El fondo de pensiones y jubilaciones del Poder Judicial no está en quiebra

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Con respecto al contenido de la nota periodística publicada por el diario La Nación , el pasado 22 de marzo del 2014, titulada “Supén propone cerrar el fondo de pensiones del Poder Judicial”, y debido a la posición sostenida por la Superintendencia General de Pensiones, respecto a la situación financiera y actuarial del fondo de pensiones y jubilaciones del Poder Judicial, sostenemos categóricamente que nuestro fondo no está en quiebra.

A mediados del año pasado, la firma Melinsky, Pellegrini y Asociados emitió un estudio actuarial que concluyó que el fondo comenzaría a utilizar sus reservas para el pago de pensiones ordinarias a partir del año 2027; sin embargo, los parámetros de estudio tomados en cuenta para llegar a esa conclusión no fueron los idóneos. Aun cuando la matemática es una ciencia exacta, las estimaciones se afectan por el modelo construido y el comportamiento de las variables utilizadas.

En el Poder Judicial hemos visto cómo las estimaciones actuariales se alejan (y, a veces, ¡por mucho!) de la realidad económica del fondo; ya en este siglo, ha sido objeto de cinco estudios actuariales, tres de ellos contratados por la administración del Poder Judicial y uno por la Supén, en los que hemos advertido graves errores que, con el paso del tiempo, se evidencian y han sido señalados por la misma Auditoría Judicial en sus informes. Los estudios actuariales, al igual que los econométricos, se sustentan en una serie de supuestos que permiten simplificar la realidad, fijar algunas variables, para poder realizar estimaciones y proyecciones sobre el comportamiento de otras. De ahí que la elaboración del modelo de análisis sea determinante en los resultados obtenidos.

La Supén toma como base, para emitir las desafortunadas conclusiones sobre el cierre del fondo, el estudio de Melinsky Pellegrini y Asociados, que estimó, por ejemplo, que, si la población de 13.000 servidores judiciales se jubilaban y nadie ingresaba a sustituirlos en sus puestos (siendo así, ¡habría que cerrar el Poder Judicial!), se requerirían hoy ¢4 billones para hacerle frente al pago de esas jubilaciones, hasta el fallecimiento de esas personas, a quienes les estimó la esperanza de vida en más de 90 años (muy por encima de la esperanza de vida del país). Con estos supuestos, cabe preguntarse: ¿es válida la posibilidad de que todos nos jubilemos hoy?, ¿sería posible que no sustituyan a todos los que se jubilen y cierren el Poder Judicial?, ¿de dónde se tomó una esperanza de vida de 90 años para el jubilado y sus supervivientes?

Estudio actuarial. Debido a estas y otras inconsistencias señaladas, se contrató, por parte de las organizaciones de servidoras y servidores judiciales, un estudio actuarial independiente, realizado por el actuario matemático máster Raúl Hernández, quien, para el mismo período evaluado por la citada firma y bajo los mismos requerimientos, pero afinando variables con datos otorgados por el Departamento de Gestión Humana, tales como distribución poblacional por género, edad, años de servicio, estado civil, cantidad de hijos, tiempo de servicio en el sector público, esperanza de vida poblacional, etc., concluye que, si no se realiza ningún cambio en la administración y los parámetros con que se asignan los beneficios, el fondo empezaría a consumir su reserva en el año 2052 y no en el 2027, como señala la Supén. Tampoco coincide en que el fondo tenga hoy un déficit actuarial como el que señala el ente supervisor.

En razón de los resultados de los estudios dichos, el año pasado se aprobó en Corte Plena un proyecto de ley, con participación gremial, que dispone de una serie de cambios en el esquema de beneficios jubilatorios, reduciéndolos, a fin de garantizar la solvencia económica del fondo, en aras de su sostenibilidad financiera y actuarial a largo plazo. Aunado a esto, administrativamente, mediante un acuerdo de Corte Plena, se aumentó el porcentaje de cotización individual de los trabajadores judiciales de 9% al 11%, lo cual ha permitido inyectar recursos frescos por más de ¢3.000 millones en este período de aumento. Cabe resaltar en este punto que la aportación de los funcionarios judiciales cuadruplica la que realiza el resto de los trabajadores de nuestro país al régimen de IVM de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Esta y otras medidas que deben tomarse sin dilación, como el mejoramiento en la rentabilidad de las inversiones, nos permite reiterar que nuestro fondo no está en crisis: De los ingresos (aportes y rendimientos), se utiliza una pequeña parte para el pago de pensiones en curso, y el resto se incorpora en la reserva económica, que, a su vez, permite generar mayores rendimientos.

No es una opción válida trasladar nuestras pretensiones jubilatorias a la CCSS. En 75 años de existencia del régimen de pensiones del Poder Judicial, no hemos sido, ni queremos ser nunca, una carga para el erario público, como se plantea si se trasladara nuestro fondo al régimen general, situación que, de por sí, el mismo Ministro de Hacienda refuta por inviable en la actual condición fiscal del país.

Hace pocos días, la administración autorizó otro estudio actuarial que proyectaría la situación futura del fondo con las reformas indicadas, a fin de obtener un dato más adecuado de comparación de los escenarios. Proponer opciones sin este nuevo estudio no es responsable, además de que ninguna recomendación final debe ser emitida por la Supén, dado que está cuestionada su competencia mediante acción de inconstitucionalidad ya admitida por la Sala Constitucional para estudio, presentada por Acojud.

Adriana Orocú Chavarría. Presidenta de la Asociación Costarricense de la Judicatura

Carlos Montero Zúñiga. Presidente de la Asociación de Profesionales del Poder Judicial