poder mayor que lo sustituya o doblegue, Así, en esta perspectiva, el poder del Estado es legal o sometido al derecho, que le otorga validez y eficacia; de ahí, el vínculo íntimo y necesario con el principio de legalidad para los órganos, entes y funcionarios públicos, sin excluir excepcionalmente a ciertos sujetos privados y mixtos.

Por eso, cuando el Estado viola o ignora el derecho, llega a identificarse con la fuerza y conductas de hecho, como pasa, a manera de ejemplo actual, cuando se quiere levantar algún veto del Ejecutivo ya consumado en el tiempo y procedimiento por disposición constitucional y legal –una especie de prescripción negativa– o cuando se viola el principio básico y consti-tucional del equilibrio presupuestario para una hacienda pública sama.

Autoridad. Por último, tenemos el Estado como “autoridad”, que implica no solo al Estado como fuerza filtrada por el derecho, que es parte esencial del poder controlado, sino que, además, se legitima por el ejercicio de la autoridad en armonía con la democracia material, donde la ciudadanía en mayoría acepta y controla sus mandatos, al igual que participa activamente en su elaboración y ejecución. Esta realidad de compenetración armónica entre poder y ciudadanos hace que el Estado y el gobierno no solo sean legales, sino también legítimos, lo cual es propio del ejercicio de la autoridad.

Sin embargo, la autoridad solo puede ser pensada en formas de organización política de inspiración democrática, con respeto de los derechos humanos y con amplios márgenes de control y actividad ciudadana, de tal manera que se dimensiona y actualiza correctamente el concepto de Estado democrático, que no se agota en el clásico Estado de derecho, dado que no solo queda incluido el Estado representativo, sino también el Estado participativo, que en modo alguno rechaza per se el sistema presidencialista ni el parlamentario.

Participación ciudadana. En efecto, sin fundamentalismos preconcebidos, todo depende del alto grado de dosis participativa según cada ordenamiento jurídico en las diferentes realidades democráticas. Sin embargo, la participación ciudadana nunca puede llegar a excluir, sustituir, violar o ignorar el ordenamiento que da soporte material a los Estados de derecho, sociales y democráticos, pues tanto el Estado, sus órganos y entes deben velar y proteger los principios del servicio público y el ejercicio legítimo de la discrecionalidad administrativa, entre otros principios y disposiciones normativas.

En síntesis: el nuevo gobierno debe ejercer sus potestades y deberes con legalidad y legitimidad, con poder y autoridad.

Y debe proteger siempre la libertad dentro del Estado para evitar que sea sobre el Estado o contra este para su destrucción o eliminación; sin ocurrencias ni subjetivismos funcionariales propios de la arbitrariedad, con efectos de responsabilidad administrativa, civil y penal, sin excluir la responsabilidad patrimonial del Estado y sus funcionarios.