Equilibrio entre el derecho al ambiente y demás derechos humanos

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Por invitación del Gobierno de Costa Rica, el experto independiente de las Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medioambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, John Knox, visitó el país del 28 de julio al 1 de agosto de 2013.

El propósito de la visita fue examinar la forma en que nuestro país hace efectivos los derechos humanos relacionados con la protección del medioambiente, determinar las buenas prácticas y las enseñanzas extraídas, y analizar las dificultades con que se enfrenta el país para hacer realidad los derechos humanos relacionados con el medioambiente.

Durante su misión, el experto independiente constató la existencia de varios conflictos entre las políticas que promueven la conservación y los derechos de las personas que viven en las áreas protegidas y zonas especiales, en particular a raíz de la interpretación y aplicación de las leyes que prohíben la construcción de estructuras dentro de una cierta distancia de la costa, por medio de la cual se han derribado algunos edificios antiguos con valor cultural de la costa del Caribe, y comunidades enteras, predominantemente un grupo minoritario de origen afrocaribeño, corren el riesgo de ser expulsadas de los lugares en que han vivido por generaciones.

En su informe final, de reciente data, el experto independiente fue enfático en señalar que la conservación ambiental no debería imponer un costo indebido a las comunidades que tienen profundas raíces históricas en las zonas de importancia ambiental, ya que el derecho a un ambiente sano no tiene por qué estar en conflicto con otros derechos fundamentales.

Equilibrio razonable. Como recomendación, el experto instó a Costa Rica a acelerar sus actuaciones a fin de resolver esta situación antes de que expire en el 2014 la moratoria sobre la expulsión de las comunidades costeras que viven en zonas especiales. Con el fin de cumplir dicha recomendación, sugirió al país cumplir al menos con los siguientes criterios y lineamientos: salvaguardar tanto el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado como los derechos de quienes viven, desde hace muchos años, en las áreas protegidas o cerca de ellas; tener en cuenta que muchas de las personas afectadas son miembros de grupos minoritarios que históricamente han vivido al margen de la vida política de Costa Rica, y garantizar que la solución no entrañe discriminación por ninguno de los motivos prohibidos; no considerar que la falta de títulos legales formales priva necesariamente a las personas de sus derechos, puesto que pueden existir derechos en relación con bienes ocupados por largo tiempo incluso en ausencia de tales títulos; y permitir la participación plena e informada de todas las personas afectadas en el proceso de búsqueda de una solución.

Por su parte, el Informe anual de labores 2013-2014 de la Defensoría de los Habitantes contempló la problemática suscitada entre los derechos ambientales y la protección y conservación de la herencia cultural, ello a raíz de la posible afectación del patrimonio histórico y cultural de la provincia caribeña de Limón (concretamente en Puerto Viejo y Cahuita) con ocasión de los posibles desalojos ordenados por la Contraloría General de la República, en aplicación de la Ley de Zona Marítimo Terrestre, y la posible demolición de edificaciones con valor histórico y cultural como parte de la cultura afrodescendiente del país.

En su Informe la Defensoría expuso: “El patrimonio e identidad cultural son dos facetas indisolubles, pues si se despoja a un pueblo de su patrimonio se le despoja de su identidad.

De ahí que el patrimonio cultural sea uno solo y, por ende, debe tutelarse como una unidad integral, incluyendo tanto las manifestaciones tangibles como las intangibles, y debe asumirse como la cultura viva ofrecida por un pueblo a la humanidad; este reconocimiento necesariamente implica el respeto al derecho a la arquitectura que edificado la población afrocaribeña, como parte de sus derechos culturales. El patrimonio cultural en toda su dimensión es vida, es reconocimiento, es legitimidad de una sociedad que no olvida sus raíces”.

Durante la presentación del informe ante la Asamblea Legislativa, la entonces defensora, Ofelia Taitelbaum, fue enfática al manifestar: Los problemas de la tenencia de la tierra, que afectan a importantes grupos de la población de la zona marítimo terrestre, zona fronteriza y patrimonio ambiental del Estado, son uno de los temas que más nos preocupan. Esto no puede ser resuelto con sólo los desalojos de las tierras y las leyes actuales no son suficientes”.

En el Estado social y ambiental de derecho en el que vivimos, el ordenamiento jurídico es el medio idóneo para alcanzar el fin superior de conservación y uso racional, sostenible, equitativo y solidario de los bienes y servicios ambientales, asegurando a la vez la protección y tutela del resto de los derecho humanos.

Por lo anterior, se hace imperativo encontrar un justo y razonable equilibrio entre el medioambiente y los demás intereses legítimos, para con ello evitar todo tipo de violaciones previsibles e injustificables a otros derechos humanos, ya que como, afirma el profesor español Jesús Jordano Fraga: “Sin justicia, democracia y respeto de todos los derechos humanos hablar de ambientalismo a escala global es obviamente una entelequia”.