Erradicación de precarios: ser o no ser de la política estatal

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El desalojo del precario el Triángulo de la Solidaridad fue planteado en el papel desde mayo del 2002. En estos 12 años y medio, las iniciativas oficiales de intervención han sido movidas solo por la fuerza de órdenes judiciales. El manejo institucional que el sector social gubernamental ha hecho en este caso muestra una realidad que debe ser cambiada, no solo por guardar el respeto a la dignidad de estos grupos humanos, sino por recuperar una dignidad y solidaridad nacionales, desmoronadas sistemáticamente desde hace ya varias décadas.

Estas familias viven dentro de una miseria institucionalizada que como sociedad hemos propiciado y tolerado. Las nuevas autoridades a cargo del caso del Triángulo de la Solidaridad deben definir con precisión conceptual, claridad jurídica y viabilidad social, en términos de transparencia y respeto a los derechos humanos, cada una de sus acciones.

Ciertamente están atadas de manos, implementando contra el tiempo una tosca y heredada solución parcial al problema. La ausencia de rectoría del Ministerio de Vivienda (Mivah) dentro del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (SFNV) queda desnudada en su desteñido papel de mediador, expresado como tramitador de unas pocas decenas de espacios rebuscados por aquí y por allá, en proyectos del sistema, y exhibidos como logros tras 99 meses de liderar el caso. Nuevamente se ha impuesto lo urgente, a contrapelo de lo importante.

Maraña institucional. Eliminar el precarismo desde sus raíces como forma de propiedad debió ser el punto de partida oficial para resolver correctamente los males que ocasiona la falta de vivienda para los más pobres. Las causas de la imposibilidad de plantear soluciones oportunas y estructuradas a la erradicación de precarios deben buscarse dentro de los oscuros rincones de nuestra maraña institucional, no porque las leyes sean malas o inoperantes, sino por el particular manejo que la burocracia institucional les ha dado.

El combate contra la pobreza debe partir de la recuperación del espíritu original de nuestro Estado solidario. Se debe plasmar principalmente en una voluntad de defender lo mejor de lo heredado y una actitud de sana malicia intelectual, basada en la meticulosa lectura de lo que ha sido la historia concreta de la evolución –en trámites y ejecución– de proyectos de erradicación de precarios versus proyectos planteados para beneficiarios en condición de extrema necesidad. Son conceptos diametralmente opuestos para el cumplimiento prioritario de las políticas estatales en la materia, pero han sido hábilmente convertidos en sinónimos, desde mediados de la década del noventa, cuando la reglamentación de la ley del SFNV inició su cuidadoso proceso de modificación.

El beneficiario como responsable soberano del manejo de la donación de su bono fue usado como piedra angular para evitar los controles de la ley de la contratación administrativa. La aprobación de financiamiento de proyectos de erradicación está planteada reglamentariamente como un “acto discrecional” de la Junta Directiva del Banhvi. No está dictada por el Mivah, como rector de la definición de prioridades de ejecución, ni parte de una meticulosa planificación técnica de proyectos específicos, eventualmente encomendada por el mismo Banhvi a una entidad autorizada del sistema.

En otras palabras, se construye el andamio reglamentario para el cumplimento de políticas de Estado, con perniciosos mecanismos de toma de decisiones por parte de la burocracia del sistema. Por esta vía, se introduce una grave distorsión a las políticas gubernamentales, pues se frena el espíritu original de la asignación oficial de los escasos recursos del Fodesaf para estos programas sociales estratégicos.

Por otra parte, un análisis somero señalaría fácilmente que gran cantidad de los postulantes al bono en estos asentamientos son expulsados del sistema por falta de requisitos, lo que construye un verdadero laberinto sin salida que impide lograr los objetivos de erradicar precarios.

Planificar y ejecutar una política de erradicación de precarios con el “bono familiar de vivienda” como única herramienta financiera es condenarla al fracaso. Esta compleja tarea, concebida como planificación social estratégica, diseño creativo y construcción oportuna de proyectos específicos, debe ser un programa estatal que debe salir de la esfera de definición e influencia –operativa y financiera– del Banhvi. En los últimos 24 años, el SFNV no ha sido capaz de impactar en la erradicación de precarios. Las estadísticas así lo indican.