El teletrabajo y sus ventajas

El teletrabajo, bien adoptado y desarrollado, puede constituirse en una excelente herramienta

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El teletrabajo, como modalidad de prestación de servicios de carácter no presencial, importa que el trabajador pueda desarrollar parte o toda su jornada laboral mediante el uso de medios telemáticos desde su propio domicilio, u otro lugar autorizado al efecto.

Dicho método, desde su surgimiento en el ámbito laboral nacional, ha sido constantemente cuestionado, principalmente en razón de la difícil política de conciliación entre la vida personal, familiar y laboral.

Con la entrada en vigencia del decreto ejecutivo número 37695-MP-MTSS, el cual permite a la Administración Pública la adopción del teletrabajo como un mecanismo, alterno, para la operatividad del sistema organizacional, se abre la oportunidad para romper los paradigmas que no han permitido, en la actualidad, dar ese importante paso.

A modo de apoyo, huelga anotar que la implementación y desarrollo de novedosos procesos de trabajo, como el que nos ocupa, permite una mayor eficiencia en el rendimiento de la organización, solventando los requerimientos, de la producción, con la optimización de escasos recursos disponibles.

La legislación laboral patria, en el artículo 109, establece la figura del teletrabajo y cuya característica esencial es la ausencia, presencial, de supervisión inmediata del patrono o algún representante de este.

En lo propio estimo que, precisamente, ese es uno de los puntos más álgidos de conciliar, pues para nadie es un secreto que el funcionario público, en algunos casos, tiende a ser despreocupado, descuidado y, por ende, irresponsable con sus labores.

Es ahí donde las posiciones en contra del teletrabajo alzan la voz, en el sentido de que es indispensable que el trabajador esté supervisado presencialmente, de su jefe inmediato, pues solo de esa forma se puede garantizar cierto grado de éxito en el rendimiento de aquel.

Una verdad, a todas luces, a medias.

A medias porque, estimo, no todos los trabajadores y las trabajadoras necesitan sentir al jefe encima para hacer bien su trabajo sino, por el contrario, el quid del asunto radica en una cuestión de actitud y aptitud para asumir las obligaciones y deberes de la mejor forma.

La responsabilidad en la ejecución de las labores va, en mucho, de la mano con los valores inculcados a la persona desde su infancia, la formación estudiantil y, por qué no, el punto de acepción de la ética profesional o técnica que se tenga sobre lo que debe hacer.

Conozco muchos casos de trabajadores y trabajadoras que tienen la virtud de manejar adecuadamente los espacios de producción; es decir, disponen del tiempo necesario para realizar sus labores, manteniendo un nivel de producción de calidad muy bueno o excelente.

Por otra parte, existen aquellos trabajadores que, aun con la supervisión de la jefatura, desperdician la mayor parte de la jornada en cuestiones ajenas a sus labores, destacándose del resto por ser los que siempre tienen el trabajo atrasado, o mal hecho.

Con lo expuesto, quiero sostener la idea que el teletrabajo, al menos en el punto que se analiza, no se constituye en una posibilidad para que el trabajador a domicilio desperdicie su tiempo en cuestiones personales u hogareñas con ocasión de la no presencia del jefe inmediato, como supervisor de su trabajo.

Es la sapiencia de los patronos en saber elegir a aquellos empleados, o funcionarios, con actitud de compromiso y superación, lo que vendrá a marcar un amplio margen de probabilidades de que el trabajo a distancia podría ser igual, o mejor, para los intereses de la empresa o de la misma Administración Pública.

Los paradigmas están para ser superados y, al parecer, para el teletrabajo ese momento está por llegar.