Brazaletes y el hacinamiento carcelario

Los atrasos nunca son deseables, pero se dan por circunstancias difícilmente previsibles

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Desde mi llegada al Ministerio de Justicia y Paz se han abierto todos los canales de diálogo para involucrar a distintos actores –políticos, académicos y de la sociedad civil– en la solución de una crisis que deberá permitir tanto mejorar las condiciones de vida de quienes se encuentran en los centros de atención institucional como medir la solidez de nuestra democracia.

Hemos señalado que el hacinamiento solo se resolverá si se avanza en la redefinición de la política criminal que ha seguido el país en los últimos 25 años, anclada, esencialmente, en la criminalización y el uso de la sanción privativa de libertad como remedio para los más variados dilemas.

La redefinición de la política criminal incluye cuatro categorías: fortalecimiento de políticas sociales, racionalización de la pena de encierro, reformas normativas y mejoramiento de la calidad de la atención. Dentro de la segunda categoría, habría que incluir el uso de mecanismos electrónicos, establecido mediante la ley 9.271, en cuya puesta en marcha el despacho a mi cargo se ha empleado a fondo. Sin embargo, creo necesario aclarar que el impacto que estos mecanismos tendrán sobre el hacinamiento será menor del que algunos sectores han preconizado.

La ley tiene un valor simbólico e ideológico incuestionables. Supone, como más allá de algunas críticas que se han esgrimido, la estigmatización, la apuesta por otras formas de control y de sanción. Empero, estableció requisitos muy rigurosos para su aplicación. Por ejemplo, de imponerse como pena, únicamente califican personas sin antecedentes, sentenciadas a menos de seis años de cárcel y en quienes, de acuerdo con el criterio del juez, pueda confiarse que cumplirán las condiciones fijadas. Nunca de las autoridades penitenciarias, y esto debe remarcarse: no es el Ministerio de Justicia quien toma las decisiones para imponerlo.

Como es obvio, esto acotará el universo de posibles candidatos para recibir el dispositivo.

Algunos datos a escala internacional confirman que el efecto sobre la población privada de libertad es discreto. Así, según investigaciones del Centro de Estudios en Seguridad Ciudadana de Chile o de la Universidad de Barcelona, el porcentaje de brazaletes con respecto a la totalidad de personas recluidas es el siguiente: Portugal, un 5,02%; Italia, un 3,24%; Uruguay, un 1,80%; Alemania, un 0,20%.

De otro lado, como ya lo señaló la Sala Constitucional, la puesta en marcha de una plataforma tecnológica hace que esta no sea una ley de aplicación inmediata. Requiere de ajustes, diseños y capacitaciones que demandan responsabilidad para que su ejecución sea exitosa. Hay experiencias cercanas que señalan que la ejecución es lenta. Un caso es el de la provincia de Mendoza, en Argentina, donde la articulación de 100 pulseras satelitales tomó más de cinco años.

Nuestra situación. En Costa Rica se inició, por medio de un préstamo del BID, un proceso licitatorio para la adquisición de 200 brazaletes. El concurso debió anularse, a finales del 2015, dado que la oferta económica hecha por la empresa seleccionada dobló el presupuesto del que el Ministerio disponía para la contratación.

Esta situación obligó, como es normal cuando se trata de trámites de esta naturaleza, a abrir un nuevo concurso. Debe respetarse, desde luego, el marco legal vigente; de lo contrario, podría incurrirse en la comisión de algún delito. Ello demorará el uso de los brazaletes, pero es lo que corresponde si lo que se persigue es una alta precisión para su funcionamiento.

Al ser los recursos escasos y los dispositivos electrónicos onerosos, no sería responsable precipitarse con más compras sin antes diseñar la plataforma tecnológica que nos permita valorar el balance después de que se cuente con los 200 brazaletes.

La mayoría de los países que ya los incorporaron a sus sanciones, como Alemania, España y Uruguay, iniciaron sus planes de prueba con menos de 200 pulseras o tobilleras.

En definitiva, el proyecto continúa adelante, los atrasos nunca son deseables, pero responden a circunstancias difícilmente previsibles y a requerimientos legales que son ineludibles en aras de respetar los principios de transparencia y probidad en el manejo de fondos públicos.

También tengo el deber de desmitificar la idea de que los dispositivos electrónicos serán la solución. Son una herramienta útil y eso no es poco, que junto con las otras medidas en las que se trabaja permitirán, ahí sí, estar mejor armados para que la tragedia de nuestras cárceles se convierta solo en un recuerdo vergonzoso y no en una realidad que taladra la calidad de nuestros valores republicanos.

La autora es ministra de Justicia.