Creación de miles de delincuentes por ley

Prohibir la caza regulada será contraproducente

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Mediante resolución número 558- 03, la Sala Constitucional estableció que “...para poder declarar una conducta como delito, no basta que infrinja una norma ética, moral o divina, sino que es necesario, ante todo, la prueba de su carácter lesivo de valores o intereses fundamentales para la sociedad”.

Por otra parte, y mediante sentencia número 10,973-06, la misma Sala declaró en un recurso de inconstitucionalidad planteado contra varios artículos de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre vigente que “la legislación costarricense utiliza un concepto de conservación de nuestros recursos naturales basado en el uso racional de los mismos, dada su naturaleza renovable”, agregando más adelante que “el argumento de que la cacería deportiva de especies silvestres por sí mismo pone en peligro el ambiente y el equilibrio ecológico tutelado en el artículo 50 de la Constitución, no es compartido por esta Sala”.

Traigo las dos resoluciones del máximo tribunal de la República en la materia a colación, en relación al proyecto de ley que pretende imponer penas de prisión de hasta tres años y multas de más de ¢10.000.000,00 a quienes cacen animales silvestres, cuando resulta evidente que ejercer una actividad que se practica en casi todos los países del mundo, no es lesiva ni para los valores ni para los intereses fundamentales de una sociedad, desde que se trata de un recurso natural renovable, que puede y debe ser utilizado racionalmente, sin que por ello se ponga en peligro el medio ambiente o el equilibrio ecológico.

Así, el que se sancione una actividad sin bien jurídico protegido, implica una clara violación a los principios 28 y 39 constitucionales, que establecen los límites del derecho penal, con el objeto de garantizar la racionalidad de los actos de gobierno.

El aprobar una legislación como la pretendida lo único que lograría es convertir a miles y miles de costarricenses honestos, que adquieren sus licencias de caza mayor o menor del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en delincuentes de la noche a la mañana.

Desinformación. Y es que a raíz de la campaña de desinformación difundida por todos los medios de información, se le ha hecho creer a la ciudadanía que en Costa Rica no existe regulación de la caza, cuando es lo cierto que de las aproximadamente 1.400 especies de animales que habitan el territorio nacional se permite la caza con arma de fuego de menos de 8 especies, vendiéndose licencias básicamente para venado cola blanca, que se puede cazar uno al año, tepezcuintle, que se pueden cazar dos por año, y patos y palomas, la gran mayoría migratorios y que llegan al país por cientos de miles, constituyéndose en muchos casos en plaga, al punto de que los agricultores recurren a su envenenamiento, problema que se empeoraría con una prohibición como la pretendida.

Nuestra legislación ya prohíbe desde hace décadas la caza de jaguares, manigordos, dantas o tapires, sahínos, cariblancos, etc., que han aparecido en las campañas de desinformación como animales cuya caza hay que prohibir. También prohíbe nuestra legislación la caza de cervatillos y hembras, habiéndose usados sus imágenes para hacerle creer al público que su caza no está prohibida.

Con el mismo criterio sentimentalista e irracional, habría que prohibir la pesca deportiva, que implica clavarle un gancho de acero a un pez hasta agotarlo en el agua, para luego tirarlo en tierra o en el fondo de una lancha hasta que se asfixie, en algunos casos durante horas, como ocurre con los escualos.

Según Especiales de Telenoticias, Canal 7, el año anterior hubo 42.000 denuncias por robos, y más de 19.000 por asaltos. En los últimos dos años se registraron al menos 1.000 homicidios. De todos los homicidios, violaciones, robos y delitos por drogas denunciados en los últimos 12 años, solo el 3,6% recibió algún castigo. Por desconfianza en el sistema, se estima que la gente solo denuncia uno de cada seis robos (misma fuente). Y encima el viceministro de Justicia dice que no puede admitir más reos en las cárceles, pues todas están muy por encima de su capacidad, creando gravísimos problemas de hacinamiento.

El propio ministro del Ambiente ha manifestado la absoluta incapacidad del despacho a su cargo para controlar la caza ilegal que se produciría, a menos que se le dote de miles de guardas forestales, para lo cual no hay presupuesto y el ex-ministro de la misma cartera ha dicho (La Nación, oct. 15, 2012), que los cazadores legales representan tan solo el 10% del total, por lo que no son el problema, aparte de que solo el 20% de los parques nacionales tiene capacidad para hacer control y protección dentro de estos y fuera de estos, la capacidad es de menos del 5%.

Por si lo anterior fuera poco, agrega el exfuncionario que menos de un 10% de las denuncias de caza ilegal acaban en sentencia condenatoria.

En otras palabras y convirtiéndose en equivalente para los cazadores ilegales, que serían todos, el cazar en parques nacionales y áreas protegidas, fuera de ellas se incrementará enormemente la presión sobre estas, con el consiguiente perjuicio para nuestros recursos naturales.

Por algo es que en prácticamente ningún país del mundo se prohíbe la caza regulada, precisamente porque ello viene a perjudicar el recurso que se desea proteger pues la realidad es que la actividad se seguirá dando, solo que sin control estatal y sin ninguna posibilidad real de que desaparezca, como ha ocurrido en los poquísimos países donde la prohibición se ha implementado.

Finalmente, si, para desgracia de nuestro paradigma de conservación, fundamentado en la utilización racional de los recursos naturales renovables, se aprobara una legislación como la propuesta, habría que agregar a las estadísticas de impunidad, las referentes a las violaciones de la legislación propuesta, que, de acuerdo a lo anterior, andarían en el 99%.

Ricardo Guardia. Autor de la Ley de Conservación de La Vida Silvestre, No. 7317, vigente.