Crucitas: Para verdades, el tiempo y, para justicia, Dios

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Se impone explicar cómo nació la única opción de supervivencia del proyecto minero de Crucitas: ladeclaratoriade conveniencia nacional firmada por el presidente Óscar Arias y su ministro de Ambiente Roberto Dobles. La declaratoria propició la corta de cientos de árboles en varias decenas de hectáreas, así como la eliminación de árboles de almendro, indispensables para la propagación de una de las aves más apreciadas por su belleza, la lapa verde.

Para conocer la historia, es menester posicionarnos unos quinquenios atrás, cuando una compañía minera causó la apertura de un expediente que deambuló por oficinas y despachos ministeriales hasta que, a comienzos de la década pasada,llegó a las oficinas del Área de Conservación Huetar Norte (ACAHN).

Ese despacho comenzó a llamar la atención sobre las carencias ambientales del proyecto. Además, señaló la necesidad, si se daba la declaratoria, de asegurar su conformidad con los requerimientos de ley.Por unos años más, el expediente siguió acumulado trámites y resoluciones, pero se sabía a la perfección que la ejecución del proyecto se reduciría a la emisión de un acto administrativo: la declaratoria.

En el 2008, el expedienteentró en la recta final. En mayo las oficinas de ACAHN recibieron el plan de manejopara el cambio de uso del suelo en terrenos cubiertos de bosque, así como para el aprovechamiento de árboles en áreas de repastos y plantaciones forestales. Ese documento es el resumen de la forma en que se pretendía hacer la corta de árboles necesaria (según la empresa) para la extracción minera.

Pero cuando todas las dependencias estatales involucradas parecían actuar al unísono, una sola oficina del Estado continuó encendiendo las luces sobre la pertinencia de considerar otros elementos para la evaluación del proyecto. Y digo “continuó” porque esa oficina fue la misma mencionada en párrafos anteriores.

Al parecer, los señalamientos no fueron bienvistos por el gobierno de turnoy se generaron discrepancias y malestares, tanto en el aparato estatal como en la empresa que pretendía la explotación de oro. El malestar fue manifestado abiertamente en un comunicado de prensa que cuestionaba la actuación de la oficina estatal.

Sin embargo, organizaciones ambientalistas como la Asociación Interamericana para la Defensa del Medio Ambiente y la Asociación Unión Norte por la Vida (UNOVIDA), entre otras, también se manifestaban adversas al proyecto.

De acuerdo con la documentación contenida en el expediente (ver legajos de la Sala Constitucional, el Tribunal Contencioso Administrativo y la Sala Primera), las aguas y la paciencia se desbordaron cuando el viceministro de Ambiente de aquel entonces, mediante oficio Nº DVM-451-08 del 28 de agosto del 2008, solicitó al director de ACAHN “proceder” conforme lo establecido en la ley y su reglamento, a sabiendas de que esa dependencia teníaun criterio diferente al del gobierno. ACAHNno cedió y mantuvo el criterio de que el decreto debía darse antes de emitir cualquier acto administrativo tendiente a la corta de áreas de bosque. Aún más, antes de la declaratoria, el 30 de setiembre del 2008, según oficio Nº ACAHN-DR-0167, ACAHN señaló la necesidad de demostrar que elbeneficio socioeconómico sería mayor que el costosocio-ambiental.

Mediante oficioNº SG-ASA-259-2008 del10 de octubre del 2008,la Secretaría General de SETENA argumentó que si se otorga la viabilidad ambiental a un proyecto,es porque los beneficios son mayores que los costos. Ese oficio llegó a ACAHN hasta el 14 de octubre. El 13 de octubre fueron convocados varios funcionarios de ACAHN y de otras dependencias relacionadas con el proyecto para una reunión urgente en San José, que duró todo el día.

A pesar de esa reunión, sin perder más tiempo,se adoptó el criterio del oficio SG-ASA-259-2008 como único y válidoya las 13 horas del lunes 13 de octubre del 2008don Oscar Arias y don Roberto Doblesfirmaronel decreto que declaraba la conveniencia nacional del Proyecto Minero Crucitas N° 34801-MINAET.

Años más tarde, el país sabría que lo argumentado por SETENAmediante oficio Nº SG-ASA-259-2008 no tenía fundamento, como lo manifestó el Tribunal Contencioso Administrativo, porqueno hubo balance entre beneficios y costos y tampoco una valoracióndeloscriteriosde las organizaciones de intereses generales o colectivos, por lo que faltó fundamentación al decreto.

Este punto llama poderosamente la atención, pues tan solo medio día hábil (el decreto al final dice:“Dado en la presidencia a las trece horas del día 13 de octubre del 2008” después de que se manifestara SETENA, el MINAET y la Presidencia de la República firmaron el decretoobviandotodo lo dicho por las organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, así como la citada oficina del Estado. Según todos ellos, persistían dudas razonables, unas enfocadas en la legalidad y otras en lo ambiental. Asimismo, obviaron todos los requerimientos legales para emitir un acto de tal trascendencia, los cuales fueron citados en la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, en cuyo criterio el trámite del decreto ejecutivo refleja que su preparación no tuvo la mínima rigurosidad, diligencia y respeto por un análisis de fondo. Tampoco se dio publicidad ni participación a los ciudadanos u organizaciones sobre el alcance de la declaratoria.

Los jueces percibieron, a la luz de las reglas de la sana crítica, la más “inédita” premura de los funcionarios públicos por emitir,a toda costa,el decreto y permitir, como fin principal, que la empresa minera talara el bosque en la zona, lo cual, a juicio del Tribunal, se tradujoen una clara desviación de poder(artículo 131.3 de la LGDP), esto es, buscarun fin distinto del fin principal de una declaratoria de interés público y conveniencia nacional,vaciando de contenido la prohibición de corta establecida en la Ley Forestal y en el Decreto 25700-MINAE y favoreciendo a la empresa desarrolladora en la ejecución del Proyecto Minero Crucitas.

Siguiendo con esa celeridad, el 17 de octubre fue publicado el decreto en La Gaceta y así se firmó la sentencia de muerte decientos de árboles y se sepultóla confianzaque unos cuantos ciudadanos (me incluyo)teníamos depositada en quienes nos gobernaban.

El decretonació en horasy no como consecuencia de rigurosos estudios llevados a cabo porvarios meses,como se declaró a la prensa. Cada lector de este artículo está en su derecho de sacar sus propias conclusiones pero, ante todo, como ciudadanos estamos en todo nuestro derecho de exigir a las autoridades que hagan responder por estos actos a las personas involucradas, sin excepciones ni privilegios. Reto públicamente a cualquier persona para que judicial o extrajudicialmente me demuestre que lo que he escrito hoy, no es cierto. Y como dice el libro más grande de la historia:“La verdad os hará libres”.